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El Decreto 302/2010, de 1 de junio, por el que se ordena la función pública docente y se regula la selección del profesorado y la provisión de los puestos de trabajo docentes, establece en los capítulos IV y V los procedimientos de provisión de puestos de trabajo docentes con carácter provisional, el ámbito personal de los mismos y la adjudicación de los destinos.
Por otra parte, la Orden de 24 de mayo de 2011 regula los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género.
El artículo 4 de la mencionada Orden establece que para cada curso académico se realizará una convocatoria, por Resolución de la Dirección General competente en materia de profesorado, para la cobertura, con carácter provisional, de puestos vacantes de la plantilla de funcionamiento por personal funcionario de carrera, en prácticas o interino, al objeto de atender las necesidades de los centros, zonas y servicios educativos.
Asimismo, se establece en dicho artículo que serán objeto de adjudicación en la referida convocatoria todos los puestos de trabajo previstos en las plantillas de funcionamiento de los centros docentes, zonas o servicios educativos que no se hallen ocupados efectivamente por sus titulares definitivos ni sean objeto de convocatorias específicas acogidas al procedimiento regulado en el capítulo III de la referida Orden.
Todo ello ha de articularse de forma que el servicio educativo se preste con la mayor eficacia, de acuerdo con las necesidades que para los distintos centros docentes públicos de Andalucía establezca la planificación escolar para el curso 2012/2013.
En su virtud, de acuerdo con las facultades conferidas por la Orden de 24 de mayo de 2011, esta Dirección General
HA RESUELTO
Dictar las siguientes bases en orden a la adjudicación de destinos provisionales, para el curso 2012/2013, para el personal funcionario docente del ámbito de gestión de la Consejería de Educación, perteneciente o asimilado a los cuerpos de maestros, de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas; de profesores de música y artes escénicas y de catedráticos, profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño.
Primera. Participantes y ordenación de los colectivos.
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Orden de 24 de mayo de 2011, por la que se regulan los procedimientos de provisión, con carácter provisional, de puestos de trabajo docentes así como la movilidad por razón de violencia de género, el personal que deberá participar en el presente procedimiento se ordenará del siguiente modo:
1.1. Personal funcionario de carrera titular de un puesto de trabajo suprimido.
1.2. Personal funcionario de carrera desplazado de su centro de destino por insuficiencia total de horario.
1.3. Personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección.
1.4. Personal funcionario de carrera en el último año de adscripción en el extranjero.
1.5. Personal funcionario de carrera que reingresa sin reserva de puesto de trabajo.
1.6. Personal funcionario de carrera sin destino definitivo.
1.7. Personal funcionario de carrera que haya obtenido una comisión de servicio.
1.8. Personal funcionario en prácticas.
1.9. Personal funcionario interino integrante de las bolsas de trabajo de los distintos cuerpos y especialidades docentes.
2. Podrá participar el personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes que, no perteneciendo a ninguno de los colectivos a que se refiere el apartado anterior, solicite expresamente centros y puestos de los recogidos en los Anexos V y VI. A los efectos de su participación en este procedimiento, este personal tendrá la consideración de beneficiario de una comisión de servicio, ordenándose, por tanto, dentro del colectivo 1.7, en la forma que se establece en la base séptima.
Segunda. Solicitudes, plazos y formas de presentación.
1. Solicitudes.
En aplicación de lo establecido en la disposición adicional quinta del Decreto 302/2010, de 1 de junio, y en el artículo 6 de la Orden de 24 de mayo de 2011, quienes participen en este procedimiento cumplimentarán la solicitud mediante un formulario asociado a la misma que se facilitará a través del portal web de la Consejería de Educación. Dicho formulario se cumplimentará a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyan, y se podrá imprimir a continuación. La cumplimentación de la solicitud mediante este sistema generará un número de identificación para cada solicitud. La telecumplimentación no eximirá de su efectiva presentación, en los términos establecidos en el apartado 3.
2. Plazos de presentación de solicitudes.
El personal participante presentará la solicitud en el plazo de los 10 días hábiles siguientes al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo que se indique para el personal desplazado en la correspondiente acta de propuesta de desplazamiento.
3. Formas de presentación de solicitudes.
De conformidad con lo establecido en el artículo 6.2 de la Orden de 24 de mayo de 2011, una vez cumplimentadas las solicitudes en la forma a que se refiere el apartado 1, se habrán de imprimir cuando se opte por la presentación en los registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se podrá optar, asimismo, por la teletramitación de las solicitudes, mediante la autenticación telemática que establezca a tal efecto la Consejería de Educación.
Tercera. Petición de destino y prioridad en la adjudicación.
1. Petición de destino.
1.1. El personal que participe en este procedimiento podrá solicitar hasta un máximo de 120 peticiones a centros, localidades o servicios educativos, mediante la cumplimentación del formulario correspondiente al Anexo (I o II) que proceda.
1.2. La petición de localidad o provincia incluye todos los centros de las mismas y la adjudicación se realizará por el orden alfabético de las localidades, de solicitarse provincia, o según el código numérico de los centros, ordenados de menor a mayor, en el caso de las localidades. No obstante, para todos los puestos de los centros relacionados en el Anexo V no regirá el principio anterior, debiendo solicitarse expresamente tales códigos de centros en la solicitud correspondiente.
Los códigos de las provincias son los siguientes: Almería: 04; Cádiz: 11; Córdoba: 14; Granada: 18; Huelva: 21; Jaén: 23; Málaga: 29; Sevilla: 41.
De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 24 de mayo de 2011, los códigos de los puestos que se consignen serán determinantes. Cuando éstos se consignen sin atender las instrucciones de la solicitud o el formulario asociado a la misma a que se refiere el apartado 1 de la base segunda de forma que resulten ilegibles, estén incompletos o los datos no figuren en las casillas correspondientes, se considerarán no incluidos en la petición.
1.3. La petición de destino tendrá validez para el curso académico 2012/2013.
2. Prioridad en la adjudicación.
2.1. La prioridad en la adjudicación de destino vendrá dada según el orden en que va relacionado el personal participante en la base primera, por el orden de las peticiones y de acuerdo con los criterios establecidos para cada colectivo.
2.2. No obstante, en los supuestos de comisiones de servicio por razones de salud del profesorado catalogadas como muy graves, de conformidad con el artículo 8.5 de la Orden de 24 de mayo de 2011, el orden de adjudicación de destinos será el inmediatamente anterior al establecido para el personal funcionario del colectivo 1.6.
3. Preferencia.
3.1. Para la adjudicación de los destinos tiene preferencia el centro, localidad o servicio educativo solicitados sobre la especialidad, salvo que en la base correspondiente se indique otro extremo para determinados colectivos.
3.2. Asimismo, para la adjudicación de centros y puestos con requisitos específicos relacionados en los Anexos V y VI, cualquiera que sea el colectivo por el que se participa, tendrá preferencia el puesto específico bilingüe sobre otros puestos específicos y éstos sobre los puestos ordinarios, en cada centro.
En el supuesto de solicitarse más de un puesto, y salvando lo establecido en el párrafo anterior, la prioridad vendrá dada por el orden en que dichos puestos figuran en la solicitud.
4. Validación de puestos solicitados.
La Administración educativa comprobará que cada participante cumple los requisitos para el desempeño de los puestos solicitados, invalidándose aquellos para los que no se reúnan.
Cuarta. Personal funcionario de carrera titular de un puesto de trabajo suprimido o desplazado de su centro de destino por insuficiencia total de horario.
