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En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1.h) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre,
DISPONGO
Artículo único. Asignación de competencias.
Se asignan a la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia las competencias en materia de cartografía e información geográfica que hasta la fecha tenía atribuidas la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.
Disposición derogatatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al presente Decreto.
Disposición final primera. Modificaciones presupuestarias.
Se faculta a la Consejería de Hacienda y Administración Pública para realizar las supresiones, transferencias y modificaciones de créditos necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en este Decreto.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 9 de mayo de 2011
JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
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