Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 110 de 06/06/2012

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 21 de mayo de 2012, de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso público para la contratación de personal investigador en régimen de dedicación laboral temporal con cargo a proyectos, contratos y grupos de investigación.

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Este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, en el artículo 41 de la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, modificada por Ley 12/2011, de 16 de diciembre, así como en los artículos 40 y 51 de los Estatutos de la Universidad de Almería (aprobados por Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, modificados por Decreto 237/2011, de 12 de julio ), ha resuelto convocar a concurso público las plazas de personal investigador laboral temporal con cargo a proyectos, contratos y grupos de investigación que se citan en el Anexo I, con sujeción a las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Legislación aplicable y normas generales.

1.1. Dichos concursos se regirán por lo dispuesto en el Capítulo I del Título IX de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación; en el Capítulo II del Título III de los Estatutos de la Universidad de Almería; en el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador con Contrato Laboral de las Universidades andaluzas, en especial sus arts. 14.4 y 22.2; en el Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en lo no previsto por la mencionada Ley Orgánica de Universidades, con exclusión del régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que se concierte y los preceptos relativos a la calificación administrativa de los contratos, así como de aquellos otros preceptos que se opongan o resulten incompatibles con las determinaciones de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de Universidades, y rigiéndose por los Acuerdos del Consejo de Gobierno aplicables y demás normativa de general aplicación.

1.2. La forma de provisión será el concurso de méritos, a través de la valoración de los requisitos generales, expediente académico y currículum, y los específicos detallados en el Anexo II.

2. Requisitos generales de los solicitantes.

2.1. El cumplimiento de los requisitos para participar en el concurso, relacionados en el apartado 2.2 siguiente de la presente convocatoria, deberá estar referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el período de contratación del respectivo concurso.

2.2. Nacionalidad.

No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de los solicitantes para la participación en los concursos. No obstante, la contratación de investigadores o técnicos extranjeros no comunitarios, la cual se formalizará a los solos efectos de realización de tareas de investigación propias del proyecto, quedará en suspenso mientras no obtengan el visado que les autorice para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 de 11 de diciembre (BOE de 12.12.2009) y disposiciones reglamentarias de aplicación.

2.3 Titulación.

Podrán solicitar estos contratos quienes ostenten las condiciones académicas o de titulación requeridas en el Anexo II de cada convocatoria.

3. Solicitudes.

3.1. Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra en el Servicio de Gestión de RRHH de la Universidad de Almería y se acompañará de la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI, Pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

- Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en original o fotocopia compulsada, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente.

- Currículum vítae. Se deberá acreditar documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes que se posee la experiencia y/o el conocimiento requerido en perfil del contrato especificado en el Anexo I (No se valorarán aquellos méritos que se mencionen y que no estén debidamente acreditados dentro del plazo de presentación de solicitudes).

3.2. Las solicitudes irán dirigidas al Rector de la Universidad de Almería y podrán presentarse en el Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la LRJPAC.

3.3. Para los solicitantes que opten por la presentación de su solicitud en un registro distinto del de la Universidad de Almería, será necesario el envío de dicha solicitud, una vez registrada, al Servicio de Gestión de RRHH de la Universidad de Almería, mediante fax al número 950 0150 40 o por correo electrónico en la dirección infopdi@ual.es dentro de los dos días siguientes al de la presentación.

3.4. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el tablón de anuncios de RRHH o, si fuese preceptivo, en el BOJA. Si el último día de presentación de solicitudes coincidiera en sábado o festivo, el plazo se prorrogaría automáticamente al siguiente día hábil.

4. Relación de admitidos y excluidos.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, mediante Resolución del Rector se hará pública la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación en este último caso de la causa de exclusión, en el tablón de anuncios del Servicio de RRHH de la Universidad de Almería, que servirá de notificación a los interesados, de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la LRJPAC.

Asimismo, se concederá para la subsanación de las causas que originaron su exclusión un plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de la lista, no pudiéndose presentar en este plazo documentos acreditativos de los méritos reseñados en el currículum.

4.2. Transcurrido el plazo citado, se hará pública, en el tablón de anuncios arriba indicado la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que servirá de notificación a los interesados, según el artículo 59.5.b) de la LRJPAC.

4.3. En el caso de que todos los aspirantes estuvieran admitidos en la relación provisional, esta devendrá en definitiva, pudiendo interponerse contra la misma Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de dicha resolución, según dispone el artículo 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (BOE de 14 de julio); pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la lista definitiva reseñada, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la LRJPAC.

5. Resolución del concurso.

5.1. Las Comisiones encargadas de examinar y valorar las instancias presentadas por los aspirantes admitidos al concurso-convocado por esta Resolución serán nombradas por el Rector y estarán compuestas por el Presidente, que será el Vicerrector de Investigación, Desarrollo e Innovación o persona en quien delegue; tres vocales, que serán un Director de Secretariado del Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo e Innovación, un miembro de la Comisión de Investigación y el investigador responsable del proyecto; y el Secretario, que será un funcionario de carrera adscrito al Servicio de Gestión de Recursos Humanos.