1. Petición de destino y prioridad en la adjudicación.
1.1. El personal funcionario de carrera en situación de supresión o desplazado por insuficiencia total de horario en su centro de destino deberá presentar solicitud de participación en este procedimiento, para lo que solicitará puestos de trabajo en cualquier centro, localidad, servicio educativo o provincia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la especialidad o especialidades de que sea titular o tenga reconocidas, en el caso del cuerpo de maestros. Asimismo, podrá solicitar centros y puestos específicos de los relacionados en los Anexos V y VI, de reunir, en el segundo caso, los requisitos para su desempeño.
1.2. El referido personal deberá consignar, por orden de preferencia, los códigos de todas sus especialidades. En caso contrario, la Administración educativa las incluirá de oficio.
De no participar en este procedimiento, o no obtener destino en el mismo, la Administración educativa adjudicará de oficio un destino provisional al personal en situación de supresión y desplazado por falta de horario, respetando el ámbito de la localidad donde se ubica el centro desde el que fue suprimido o desplazado. De no ser ello posible, y en virtud de lo establecido en el artículo 10.3 de la Orden de 24 de mayo de 2011, se le adjudicará, de oficio, un puesto provisional en otra localidad cercana, hasta un límite de 50 km.
1.3. Con anterioridad a la resolución definitiva de este procedimiento, se retornará a sus centros de destino al personal suprimido o desplazado si, con posterioridad al acto de desplazamiento, surgiera una vacante en el mismo de su especialidad o de las especialidades de que sea titular o, en el caso del cuerpo de maestros, tenga reconocidas. Para ello, gozará de prioridad respecto de otro personal desplazado de la misma localidad y distinto centro de destino.
1.4. Tendrá prioridad el personal de la localidad de destino sobre el procedente de otras localidades. La obtención de una localidad por derecho preferente no supone la obtención de un puesto concreto, de existir varios, pues el procedimiento se lleva a cabo en concurrencia con otro personal peticionario que, no teniendo dicha preferencia, alcanza, sin embargo, mayor puntuación por aplicación de los criterios del apartado 2.
En su caso, y con las salvedades del subapartado 1.2, la Administración respetará el ámbito geográfico de localidad.
2. Criterios para la adjudicación de destinos.
De conformidad con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 8 de la Orden de 24 de mayo de 2011, la prioridad en la adjudicación de destinos, por cuerpos, se regirá por los siguientes criterios:
2.1. Cuerpo de maestros.
a) Mayor antigüedad en el centro en el que se encuentra en situación de supresión o desde el que se produjo el desplazamiento por insuficiencia total de horario.
b) Mayor tiempo de servicios como personal funcionario del cuerpo de maestros.
c) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo de maestros.
d) Orden o escalafón en la promoción de ingreso en el cuerpo de maestros.
2.2. Resto de cuerpos docentes.
a) Mayor tiempo de servicio como personal funcionario de carrera en cualquiera de los cuerpos del subgrupo a que esté adscrito el puesto a que se aspira.
b) Mayor antigüedad en el centro en el que se encuentra en situación de supresión o desde el que se produjo el desplazamiento por insuficiencia total de horario.
c) Año más antiguo de ingreso en alguno de los cuerpos del subgrupo a que esté adscrito el puesto solicitado.
d) Dentro de cada cuerpo, en su caso, orden o escalafón en que figuró en el procedimiento selectivo de ingreso.
e) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
Quinta. Personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección.
1. Petición de destino.
El personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 134.6 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, podrá participar en este procedimiento, para lo que deberá solicitar puestos de trabajo en cualquier centro, localidad o servicio educativo, por la especialidad del puesto de destino. Asimismo, podrá solicitar centros y puestos específicos de los relacionados en los Anexos V y VI, de reunir, en el segundo caso, los requisitos para su desempeño.
De no consignar ninguna especialidad o indicar otra distinta a la del puesto de destino, la Administración consignará de oficio la relativa a dicho puesto.
2. Criterios para la adjudicación de destinos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.4 de la Orden de 24 de mayo de 2011, la prioridad en la adjudicación de destinos se regirá por los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
b) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
c) Orden o escalafón en la promoción de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
d) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
Sexta. Personal funcionario de carrera que reingrese o no tenga destino definitivo.
1. Petición de destino.
1.1. El personal de los colectivos 1.4, 1.5 y 1.6 habrá de presentar solicitud, si no ha obtenido destino definitivo en el concurso de traslados convocado por la Orden de 27 de diciembre de 2011 y se da alguna de las siguientes circunstancias:
a) Hallarse en el último año de adscripción en el extranjero.
b) Haber reingresado durante el curso 2011/2012 tras el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales.
c) Reingresar por el presente procedimiento de adjudicación de destinos provisionales.
d) No haber obtenido aún su primer destino definitivo o haber pasado a la situación de provisionalidad durante el curso 2011/2012, por cualquier circunstancia.
e) Pasar a la condición de personal funcionario de carrera a 1 de septiembre de 2012 (personal en prácticas en el curso 2011/2012).
1.2. El personal de los colectivos 1.4 y 1.5 podrá solicitar puestos de trabajo de su especialidad o de las especialidades de que sea titular o, en el caso del cuerpo de maestros, tenga reconocidas, en cualquier centro, localidad o servicio educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Asimismo, podrá solicitar centros y puestos específicos de los relacionados en los Anexos V y VI, de reunir, en el segundo caso, los requisitos para su desempeño.
1.3. El personal integrante del colectivo 1.4 tendrá derecho preferente en la localidad de su último destino, de solicitarlo y con ocasión de vacante.
1.4. El personal del colectivo 1.6 que nunca haya obtenido un destino definitivo tendrá que solicitar puestos de trabajo sólo por la especialidad de ingreso o acceso en cualquier centro, localidad o servicio educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Asimismo, podrá solicitar centros y puestos específicos de los relacionados en los Anexos V y VI, de reunir, en el segundo caso, los requisitos para su desempeño y referidos asimismo a la especialidad de ingreso o acceso.
1.5. El personal funcionario de carrera a que se refiere la presente base deberá indicar, por orden de preferencia, las ocho provincias de Andalucía. De no hacerlo así, podrá ser destinado a cualquier centro o servicio educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Criterios para la adjudicación de destinos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.4 de la Orden de 24 de mayo de 2011, la prioridad en la adjudicación de destinos se regirá por los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
b) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
c) Orden o escalafón en la promoción de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
d) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
Séptima. Personal funcionario de carrera que haya obtenido una comisión de servicio.
1. Petición de destino.
El personal funcionario de carrera al que se haya concedido una comisión de servicios para el curso académico 2012/2013 deberá participar en este procedimiento, para lo que deberá solicitar puestos de trabajo en cualquier centro, servicio educativo o localidad de la provincia para la que se le conceda comisión de servicios, por la especialidad del puesto de destino. Asimismo, podrá solicitar centros y puestos específicos de los relacionados en los Anexos V y VI, de reunir, en el segundo caso, los requisitos para su desempeño.
De no consignar ninguna especialidad o indicar otra distinta a la del puesto de destino desde el que solicita la participación en este procedimiento, la Administración consignará de oficio la relativa a dicho puesto.
No obstante lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.2 de la Orden de 24 de mayo de 2011, el personal funcionario de carrera al que se haya concedido una comisión de servicio para el curso académico 2012/2013 por enfermedad propia podrá solicitar puestos de trabajo en cualquier localidad, centro o servicio educativo de la provincia para la que se le haya concedido comisión de servicio, por la especialidad o especialidades de que sea titular o, en el caso del cuerpo de maestros, tenga reconocidas.
