Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 16/05/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Resolución de 29 de abril de 2011, de la Delegación Provincial de Cádiz, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la CPOTU de Cádiz de 12 de abril de 2011, por la que se aprueba definitivamente la modificación puntual del PGOU de La Línea de la Concepción relativa a la parcela de equipamiento local docente sita en el ámbito del EDCV-34.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta Delegación Provincial hace Pública la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz de fecha 12 de abril de 2011, por la que se aprueba definitivamente el Documento de Modificación Puntual del PGOU de La Línea de la Concepción relativa a la parcela de equipamiento local docente sita en el ámbito del Estudio de Detalle EDCV-34.

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 20 de abril de 2011, y con el número de registro 4733, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz de fecha 12 de abril de 2011, por la que se aprueba definitivamente el Documento de Modificación Puntual del PGOU de La Línea de la Concepción relativa a la parcela de equipamiento local docente sita en el ámbito del Estudio de Detalle EDCV-34 (Anexo I).

- Normas Urbanísticas del referido instrumento de planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

«Visto el expediente administrativo y documentación técnica del expediente correspondiente a la Modificación Puntual del PGOU de la Línea de la Concepción relativa a la parcela de equipamiento local docente sita en el ámbito del ED EDCV-34, aprobado provisionalmente en sesión plenaria celebrada el día 5 de agosto de 2010, y visto el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de fecha 24 de enero de 2011, esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sección de Urbanismo, de Cádiz, emite la presente Resolución conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El municipio de La Línea de la Concepción cuenta en la actualidad como instrumento de planeamiento general con un Plan General de Ordenación Urbanística aprobado definitivamente por Resolución del Consejero de Obras Públicas y Transportes el 8 de marzo de 1985. El Texto Refundido que da cumplimiento a la Resolución se diligencia con fecha 27 de julio de 1993.

El documento de Adaptación Parcial del Plan General de Ordenación Urbanística de La Línea de la Concepción a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, fue aprobado en sesión plenaria celebrada el día 2 de abril de 2009.

Actualmente se está tramitando un documento de Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística, encontrándose en fase de aprobación provisional.

Segundo. El documento que se resuelve definitivamente, por esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, fue aprobado provisionalmente, por el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción, en sesión plenaria celebrada el día 5 de agosto de 2010.

El objeto de la presente Modificación es el cambio de calificación de una parcela de suelo urbano destinado actualmente a equipamiento local docente con el fin de destinarla a Sistema General de Equipamiento Comunitario, Equipamiento Administrativo y Servicios Públicos.

Tercero. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre (BOJA núm. 154, de 31 de diciembre) de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Cuarto. Una vez completa la documentación correspondiente a la Modificación Puntual del PGOU de La Línea de la Concepción relativa a la parcela de equipamiento local docente sita en el ámbito del ED EDCV-34, el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial, en Cádiz, de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda emite informe de fecha 24 de enero de 2011.

Quinto. Durante la tramitación del expediente se han emitido los siguientes informes sectoriales:

a) Informe de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación de fecha 15 de junio de 2010, sobre la innecesariedad de los terrenos para uso docente.

b) Informe de la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda sobre la innecesariedad de someter el documento a informe de valoración conjunta por la Comisión Interdepartamental de Valoración Territorial y Urbanística de fecha 8 de noviembre de 2010.

c) Dictamen favorable del Consejo Consultivo de Andalucía acordado en sesión celebrada el día 16 de marzo de 2011.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. De conformidad con las competencias establecidas por el artículo 5.1 del Decreto Presidente 14/2010, de 22 de marzo, sobre reestructuración de las Consejerías, las competencias que anteriormente tenía atribuida la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio recaen ahora sobre la Consejería de Obras Públicas y Vivienda.