5.2. Las Comisiones, en el desarrollo de sus actuaciones, podrán concertar entrevistas con los aspirantes, cuando así lo estimen necesario.

5.3. Los baremos aplicables serán los que figuran como Anexo I de la presente convocatoria. Las Comisiones encargadas de examinar y valorar las instancias, serán competentes para resolver cuantas dudas de interpretación suscite la convocatoria o la aplicación del baremo.

5.4. Las Comisiones, en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, remitirán un listado que contendrá la puntuación obtenida por los aspirantes en cada apartado del baremo así como la correspondiente propuesta de adjudicación, que podrá contener hasta un máximo de cinco aspirantes seleccionados por orden de prelación al Servicio de Gestión de Recursos Humanos. Dicho listado será publicado en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, y servirá de notificación a los participantes en el concurso, de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC). La indicación de la puntuación obtenida en cada apartado del baremo, se considera motivación suficiente, conforme al artículo 54.2 de la citada Ley. Toda la documentación del expediente administrativo quedará depositada en el Servicio de Gestión de RRHH.

5.5. Las Comisiones de valoración podrán resolver los respectivos concursos con la no provisión de plazas.

5.6. Contra el anterior listado de aspirantes y la propuesta de adjudicación se podrá presentar reclamación ante la Comisión juzgadora en el plazo de tres días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos. Dicha reclamación será resuelta por la Comisión en un plazo no superior a tres días hábiles desde la interposición de la misma.

5.7. Contra la resolución de la reclamación anterior, podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos, de conformidad con los arts. 114 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.8. Resueltas las posibles reclamaciones o transcurrido el plazo establecido al efecto sin que se hayan producido, se elevará la propuesta de adjudicación definitiva al Rector, que dictará Resolución aprobando, en su caso, dichas propuestas y adjudicando los contratos en cuestión, adjudicación que se hará pública en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos. Dicha publicación tendrá el carácter de notificación a los adjudicatarios de las plazas, de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.9. Finalizado y firme el proceso del concurso, los candidatos podrán solicitar en el Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería la devolución de la documentación aportada por los mismos. En todo caso, transcurrido un año desde que el proceso devino firme, sin que los interesados hayan solicitado la devolución de la documentación, se procederá a su destrucción, previa publicación de la relación de plazas cuya documentación está prevista destruir en el tablón de anuncios del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de Almería, que servirá de notificación a los interesados, de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6. Carácter del contrato.

6.1. Los contratos tendrán carácter laboral temporal y se realizarán preferentemente bajo la modalidad de contrato por obra o servicio determinado para la realización de un proyecto de investigación o de acuerdo con lo que disponga la respectiva convocatoria, bajo cualquiera de las modalidades contractuales previstas en la Sección II del Título II de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

6.2. El disfrute de un contrato queda sometido en cuanto a su régimen de incompatibilidades, a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. La adjudicación del contrato no implica por parte de la Universidad de Almería ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado a su plantilla.

7. Cuantía del contrato.

La cuantía de los contratos está especificada en el Anexo II. El contrato implicará además el alta en el Régimen General de la Seguridad Social. Las cuantías contempladas en los distintos anexos podrán sufrir las variaciones que establezcan las normas que les sean de aplicación o por causas sobrevenidas no previstas inicialmente.

8. Efectos del contrato.

Los contratos surtirán efecto desde la fecha en que se perfeccionen, a través de la firma de los interesados y del Rector de la Universidad de Almería como representante de la misma, por lo que las Comisiones de Valoración no podrán determinarla en sus resoluciones.

9. Duración del contrato.

9.1. La duración estimada de los contratos suscritos al amparo de la presente convocatoria, será la establecida en el Anexo II, y no podrá ser superior a tres años. No obstante, y de acuerdo con la Disposición Adicional Decimoquinta del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en su versión dada por Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, cuando estén vinculados a un proyecto específico de investigación o de inversión, superior a tres años, pondrán extenderse hasta la finalización del mismo de acuerdo con las necesidades y disponibilidad presupuestaria del proyecto.

9.2. En ningún caso la vigencia del contrato podrá exceder la duración del proyecto al que se adscribe.

10. Obligaciones del trabajador.

Se especificarán en el contrato de trabajo que se suscriba.

11. Norma final.

11.1. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación de la Comisión de Valoración, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada parcialmente por la Ley 4/1999.

11.2. Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones de las Comisiones de Valoración, conforme a lo previsto en la mencionada Ley y en sus Estatutos.

11.3. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa en virtud de los artículos 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y 62 de los Estatutos de la Universidad de Almería, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este escrito, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); o con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Almería, 21 de mayo de 2012.- El Rector, Pedro Roque Molina García.