2. Orden en la adjudicación de destino.
2.1. Se adjudicará destino, con ocasión de vacante, en primer lugar al personal funcionario de carrera del ámbito de gestión de la Consejería de Educación que haya obtenido comisión de servicio por los siguientes motivos, por este orden:
a) Por razones de salud propia del personal funcionario de carrera.
b) Por concurrir en el personal funcionario de carrera la condición de cargo electo en corporaciones locales.
c) Por razones de salud de cónyuges o parejas de hecho y de familiares convivientes en primer grado de consanguinidad o afinidad del personal funcionario de carrera.
d) Por concurrir en el personal funcionario de carrera la circunstancia de ser cónyuge o pareja de hecho de altos cargos o titulares de puestos de libre designación en las Administraciones públicas.
e) Por formar parte del personal a que se refiere el apartado 2 de la base primera.
2.2. A continuación se adjudicará destino, en su caso y con ocasión de vacante, al personal funcionario procedente de otras Administraciones educativas.
3. Criterios para la adjudicación de destinos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.4 de la Orden de 24 de mayo de 2011, la prioridad en la adjudicación de destinos se regirá por los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
b) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
c) Orden o escalafón en la promoción de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
d) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
Octava. Personal funcionario en prácticas.
1. Ámbito personal.
Forma parte del ámbito personal de esta base el personal seleccionado en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 14 de marzo de 2011, autorizado al aplazamiento de la fase de prácticas, así como el personal que, por otras causas, haya de realizar en el curso 2012/2013 la fase de prácticas.
2. Petición de destino.
El personal en prácticas deberá solicitar puestos de trabajo sólo por la especialidad de ingreso, en cualquier centro, localidad o servicio educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Asimismo, podrá solicitar centros y puestos específicos de los relacionados en los Anexos V y VI, de reunir, en el segundo caso, los requisitos para su desempeño y referidos a la especialidad de ingreso. También deberá indicar en el apartado correspondiente de la solicitud, por orden de preferencia, las ocho provincias de Andalucía. De no hacerlo así, será destinado de oficio a cualquier centro o servicio educativo de la Comunidad Autónoma.
3. Criterios para la adjudicación de destinos.
En virtud de lo establecido en el artículo 8.6 de la Orden de 24 de mayo de 2011, se adjudicará destino en función de las peticiones presentadas, preferentemente por la especialidad de ingreso, por el orden en que figure en la relación del personal seleccionado en el correspondiente procedimiento selectivo.
Novena. Personal funcionario de carrera que solicite puestos con requisitos específicos.
1. Solicitantes.
Con independencia de lo establecido en las bases anteriores, el personal funcionario de carrera con destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Andalucía que no participe en este procedimiento por otros colectivos, podrá solicitar centros y puestos específicos de los relacionados en los Anexos V y VI, de reunir, en el segundo caso, los requisitos para su desempeño.
2. Criterios para la adjudicación de destinos.
La prioridad en la adjudicación de destinos se regirá por los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el cuerpo correspondiente o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto a que se aspira.
b) Año más antiguo de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
c) Orden o escalafón en la promoción de ingreso en el cuerpo o, en su caso, en cualquiera de los cuerpos a que esté asociado el puesto solicitado.
d) En su caso, pertenencia al correspondiente cuerpo de catedráticos.
Décima. Personal funcionario interino.
1. Ámbito personal.
A los efectos de lo establecido en esta base, se entiende por personal funcionario interino el integrante de las bolsas de trabajo, con tiempo de servicio prestado en la Administración educativa andaluza a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
2. Petición de destino.
2.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Orden de 24 de mayo de 2011, el personal funcionario interino integrante de las bolsas de trabajo docentes deberá participar en el presente procedimiento, en el plazo y forma a que se refiere la base segunda, para lo que deberá consignar en la solicitud, por orden de preferencia, centros, localidades o servicios educativos, así como, al menos, cuatro provincias de Andalucía, también por orden de preferencia para la obtención de vacantes. De no consignar al menos las referidas cuatro provincias, se incluirán de oficio las ocho provincias por orden alfabético.
Las peticiones se referirán a puestos de la especialidad y cuerpo en cuya bolsa de trabajo figure dicho personal, así como, en su caso y con carácter voluntario, a centros y puestos específicos de los relacionados en los Anexos V y VI, de reunir, en el segundo caso, los requisitos para su desempeño.
Para la participación en la adjudicación de los puestos con requisitos específicos, el personal funcionario interino ha de formar parte de la bolsa correspondiente al perfil del puesto solicitado. En el caso de puestos bilingües, el personal solicitante habrá de pertenecer a la correspondiente bolsa bilingüe.
2.2. No obstante lo anterior, el personal funcionario interino que a 31 de agosto de 2011 tuviera cumplidos 55 años y, al menos, cinco años de servicio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se le garantizará un puesto de trabajo, de acuerdo con los establecido en la disposición transitoria primera del Decreto 302/2010, de 1 de junio. Para ello, deberá consignar todas las provincias de la Comunidad Autónoma, si desea hacer efectiva la estabilidad laboral garantizada en la mencionada disposición transitoria. De no consignar las ocho provincias, la adjudicación se referirá sólo a las provincias solicitadas, al menos cuatro, de forma que, de no obtener vacante en el procedimiento, decaerá en el derecho a dicha estabilidad para el curso académico correspondiente, pasando a la situación de disponible en la correspondiente bolsa de trabajo, para la cobertura de posibles vacantes o sustituciones, en el orden que le corresponda.
2.3. Asimismo, el personal funcionario interino deberá consignar en la solicitud que corresponda al menos una provincia, y potestativamente hasta las ocho de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para la cobertura de puestos de sustitución. De no consignarse provincia alguna para este fin, la Administración incluirá de oficio la primera provincia consignada para vacantes.
2.4. El personal funcionario interino en quien se dé la circunstancia de enfermedad grave propia que dificulte llevar a cabo su labor docente, de su cónyuge o pareja de hecho o de familiares convivientes en primer grado de consanguinidad, podrá participar en el procedimiento de provisión de puestos, con carácter provisional, a una sola provincia, consignando tal dato en la solicitud. De no indicarse expresamente en la solicitud, o no aportarse la documentación que se establezca, se tendrá por decaído el derecho solicitado.
De no estimarse dicha circunstancia, se tendrán en cuenta las provincias consignadas de acuerdo con lo establecido en el subapartado 2.1.
De estimarse la circunstancia y no resultar adjudicatario de un destino provisional, pasará a ocupar el lugar que le corresponda en la bolsa de trabajo.
2.5. El personal funcionario interino que, debiendo hacerlo, no participe en esta convocatoria permanecerá en la bolsa de trabajo a la que pertenezca, pero no podrá obtener destino en el curso 2012/2013 ni realizar sustituciones mientras no participe en una nueva convocatoria.
No obstante, si no participa, debiendo hacerlo, en la presente convocatoria ni participó en la de 8 de junio de 2011, para el curso 2011/2012, se dictará Resolución de exclusión de la bolsa del cuerpo y especialidad en que figure, con las consecuencias previstas en los apartados 3 y 4 del artículo 13 de la Orden de 8 de junio de 2011, por la que se regulan las bolsas de trabajo del personal funcionario interino y se establecen las bases reguladoras de dicho personal.