Segundo. La Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de Cádiz, es el órgano competente para adoptar la Resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 525/2008, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de La Línea de la Concepción para la Resolución definitiva de este documento se ha ajustado a lo establecido por el artículo 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz adopte acuerdo sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el artículo 31.2.B.a) de la citada Ley. Por ello, y en base al informe emitido por el Servicio de Urbanismo con fecha 24 de enero de 2011.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda en virtud de lo establecido por el artículo 11.1 del Decreto 525/2008, de 16 diciembre, la Sección de Urbanismo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, por la mayoría especificada en el artículo 10.3 del Decreto 525/2008, y en el artículo 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,

HA RESUELTO

1.º Aprobar definitivamente el expediente correspondiente a la Modificación Puntual del PGOU de La Línea de la Concepción relativa a la parcela de equipamiento local docente sita en el ámbito del ED EDCV-34, aprobado provisionalmente en sesión plenaria celebrada, por el Ayuntamiento del citado municipio, el día 5 de agosto de 2010, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

3.º Publicar la presente Resolución, junto con el contenido de las Normas Urbanísticas de este planeamiento, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa por su condición de disposición administrativa de carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en los artículos 23.3 del Decreto 525/2008, de 16 diciembre, y el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

En Cádiz, a 12 de abril de 2011.»

ANEXO II

«CAPÍTULO III

Modificación. Ordenación Propuesta

1. Condiciones de desarrollo.

La finca se sitúa en Suelo Clasificado como Suelo Urbano.

La calificación coincide con la de Sistema General de Equipamientos Comunitarios, subsistema de equipamiento administrativo (SGE-AP), y subsistema de equipamiento de Servicios Públicos (SGE-SP).

La Ordenanza de aplicación para estos equipamientos será la ya contenida en el planeamiento vigente para los mismos, y concretamente los artículos 152, 153, párrafos 1, 2 y 3, 158 y 160 del Texto Refundido del Plan General.

Art. 152. Definición y objetivos.

1. Comprende los terrenos, en suelo urbano y urbanizable destinados a usos públicos o colectivos de los ciudadanos: usos asistenciales, sanitarios, educativos, socio-culturales, servicios públicos, administrativos, comerciales y similares.

2. Se distinguen de las dotaciones en que estas se destinan a la satisfacción de las exigencias comunitarias de demanda colectiva del sector y zona en que se sitúan.

3. En los planos de ordenación se califican de la forma siguiente, constituyendo 7 subsistemas:

- ....

- Equipamiento Administrativos (SGE-AP).

- Equipamientos Servicios Públicos (SGE-SP).

Art. 153. Condiciones de edificación.

1. La edificación de estas áreas se condiciona en todo caso a las exigencias funcionales de los diferentes equipamientos y al respeto de los valores del ambiente natural y urbano, no perjudicar a las viviendas y demás usos colindantes y a la integración en las características del sector en que se ubican. A tal fin, el Ayuntamiento de La Línea redactará una ordenanza de equipamientos.

2. En ningún caso, en los suelos reservados para equipamientos y dotaciones públicas, se concederán licencias que permitan transformaciones del suelo, de las edificaciones y usos existentes que aumenten el valor de los suelos y dificulten su adquisición por la Administración.

3. En tanto no se redacte dicha ordenanza, regirán las condiciones de edificación y tipos de ordenación de las zonas contiguas sin rebasar los valores máximos en el suelo urbano.

Art. 158. Subsistema de equipamiento administrativo.

Comprende aquellos sistemas destinados a albergar a los distintos órganos de la Administración Pública que desarrollan tareas de carácter burocrático-administrativo, bien a nivel estatal, autonómico o central.

Art. 160. Subsistema de equipamiento de servicios públicos.

Son aquellos sistemas destinados a albergar actividades de prestación de servicios públicos para el común de la población, bien sean de titularidad estatal, autonómica, comarcal o local.

2. Estudio Economico-Financiero.

El Estudio Económico Financiero del Plan General no sufre variación alguna.»

Cádiz, 29 de abril de 2011.- El Delegado, Pablo Lorenzo Rubio.

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