Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 19/05/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 16 de marzo de 2011, de la Delegacion Provincial de Sevilla, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Catorce de Sevilla en el recurso núm. 904 /2010, y se notifica a las posibles personas interesadas la interposición del mismo.

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230– 838 /10-JVL.

Por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Catorce de Sevilla, se ha efectuado requerimiento para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al Procedimiento Ordinario núm. 904/2010, interpuesto por Sofía Ruiz Navarro, contra la Resolución de esta Delegación Provincial en Sevilla de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 25 de agosto de 2010, relativa a la escolarización en el C.C. «Bienaventurada Virgen María» de Sevilla en el primer curso de Educación Primaria para el curso escolar 2010/11.

En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por el órgano jurisdiccional,

HE RESUELTO

Primero. Anunciar la interposición del recurso contencioso-administrativo que dio lugar a la formación del Procedimiento Ordinario núm. 904/2010, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Catorce de Sevilla. De conformidad con lo previsto en el art. 48.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, remítase al Juzgado copia precedida de un índice de los documentos que lo integran. Emplácese a cuantos aparecen como personas interesadas en el expediente, a fin de que puedan personarse en legal forma como demandados en el plazo de nueve días ante el órgano jurisdiccional.

Segundo. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para que, de conformidad con el art. 78, en relación con el 49.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y lo ordenado por el órgano jurisdiccional, las personas interesadas puedan comparecer y personarse en el plazo de nueve días ante el Juzgado en legal forma, mediante Abogado y Procurador, o solo con Abogado con poder al efecto, haciéndoles saber que, de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna.

Sevilla, 16 de marzo de 2011.- El Delegado, José Jaime Mougán Rivero.

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