3. Opción de cambio de bolsa.
De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria segunda de la Orden de 8 de junio de 2011, el personal funcionario interino podrá utilizar el apartado correspondiente del formulario del Anexo II para optar por una de las bolsas de trabajo en que figure, con las consecuencias que en dicha disposición se establece.
4. Criterios para la adjudicación de destino.
4.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 8.7 de la Orden de 24 de mayo de 2011, la prioridad en la adjudicación de destinos vendrá dada por el orden en que figure en la correspondiente bolsa de trabajo.
La obtención de un destino provisional por parte del personal funcionario interino mayor de cincuenta y cinco años a que se refiere la disposición transitoria primera del Decreto 302/2010, de 1 de junio, se llevará a cabo en concurrencia con otro personal interino que, no siendo beneficiario de la garantía de estabilidad laboral recogida en dicha disposición, tenga, sin embargo, mayor derecho en aplicación de los criterios de adjudicación de destinos.
4.2. El proceso informatizado recorrerá, en primer lugar, las peticiones del personal funcionario interino, hasta encontrar vacante, en la especialidad o especialidades que proceda. De no adjudicarse destino por esta vía, el proceso recorrerá, una a una, las provincias reseñadas en la solicitud, por el orden en que figuran.
De no resultar adjudicatario de un destino, dicho personal pasará a la situación de disponible en su bolsa de trabajo, para la cobertura de posibles vacantes o sustituciones.
Undécima. Personal aspirante a interinidad integrante de las bolsas de trabajo.
1. Ámbito personal.
A los efectos de lo establecido en esta base, se entiende por personal aspirante a interinidad el integrante de las bolsas de trabajo sin tiempo de servicio a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
2. Participación.
El personal aspirante a interinidad no está obligado a participar en esta convocatoria, salvo que desee modificar las peticiones a provincia, para sustituciones, para lo que cumplimentará el Anexo III.
Duodécima. Puestos objeto de adjudicación.
1. Serán objeto de adjudicación, con carácter general, todos los puestos de trabajo previstos para el curso académico 2012/2013 en las correspondientes plantillas presupuestarias que no se hallen ocupados efectivamente por sus titulares definitivos, ni sean objeto de convocatorias especiales por resultar afectados por la existencia de requisitos específicos.
Los códigos de los puestos, por especialidades, son, para el cuerpo de maestros, los establecidos en los apartados 4.6.1 y 4.6.2 de la Orden de 27 de diciembre de 2011 (BOJA de 16 de enero de 2012), y para el resto de los cuerpos, en los Anexos VII, VIII, IX, X , XI, XII y XIII de la misma disposición.
Los centros y localidades son los que se relacionan en los Anexos III-a y III-b, IV, V-a y V-b, VI y XIV-a de la Orden de 27 de diciembre de 2011, por la que se convoca procedimiento de provisión de vacantes para los distintos cuerpos docentes, con las modificaciones que se relacionan en el Anexo IV.
2. No obstante lo anterior, la cobertura de los puestos de los centros que se relacionan en el Anexo V se llevará a cabo de forma voluntaria, por lo que sólo serán objeto de adjudicación si se solicitan expresamente.
Los puestos de los colegios públicos rurales son susceptibles de itinerancia, salvo los de la especialidad de Educación Primaria. Para obtener destino en puestos de los Equipos de Orientación Educativa, relacionados en el Anexo XIV-d) de la Orden de 27 de diciembre de 2011, deberán consignarse expresamente, no entendiéndose incluidos estos centros en el supuesto de solicitar la localidad o la provincia.
Para obtener destino en centros de educación permanente ubicados en los centros penitenciarios del Anexo V.1, habrá de consignarse expresamente, no entendiéndose incluidos estos centros en el supuesto de solicitar la localidad o la provincia. Asimismo, la obtención de un destino de Lengua Extranjera: Inglés en cualquier centro de educación permanente puede conllevar la impartición de docencia en dicho nivel en otros centros de la misma o de distinta localidad.
3. Puestos específicos y requisitos para su desempeño.
3.1. En el Anexo VI figuran los códigos de los puestos específicos objeto de cobertura a través de esta convocatoria, así como los requisitos establecidos para su provisión y las especialidades que permiten acceder a los mismos. Asimismo figuran los puestos para cuya cobertura se precisa la expresa solicitud de los mismos.
3.2. En los casos en que la cobertura de los puestos esté asociada al cumplimiento de requisitos de titulación, estos han de poseerse en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes y las fotocopias aportadas estarán firmadas, haciendo constar en ellas la leyenda «Es copia fiel del original» (sólo en los casos de presentación en un registro no telemático), con lo que se responsabilizan expresamente de la veracidad de la documentación aportada. En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a la participación en la convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiera lugar.
En el Anexo VII figuran los requisitos de titulación para la provisión de puestos específicos bilingües.
3.3. En los casos en que la cobertura de los puestos esté asociada al cumplimiento de requisitos de experiencia en puestos de iguales o similares características (del Anexo VI) o de pertenencia a un cuerpo durante un mínimo de años (puestos de educación permanente y de equipos de orientación educativa), dichos requisitos se comprobarán de oficio por la Administración educativa, por lo que la persona interesada en su cobertura sólo tendrá que señalar en la solicitud que cumple el requisito correspondiente.
Decimotercera. Publicación de adjudicación de destinos y efectos.
1. Mediante Resolución de la Dirección General de Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, se adjudicarán provisionalmente los destinos, concediéndose un plazo de cinco días naturales a partir de su exposición en los tablones de anuncios de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación, para reclamaciones, y se elevarán a definitivos los listados con los destinos adjudicados, que se publicarán, asimismo, por Resolución de dicha Dirección General, en los tablones de anuncios de las citadas Delegaciones Provinciales, con los efectos previstos en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La adjudicación de destinos se publicará en el portal web de la Consejería de Educación, a efectos meramente informativos.
2. Los destinos adjudicados serán irrenunciables y tendrán efectos económicos y administrativos de 1 de septiembre de 2012.
No obstante, el personal que obtenga destino por este procedimiento deberá permanecer en su centro de origen hasta que concluyan las actividades previstas para la finalización del curso anterior.
Decimocuarta. Renuncias para el personal funcionario interino.
No obstante lo establecido en la base decimotercera, el personal funcionario interino adjudicatario de un destino a través del procedimiento a que se refiere la presente convocatoria podrá solicitar renuncia al puesto adjudicado, en el plazo, con los requisitos y mediante el procedimiento a que se refiere el artículo 23 de la Orden de 8 de junio de 2011.
Decimoquinta. Permanencia en centros acogidos al programa de calidad y mejora de los rendimientos escolares.
De conformidad con lo establecido en el artículo 8.9 de la Orden de 24 de mayo de 2011, el personal participante en el programa de calidad y mejora de los rendimientos escolares en los centros docentes públicos que solicite el centro en el que presta servicio, acogido a dicho programa, tendrá prioridad en la adjudicación del destino respecto del resto del profesorado del colectivo al que pertenezca. Para ello habrá de consignar el código del centro donde desea permanecer en primer lugar en el apartado de petición de centros y localidades de dicha solicitud. De no consignar la prioridad del centro, se entiende que no desea acogerse a la citada permanencia.
En el caso de que hubiera más de un profesor o profesora pertenecientes al mismo colectivo en el mismo centro, se aplicarán los criterios de prioridad establecidos en la base correspondiente al referido colectivo.