ANEXO I

BAREMO PARA LA SELECCIÓN DE CONTRATOS LABORALES PREDOCTORALES

Aprobado por Consejo de Gobierno el 24.7.2009

1. Expediente académico (1 - 4) *3

2. Becas (0-1,8)

2.1 Si ha disfrutado de una beca de investigación del MEC, Junta u homologada 0,4/año

2.2 Si ha disfrutado de una beca de colaboración del MEC 0,2

3. Programa de Posgrado (máximo 60 ECTS computables) (0 - 1)

3.1 Por ECTS realizado 0,01

3.2 Si ha superado el DEA o trabajo fin de master 0,4

4. Estancias de investigación en otros centros¹ (0 - 1)

4.1 En España 0,2 x mes

4.2 En el extranjero 0,3 x mes

5. Actividad investigadora² (0 - 4,2)

5.1 Libros publicados de carácter internacional hasta 2 puntos por cada uno

5.2 Libros publicados de carácter nacional hasta 1 punto por cada uno

5.3 Artículos de carácter internacional hasta 1,5 puntos por cada uno

5.4 Artículos de carácter nacional hasta 0,6 puntos por cada uno

5.5 Capítulos de libros de carácter internacional hasta 1 punto por cada uno

5.6 Capítulos de libros de carácter nacional hasta 0,5 puntos por cada uno

5.7 Actas de congresos internacionales hasta 0,6 puntos por cada uno

5.8 Actas de congresos nacionales hasta 0,3 puntos por cada uno

5.9 Comunicaciones a congresos internacionales hasta 0,2 puntos por cada uno

5.10 Comunicaciones a congresos nacionales hasta 0,1 puntos por cada uno

¹ Realizadas en todo caso tras la obtención de la titulación académica superior

² Se excluyen publicaciones de divulgación o de carácter docente (libros de texto, manuales…), y también aquellas que no estén sometidas a revisión por expertos. Se contabilizarán solo los trabajos de investigación publicados o en prensa. No se evaluarán las traducciones de libros. El carácter internacional de un Congreso no lo determina su título, sino el hecho de que las comunicaciones presentadas provengan de investigadores de varios países (no solo de dos países, por ejemplo), con un tanto por ciento considerable de comunicaciones de autores extranjeros.

Se consideran actas de congresos aquellas en las que se publica el trabajo completo expuesto en el congreso y no solamente un resumen del mismo.

El impacto internacional de una revista viene dado por su presencia en las bases de datos Science Citation Index, Social Sciences Citation Index, Arts & Humanities Citation Index, del Institute for Scientific Information, independientemente del idioma o país en que se edite.

6. Experiencia o conocimientos relacionados con los requisitos de la convocatoria (0 - 6)

7. Entrevista personal (opcional) (0 - 2)

ANEXO II

I-50

Un contrato laboral financiado con cargo al proyecto de investigación «Nanoensamblaje de Partículas Biocomponente Metal-microgel para la Modulación de propiedades ópticas» con referencia MAT2011-28385.

Perfil del contrato:

Titulación requerida:

Se requiere:

- Se requiere grado en Ingeniería de Materiales.

- Experiencia en investigación de células solares.

- Máster en química avanzada aplicada (titulación o cursando).

Se valorará:

- Publicaciones o comunicaciones a congresos aceptadas, relacionadas con células solares.

- Titulación en lengua inglesa.

- Conocimientos en organización industrial

Trabajo a realizar:

-Síntesis y caracterización de partículas.

Salario bruto: 1.142 €/mes.

Duración: 12 meses.

Dedicación: Tiempo completo.

Director: Dr. Antonio Fernández Barbero.

ANEXO II

I-51

Un contrato laboral financiado con cargo al proyecto de investigación «Modelado, Simulación, Control y Optimización de Fotobiorreactores» con referencia DPI2011-27818-C02-02.

Perfil del contrato:

Titulación requerida:

- Ingeniero en Electrónica.

- Ingeniero Industrial.

Se requiere:

- Formación acreditada en conocimientos sobre procesos basados en energía solar.

Se valorará:

- Experiencia demostrable en integración física y funcional de sistemas de medida, registro y explotación de datos sensoriales.

- Experiencia demostrable en sistemas de control, especialmente en sistemas de control basados en eventos.

- Experiencia en trabajo con plantas experimentales.

- Trabajo y gestión de grupos en entornos multidisciplinares y colaborativos.

- Posesión de título de doctor.

Trabajo a realizar:

- Mantenimiento de las instalaciones en las que se realizan ensayos en el proyecto (sistema sensorial y sistemas de actuación).

- Ensayos en instalaciones (fotobiorreactores) que se estimen convenientes a lo largo del desarrollo del proyecto.

- Participación en la definición de los sistemas de control de las instalaciones mencionadas.

- Programación de sistemas SCADAs para la monitorización y control de las instalaciones mencionadas.

- Programación de algoritmos de control.

- Seguimiento y mantenimiento de los fotobiorreactores.

- Relación con proveedores y grupos de referencia internacionales en el ámbito del proyecto.

Salario bruto: 2.638,16 €/mes.

Duración: 12 meses.

Dedicación: Tiempo completo.

Director: Dr. José Luis Guzmán Sánchez.

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