Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 15/06/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de La Presidencia e Igualdad

Resolución de 28 de mayo de 2012, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se reconoce oficialmente e inscribe la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Istrión.

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Vista la solicitud presentada el 11 de abril de 2012, por don Javier Eduardo Soler Gordillo, en calidad de administrador solidario de la Entidad Cortijo Carvajal, S.L., según consta acreditado documentalmente en el expediente, en orden al reconocimiento por el Instituto Andaluz de la Juventud, de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Istrión, y su inscripción en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural, dependiente de dicho Organismo, se dicta la presente Resolución, a la que sirven de motivación los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

HECHOS

Primero. La Entidad Cortijo Carvajal, S.L., se encuentra inscrita en el Registro Mercantil de Málaga, en la Hoja MA-00106860, tomo 04811, folio 008, con fecha 26 de octubre de 2010.

Segundo. Con fecha 11 de abril de 2012, don Javier Eduardo Soler Gordillo, en calidad de administrador solidario de la Entidad Cortijo Carvajal, S.L., según se deriva de la documentación obrante en el expediente, procedió a solicitar el reconocimiento oficial de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Istrión , acompañando la documentación establecida para su reconocimiento oficial, en base al artículo 4 del Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tercero. Examinada la solicitud y la documentación presentada, el Servicio de Formación, Investigación y Documentación del Instituto Andaluz de la Juventud formuló informe, de fecha 25 de abril de 2012, favorable al reconocimiento oficial e inscripción de la mencionada Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Istrión.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para resolver sobre el reconocimiento de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural corresponde al Instituto Andaluz de la Juventud, en virtud de lo establecido en el artículo 3 del Decreto 239/1987, de 30 de septiembre, por el que se regulan las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm. 92, de 6 de noviembre), en relación con la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, de Medidas fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público (BOJA núm. 151, de 31 de diciembre), por la que se crea el Instituto Andaluz de la Juventud, como Organismo Autónomo de carácter administrativo, y el Decreto 118/1997, de 22 de abril (BOJA núm. 49, de 26 de abril), por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del citado Instituto.

Segundo. El proyecto de creación de la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Istrión, cumple las exigencias establecidas en el citado Decreto 239/1987, de 30 de septiembre; se ha presentado la documentación exigida en su artículo 4, recogiéndose en los Estatutos de la misma lo establecido por los artículos 5 y 6 del citado Decreto en cuanto a los órganos de participación y equipo docente.

Los objetivos por los que se crea esta Escuela, se corresponden con los que capacitan para el ejercicio de las tareas y funciones de cada uno de los tres niveles, especificados en el Anexo II de la Orden de 21 de marzo de 1989, por la que se establecen los programas de formación de las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural de la Comunidad Autónoma Andaluza. Asimismo, están basados en el marco de los principios constitucionales y del Estatuto de Autonomía para Andalucía, fomentando el aprendizaje grupal, construcción colectiva del conocimiento y toma de conciencia de lo aprendido. Igualmente, presenta el proyecto educativo, que es conforme a las normas constitucionales, y la memoria de instalaciones, locales y recursos didácticos de que dispone la Escuela, en los términos exigidos en el Decreto 239/1987, anteriormente citado.

Tercero. El Programa de Formación presentado por la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Istrión para los niveles de Monitor de Tiempo Libre, Animador Sociocultural y Director Técnico en Animación, se adecua a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Cultura, de 21 de marzo de 1989, por la que se establecen los Programas de Formación de las Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural en la Comunidad Autónoma Andaluza (BOJA núm. 26, de 3 de abril), para los niveles indicados.

En virtud de lo expuesto, previo informe de reconocimiento favorable de fecha 25 de abril de 2012, y teniendo en cuenta las disposiciones citadas anteriormente y demás normas de general aplicación,

RESUELVO

Primero. Reconocer oficialmente a la Escuela de Tiempo Libre y Animación Sociocultural Istrión.

Segundo. Ordenar la inscripción de la misma en el Registro de Escuelas de Tiempo Libre y Animación Sociocultural de Andalucía.

Tercero. Sellar y diligenciar los Estatutos de la Escuela citada, así como remitir copia de los mismos a la Entidad titular.

Cuarto. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Notifíquese esta Resolución al interesado en la forma establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndole que la misma no agota la vía administrativa y que contra ella cabe interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de la Presidencia e Igualdad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, pudiéndose dirigir el escrito al Instituto Andaluz de la Juventud, o directamente a la Consejería de la Presidencia e Igualdad, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 28 de mayo de 2012.- El Director General, Raúl Perales Acedo.

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