La permanencia en los referidos centros estará supeditada al mejor derecho de quienes participen por colectivos anteriores y a la ocupación, en su caso, por la persona titular de dicho puesto.
Recursos procedentes.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante la persona titular de la Consejería de Educación, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 5 de junio de 2012.- El Director General, Manuel Gutiérrez Encina.
ANEXO I
SOLICITUD DE DESTINO PROVISIONAL PARA EL CURSO 2012/2013
PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA O EN PRÁCTICAS
(Sólo cumplimentable a través del formulario asociado a la página web de la Consejería)
ANEXO II
SOLICITUD DE DESTINO PROVISIONAL PARA EL CURSO 2012/2013
PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO INTEGRANTE DE LAS BOLSAS DE TRABAJO
(Sólo cumplimentable a través del formulario asociado a la página web de la Consejería)
ANEXO IV
MODIFICACIONES AL LISTADO DE LOCALIDADES Y CENTROS DE LOS ANEXOS III-a y XIV-a DE LA ORDEN DE 27 DE DICIEMBRE DE 2011
(BOJA DE 16 DE ENERO DE 2012)
1. Supresiones de centros.
LOCALIDAD | CÓDIGO DE LOCALIDAD | NOMBRE DEL CENTRO | CÓDIGO DEL CENTRO |
RONDA (MA) | 290840012 | C.E.I.P. “GINER DE LOS RIOS” | 29009788C |
2. Adiciones de nuevos centros.
LOCALIDAD | CÓDIGO DE LOCALIDAD | NOMBRE DEL CENTRO | CÓDIGO DEL CENTRO |
AGUADULCE (AL) | 040790001 | C.E.I.P. NUEVO | 04006410C |
ROQUETAS DE MAR (AL) | 040790010 | C.E.I.P. NUEVO | 04009381C |
ALGECIRAS (CA) | 110040001 | E. I. NUEVA | 11012486C |
ALGECIRAS (CA) | 110040001 | C.E.PR. NUEVO | 11012474C |
CÁDIZ | 110120001 | INST. PROV. “FERNANDO QUIÑONES” | 11001749C |
CHIPIONA (CA) | 110160001 | C.E.I.P. “LOS ARGONAUTAS” | 11002298C |
BENAMEJÍ (CO) | 140100001 | C.E.I.P. NUEVO | 14010634C |
GRANADA | 180870004 | C.E.I.P. NUEVO | 18005888C |
SEVILLA | 410910002 | C.C. “VIRGEN DE LA ESPERANZA” | 41005270C |
PUNTA UMBRÍA (H) | 210600003 | I.E.S. NUEVO | 21003074C |
SEVILLA | 410910002 | I.E.S. “HÍSPALIS” | 41007114C |
SEVILLA | 410910002 | I.E.S. “VIRGEN DE LOS REYES” | 41004113C |
ANEXO V
CENTROS DOCENTES CON CARÁCTER VOLUNTARIO
1. CENTROS DE EDUCACIÓN PERMANENTE EN CENTROS PENITENCIARIOS.
CÓDIGO DEL CENTRO | DENOMINACIÓN DEL CENTRO | LOCALIDAD Y PROVINCIA |
04500775 | CEPER RETAMAR | ALMERÍA |
11500420 | CEPER P.STM. I LA MURALLA | EL PUERTO DE STA MARÍA (CÁDIZ) |
11500432 | CEPER P.STM. II LAS LAGUNAS | EL PUERTO DE STA MARÍA (CÁDIZ) |
11500444 | SEPER EL ALBERO | JEREZ DE LA FRONTERA (CÁDIZ) |
11009530 | CEPER P.STM. III | EL PUERTO DE STA MARÍA (CÁDIZ) |
11500456 | CEPER RÍO DE LA MIEL | ALGECIRAS (CÁDIZ) |
14500753 | CEPER ELOY VAQUERO | CÓRDOBA |
18004082 | CEPER CONCEPCIÓN ARENAL | GRANADA (ALBOLOTE) |
21500641 | CEPER MIGUEL HERNÁNDEZ GILABERT | TRIGUEROS (HUELVA) |
23003661 | CEPER ANTONIO MUÑOZ MOLINA | JAEN |
29500423 | CEPER VICTORIA KENT | ALHAURIN DE LA TORRE (MALAGA) |
41015846 | CEPER MORON | MORON DE LA FRA. (SEVILLA) |
41501236 | CEPER ALFONSO MURIEL | MAIRENA ALCOR (SEVILLA) |
41007497 | SEPER ILUSTRACION | ALCALA DE GUADAIRA (SEVILLA) |
41007503 | SEPER ALAMBIQUE | SEVILLA |
2. COLEGIOS PÚBLICOS RURALES
Código del Centro |
Denominación del centro | Localidad y provincia |
Puestos disponibles en plantilla de funcionamiento |
04003366 | C.P.R. Historiador Padre Tapia | El Viso (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04003691 | C.P.R. Campo de Níjar Norte | Puebloblanco (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04008686 | C.P.R. Azahar | Alboloduy (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04601932 | C.P.R. Los Vélez | Vélez-Blanco (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04601968 | C.P.R. Alto Almanzora | Armuña de Almanzora (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04601971 | C.P.R. Estancias | Huércal-Overa (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04601981 | C.P.R. Filabres | Albánchez (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04601993 | C.P.R. Medio Almanzora II | Albox (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602006 | C.P.R. Sierra Almagrera | Villaricos (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602018 | C.P.R. San Miguel | El Convoy (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602031 | C.P.R. Alhfil | Lucainena de las Torres (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602043 | C.P.R. Valle de Andarax | Instinción (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602080 | C.P.R. Alboraida | Berja (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602092 | C.P.R. Alcolea-Fondón | Alcolea (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602122 | C.P.R. San Marcos | Suflí (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602161 | C.P.R. Alpujarra Alta | Bayárcal (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602183 | C.P.R. Tres Villas-Nacimiento | Nacimiento (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
04602225 | C.P.R. Lusor | Sorbas (Almería) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11004601 | C.P.R. Almenara | Zahora (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603142 | C.P.R. C.R.I.P.E.R | Algodonales (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603154 | C.P.R. Campiña de Tarifa | Tahivilla (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603294 | C.P.R. Poeta Julio Mariscal | El Guijo (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603385 | C.P.R. Salado-Breña | La Muela (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603491 | C.P.R. Campos de Conil | Barrio Nuevo (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603506 | C.P.R. Laguna de Medina | Las Pachecas (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603518 | C.P.R. La Florida | José Antonio (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
11603567 | C.P.R. Antonio Machado | Medina-Sidonia (Cádiz) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600826 | C.P.R. Iznájar Sur | Ventorros de Balerma (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600838 | C.P.R. Iznájar Norte | El Higueral (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600841 | C.P.R. Bembézar | Bembézar del Caudillo (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600851 | C.P.R. Guadiato | Fuente Obejuna (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600863 | C.P.R. Ágora | Valsequillo (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600917 | C.P.R. Ana de Charpentier | Quintana (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600929 | C.P.R. Tiñosa | Priego de Córdoba (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14600991 | C.P.R. Quercus | Azuel (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14601031 | C.P.R. Vía Augusta | Obejo (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14601090 | C.P.R. Maestro Rafael Chacón Villafranca | Palomar (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
14601107 | C.P.R. Blas Infante | Llanos de Don Juan (Córdoba) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18000246 | C.P.R. Sened | Jerez del Marquesado (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18000258 | C.P.R. Avda. Hubert Meersmans, s/n | Alquife (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18000337 | C.P.R. Bellasierra | La Calahorra (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18013435 | C.P.R. C/ Escuelas, 1 y 3 | Gor (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601278 | C.P.R. Parapanda | Escoznar (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601311 | C.P.R. Campo del Rey | Almontaras (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601321 | C.P.R. La ContravI.E.S.a | Sorvilán (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601333 | C.P.R. Los Pinares | Peñuelas (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601345 | C.P.R. Las Ramblas | El Pozuelo (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601357 | C.P.R. La Hinojora | El Margen (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601369 | C.P.R. El Azahar | Talará (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601370 | C.P.R. Los Ríos | Arenas del Rey (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601382 | C.P.R. Sánchez Mariscal | La Mamola (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601394 | C.P.R. Alpujarra | Bérchules (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601412 | C.P.R. Monte Hacho | La Palma (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601709 | C.P.R. Los Castaños | Ventas de Zafarraya (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601746 | C.P.R. Federico García Lorca | Graena (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601758 | C.P.R. Sierra Blanca | Beas de Guadix (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601761 | C.P.R. Villamena | Cozvíjar (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601825 | C.P.R. Monte Chullo | Huéneja (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601849 | C.P.R. Nevada | Laroles (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601850 | C.P.R. El Pinar | Pinos del Valle (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601886 | C.P.R. La Inmaculada | Forne s(Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601898 | C.P.R. Al-Dehecun | Dehesas de Guadix (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601904 | C.P.R. Barranco de PoquE.I.ra | CapilE.I.ra (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601916 | C.P.R. Fuente de la RE.I.na | El Jau (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601928 | C.P.R. Las Acequias | Mecina Bombaron (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601931 | C.P.R. Taxara | Venta Nueva (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601941 | C.P.R. El Puntal | Huélago (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18601953 | C.P.R. Gibalto | Riofrío (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602015 | C.P.R. El Temple | Ventas de Huelma (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602027 | C.P.R. Ruiz Carvajal | Moraleda de Zafayona (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602039 | C.P.R. Valle del Guadalfeo | Torvizcón (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602040 | C.P.R. La Santa Cruz | Moreda (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602052 | C.P.R. Las Atalayas | Puerto Lope (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602064 | C.P.R. Murtas-Turón | Murtas (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602076 | C.P.R. Sánchez Velayos | Ugíjar (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602088 | C.P.R. Los Guajares | Guajar Faragüit (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602091 | C.P.R. Besana | Ventorros de San José (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602106 | C.P.R. Ribera de Aguas Blancas | Quéntar (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602121 | C.P.R. El Alféizar | Los Tablones (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602143 | C.P.R. Los Castaños | Pitres (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602222 | C.P.R. Valle Verde | Otívar (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
18602234 | C.P.R. Negratín | FrE.I.la (Granada) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600908 | C.P.R. Adersa 6 | La Granada de Río-Tinto (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600911 | C.P.R. Tresfuentes | Alájar (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600921 | C.P.R. Adersa 4 | Cañaveral de León (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600933 | C.P.R. Adersa 2 | Los Marines (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600945 | C.P.R. Aderán 3 | San Silvestre de Guzmán (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600957 | C.P.R. Aderán 1 | Cabezas Rubias (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600969 | C.P.R. Aderán 2 | El Granado (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600970 | C.P.R. Valdelamusa-San Telmo | Valdelamusa (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21600982 | C.P.R. Berrocal-El Madroño | Berrocal (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21601123 | C.P.R. Adersa 1 | Fuenteheridos (Huelva) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
21500616 | S.E.P. Maestra Lourdes Pintos | Huelva (HUELVA) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23002334 | C.P.R. Zumeta-Segura | Santiago de la Espada (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601102 | C.P.R. Sierra Sur | Santa Ana (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601114 | C.P.R. Atalaya | La Iruela (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601126 | C.P.R. El Collao | Torres de Albánchez (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601138 | C.P.R. Alto Guadalquivir | Coto Ríos (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601151 | C.P.R. Guadalquivir | Llanos del Sotillo (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601199 | C.P.R. La Vega | Solana de Torralba (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601230 | C.P.R. El Olivo | Alcalá la Real (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601242 | C.P.R. Valle de San Juan | Ventas del Carrizal (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601254 | C.P.R. Los Valles | Collejares (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601266 | C.P.R. Camilo José Cela | Agrupación de Mogón (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601278 | C.P.R. La Paz | Torrequebradilla (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601281 | C.P.R. Santa María de la Peña | Orcera (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601291 | C.P.R. Sierra de Segura | Cortijos Nuevos (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
23601382 | C.P.R. C/ Carmen, 1 | Puente del Obispo (Jaén) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29601963 | C.P.R. Alto Genal | Parauta (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29601975 | C.P.R. Atalaya | Antequera (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29601987 | C.P.R. Torrejaral | Vélez-Málaga (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29601999 | C.P.R. Serranía | Atajate (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602001 | C.P.R. Valle del Guadiaro | La Cañada del Real Tesoro (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602013 | C.P.R. Almazara | Jubrique (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602025 | C.P.R. Sierra del Espino | Algatocín (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602037 | C.P.R. Alcalde Juan García | Viñuelas (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602426 | C.P.R. La Peña | Cartaojal(Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602441 | C.P.R. Mariana Pineda | Cerralba (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602451 | C.P.R. Almijara | Sayalonga (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602505 | C.P.R. Salvador Rueda | Macharaviaya (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602530 | C.P.R. Las Palomas | Alfarnatejo (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
29602542 | C.P.R. San Hilario de Poitiers | Comares (Málaga) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
41000508 | C.P.R. Los Girasoles | Utrera (Sevilla) | Cualquiera de las especialidades del cuerpo de maestros |
3. CENTROS DE DIFICIL DESEMPEÑO. | ||
Código del centro | Denominación del centro | Localidad (PROVINCIA) |
04700511 | I.E.S. Rio Andarax | Almería (ALMERÍA) |
04700326 | I.E.S. Galileo | Almería (ALMERÍA) |
04000900 | C.E.I.P. Los Almendros | Almería (ALMERÍA) |
04005697 | C.E.I.P. Josefina Baró | Almería (ALMERÍA) |
04001308 | C.E.I.P. El Puche | Almería (ALMERÍA) |
04005119 | C.E.I.P. Punta Entinas | El Ejido (ALMERÍA) |
04002362 | C.E.I.P. Artero Pérez | Tarambana - El Ejido (ALMERÍA) |
04002349 | C.E.I.P. Solymar | Matagorda - El Ejido (ALMERÍA) |
04005211 | C.E.I.P. La Canal | Congo - Canal – Vícar (ALMERÍA) |
04700478 | I.E.S. Las Norias | Las Norias - El Ejido (ALMERÍA) |
04700685 | I.E.S. Santa María Del Águila | Sta María del Aguila – El Ejido (ALMERÍA) |
04700430 | I.E.S. Virgen del Mar | Adra (ALMERÍA) |
04000811 | C.E.I.P. La Chanca | Almería (ALMERÍA) |
14001517 | C.E.I.P. Duque de Rivas | Córdoba (CÓRDOBA) |
14001712 | C.E.I.P. Albolafia | Córdoba (CÓRDOBA) |
14700705 | I.E.S. Guadalquivir | Córdoba (CÓRDOBA) |
14600693 | C.E.I.P. Gloria Fuertes | Córdoba (CÓRDOBA) |
14008071 | C.E.I.P. Federico García Lorca | Córdoba (CÓRDOBA) |
14008093 | C.E.I.P. Antonio Gala | Córdoba (CÓRDOBA) |
14001578 | C.E.I.P. Obispo Osio | Córdoba (CÓRDOBA) |
14600747 | C.E.I.P. Enrique de Asensi | Puente Genil (CÓRDOBA) |
14007891 | C.E.I.P. Pedagogo García Navarro | Córdoba (CÓRDOBA) |
18700566 | I.E.S. La Paz | Granada (GRANADA) |
18600985 | C.E.I.P. Maria Zambrano | Granada (GRANADA) |
18601023 | C.E.I.P. Arrayanes | Granada (GRANADA) |
18601217 | C.E.I.P. Andalucía | Granada (GRANADA) |
18700611 | I.E.S. Fernando de los Ríos | Fuente Vaqueros (GRANADA) |
18002486 | C.E.I.P. Federico García Lorca | Fuente Vaqueros (GRANADA) |
18009432 | I.E.S. Cerro de los Infantes | Pinos Puente (GRANADA) |
18602179 | E.I. Media Luna | Pinos Puente (GRANADA) |
18008889 | C.E.PR San Pascual Bailón | Pinos Puente (GRANADA) |
18009501 | C.E.I.P. Juan Ramón Jiménez | Granada (GRANADA) |
18009523 | C.E.I.P. Miguel Hernández | Granada (GRANADA) |
18700542 | I.E.S. Veleta | Granada (GRANADA) |
18006960 | C.E.I.P. San Antonio | Motril (GRANADA) |
18009717 | C.E.I.P. Los Álamos | Motril (GRANADA) |
21700575 | I.E.S. Galeón | Isla Cristina (HUELVA) |
21700307 | I.E.S. Saltés | Punta Umbría (HUELVA) |
21600647 | C.E.I.P. C/. Alférez Manuel Romero, 33 | Los Romeros (HUELVA) |
21003499 | C.E.I.P. Avda. Sagrado Corazón, s/n | Las Cefiñas (HUELVA) |
21002446 | C.E.I.P. Miguel Lobo | La Nava (HUELVA) |
21000462 | C.E.I.P. Virgen de los Remedios | Arroyomolinos de León (HUELVA) |
21000759 | C.E.I.P. San Roque | Cala (HUELVA) |
21001090 | C.E.I.P. Carmen Antón | Cumbres de San Bartolomé (HUELVA) |
21000814 | C.E.I.P. La Rábida | El Campillo (HUELVA) |
21002677 | C.E.I.P. Emilio Pérez Molina | Paymogo (HUELVA) |
21002859 | C.E.I.P. San Sebastián | Santa Bárbara de Casa (HUELVA) |
21600684 | C.E.I.P. V Centenario | Huelva (HUELVA) |
21500598 | CEPER Los Esteros | Huelva (HUELVA) |
23002164 | C.E.I.P. Ruiz Jiménez | Jaén (JAÉN) |
23004951 | C.E.I.P. Muñoz Garnica | Jaén (JAÉN) |
23005189 | C.E.I.P. Los Arrayanes | Linares (JAÉN) |
29002836 | SESO C/.Periodista Federico Alba, 1 | Torremolinos (MÁLAGA) |
29003695 | C.E.I.P. Ntra. Sra. de Gracia | Málaga (MÁLAGA) |
29003877 | C.E.I.P. Dr. Gálvez Moll | Málaga (MÁLAGA) |
29004699 | C.E.I.P. Cerro Coronado | Málaga (MÁLAGA) |
29006131 | C.E.I.P. Manuel Altolaguirre | Málaga (MÁLAGA) |
29009739 | C.E.I.P. Severo Ochoa | Málaga (MÁLAGA) |
29011801 | C.E.I.P. Las Albarizas | Marbella (MÁLAGA) |
29500472 | SEPER Los Asperones | Málaga (MÁLAGA) |
29701091 | I.E.S. Guadalmedina | Málaga (MÁLAGA) |
29701118 | I.E.S. Carlinda | Málaga (MÁLAGA) |
29601941 | C.E.I.P. María de la O | Málaga (MÁLAGA) |
29005394 | C.E.I.P. Bergamín | Málaga (MÁLAGA) |
29002356 | C.E.I.P. Lope de Vega | Coín (MÁLAGA) |
41003844 | C.E.I.P. Esperanza Aponte | San Juan de Aznalfarache(Sevilla) |
41001768 | C.E.I.P. Fernán Caballero | Dos Hermanas(Sevilla) |
41010629 | C.E.I.P. Los Montecillos | Dos Hermanas(Sevilla) |
41700361 | I.E.S. Torre de los Herberos | Dos Hermanas(Sevilla) |
41009238 | C.E.I.P. Blas Infante | Sevilla |
41004939 | C.E.I.P. San José Obrero | Sevilla |
41004563 | C.E.I.P. Victoria Díez | Sevilla |
41004617 | C.E.I.P. Paulo Orosio | Sevilla |
41701444 | I.E.S. Siglo XXI | Sevilla |
41007540 | C.E.I.P. Menéndez Pidal | Sevilla |
41602296 | C.E.I.P. Orippo | Dos Hermanas(Sevilla) |
41701390 | I.E.S. San Juan | San Juan de Aznalfarache(Sevilla) |
ANEXO VI
PUESTOS ESPECÍFICOS
1. PUESTOS BILINGÜES.
Cuerpo | Código del puesto | Denominación del puesto | Titular Especialidad (E) / Bolsas de acceso (B) | Requisitos |
590 | 10590001 | FILOSOFÍA (FRANCÉS) P.E.S. |
(E) 00590001 (B) 10590001 |
Anexo VII |
590 | 10590005 | GEOGRAFÍA E HISTORIA (FRANCÉS) P.E.S. |
(E) 00590005 (B) 10590005 |
Anexo VII |
590 | 10590006 | MATEMÁTICAS (FRANCÉS) P.E.S. |
(E) 00590006 (B) 10590006 |
Anexo VII |
590 | 10590007 | FÍSICA Y QUÍMICA (FRANCÉS) P.E.S. |
(E) 00590007 (B) 10590007 |
Anexo VII |
590 | 10590008 | BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA (FRANCÉS) P.E.S. |
(E) 00590008 (B) 10590008 |
Anexo VII |
590 | 10590009 | DIBUJO (FRANCÉS) P.E.S. |
(E) 00590009 (B) 10590009 |
Anexo VII |
590 | 10590016 | MÚSICA (FRANCÉS) P.E.S. |
(E) 00590016 (B) 10590016 |
Anexo VII |
590 | 10590017 | EDUCACIÓN FÍSICA (FRANCÉS) P.E.S. |
(E) 00590017 (B) 10590017 |
Anexo VII |
590 | 10590019 | TECNOLOGÍA (FRANCÉS) P.E.S. |
(E) 00590019 (B) 10590019 |
Anexo VII |
590 | 11590001 | FILOSOFÍA (INGLÉS) P.E.S. |
(E) 00590001 (B) 11590001 |
Anexo VII |
590 | 11590005 | GEOGRAFÍA E HISTORIA (INGLÉS) P.E.S. |
(E) 00590005 (B) 11590005 |
Anexo VII |
590 | 11590006 | MATEMÁTICAS (INGLÉS) P.E.S. |
(E) 00590006 (B) 11590006 |
Anexo VII |
590 | 11590007 | FÍSICA Y QUÍMICA (INGLÉS) P.E.S. |
(E) 00590007 (B) 11590007 |
Anexo VII |
590 | 11590008 | BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA (INGLÉS) P.E.S. |
(E) 00590008 (B) 11590008 |
Anexo VII |
590 | 11590009 | DIBUJO (INGLÉS) P.E.S. |
(E) 00590009 (B) 11590009 |
Anexo VII |
590 | 11590016 | MÚSICA (INGLÉS) P.E.S. |
(E) 00590016 (B) 11590016 |
Anexo VII |
590 | 11590017 | EDUCACIÓN FÍSICA (INGLÉS) P.E.S. |
(E) 00590017 (B) 11590017 |
Anexo VII |
590 | 11590019 | TECNOLOGÍA (INGLÉS) P.E.S. |
(E) 00590019 (B) 11590019 |
Anexo VII |
590 | 11590101 | ADMINISTRACIÓN EMPRESAS (INGLÉS) P.E.S. |
(E) 00590101 (B) 11590101 |
Anexo VII |
590 | 11590106 | HOSTELERÍA Y TURISMO (INGLÉS) P.E.S. |
(E) 00590106 (B) 11590106 |
Anexo VII |
590 | 11590107 | INFORMÁTICA (INGLÉS) P.E.S. |
(E) 00590107 (B) 11590107 |
Anexo VII |
590 | 11590110 | ORG. Y GESTIÓN COMERCIAL (INGLÉS) P.E.S |
(E) 00590110 (B) 11590110 |
Anexo VII |
590 | 11590117 | P. DIAG. CLÍN. Y PROD. ORTOPR. (INGLÉS) P.E.S |
(E) 00590117 (B) 11590117 |
Anexo VII |
590 | 12590001 | FILOSOFÍA (ALEMÁN) P.E.S. |
(E) 00590001 (B) 12590001 |
Anexo VII |
590 | 12590005 | GEOGRAFÍA E HISTORIA (ALEMÁN) P.E.S. |
(E) 00590005 (B) 12590005 |
Anexo VII |
590 | 12590006 | MATEMÁTICAS (ALEMÁN) P.E.S. |
(E) 00590006 (B) 12590006 |
Anexo VII |
590 | 12590007 | FÍSICA Y QUÍMICA (ALEMÁN) P.E.S. |
(E) 00590007 (B) 12590007 |
Anexo VII |
590 | 12590008 | BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA (ALEMÁN) P.E.S. |
(E) 00590008 (B) 12590008 |
Anexo VII |
590 | 12590009 | DIBUJO (ALEMÁN) P.E.S. |
(E) 00590009 (B) 12590009 |
Anexo VII |
590 | 12590016 | MÚSICA (ALEMÁN) P.E.S. |
(E) 00590016 (B) 11590016 |
Anexo VII |
590 | 12590017 | EDUCACIÓN FÍSICA (ALEMÁN) P.E.S. |
(E) 00590017 (B) 12590017 |
Anexo VII |
590 | 12590019 | TECNOLOGÍA (ALEMÁN) P.E.S. |
(E) 00590019 (B) 12590019 |
Anexo VII |
591 | 10591221 | PROCESOS COMERCIALES (FRANCÉS) P.T.F.P. |
(E) 00591221 (B) 10591221 |
Anexo VII |
591 | 11591221 | PROCESOS COMERCIALES (INGLÉS) P.T.F.P. |
(E) 00591221 (B) 11591221 |
Anexo VII |
591 | 11591222 | PROC. GESTIÓN ADMTVA. (INGLÉS) P.T.F.P. |
(E) 00591222 (B) 11591222 |
Anexo VII |
591 | 11591226 | SERVICIOS RESTAURACIÓN (INGLÉS) P.T.F.P |
(E) 00591226 (B) 11591226 |
Anexo VII |
591 | 11591227 | SIST. Y APLIC. INFORMÁT. (INGLÉS) P.T.F.P. |
(E) 00591227 (B) 11591227 |
Anexo VII |
597 | 10597031 | EDUCACIÓN INFANTIL - BILINGÜE FRANCÉS |
(E) 00597031 (B) 10597031 |
Anexo VII |
597 | 10597034 | EDUCACIÓN FÍSICA - BILINGÜE FRANCÉS |
(E) 00597034 (B) 10597034 |
Anexo VII |
597 | 10597035 | EDUCACIÓN MÚSICA - BILINGÜE FRANCÉS |
(E) 00597035 (B) 10597035 |
Anexo VII |
597 | 10597038 | EDUCACIÓN PRIMARIA - BILINGÜE FRANCÉS |
(E) 00597038 (B) 10597038 |
Anexo VII |
597 | 11597031 | EDUCACIÓN INFANTIL - BILINGÜE INGLÉS |
(E) 00597031 (B) 11597031 |
Anexo VII |
597 | 11597034 | EDUCACIÓN FÍSICA - BILINGÜE INGLÉS |
(E) 00597034 (B) 11597034 |
Anexo VII |
597 | 11597035 | EDUCACIÓN MÚSICA - BILINGÜE INGLÉS |
(E) 00597035 (B) 11597035 |
Anexo VII |
597 | 11597038 | EDUCACIÓN PRIMARIA - BILINGÜE INGLÉS |
(E) 00597038 (B) 11597038 |
Anexo VII |
597 | 12597031 | EDUCACIÓN INFANTIL - BILINGÜE ALEMÁN |
(E) 00597031 (B) 12597031 |
Anexo VII |
597 | 12597034 | EDUCACIÓN FÍSICA - BILINGÜE ALEMÁN |
(E) 00597034 (B) 12597034 |
Anexo VII |
597 | 12597035 | EDUCACIÓN MÚSICA - BILINGÜE ALEMÁN |
(E) 00597035 (B) 12597035 |
Anexo VII |
597 | 12597038 | EDUCACIÓN PRIMARIA - BILINGÜE ALEMÁN |
(E) 00597038 (B) 12597038 |
Anexo VII |
2. RESTO DE PUESTOS ESPECÍFICOS.
Cuerpo | Código puesto | Denominación del puesto |
Especialidades / Bolsas de acceso |
Requisitos |
590 / 592 | 00592010 | GRIEGO P.E.O.I. | 00590002 / 00590803 / 00592010 | Licenciado en Filología C lásica y Certificado de aptitud de la E.O.I. de Griego Moderno |
590 | PI590106 | HOSTELERÍA Y TURISMO P.E.S. (PCPI) | 00590106 | Provisión voluntaria |
590 | CI590017 |
EDUCACIÓN FÍSICA P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) |
00590017 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad |
590 | CI590107 |
INFORMÁTICA P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) |
00590107 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad |
590 | CI590108 |
INTERVENCIÓN SOCIOCOMUNITARIA P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) |
00590108 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad |
590 | CI590116 |
PROCESOS INDUSTRIA ALIMENTARIA P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) |
00590116 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad |
590 | CI590118 | PROCESOS SANITARIOS P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) | 00590118 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad |
590 | CI590125 |
SISTEMAS ELECTROTÉCNICOS Y AUTOMÁTICOS P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) |
00590125 | 2 cursos académicos de experienci a en el correspondiente cuerpo y especialidad |
590 | PE590ARA | Árabe en IES | 00592002 | Provisión voluntaria |
590 | PE590017 |
EDUCACIÓN FÍSICA P.E.S. (CFGM CONDUCCIÓN DE ACTIVIDADES FÍSICAS-DEPORTIVAS EN EL MEDIO NATURAL) |
00590017 |
Acreditación de formación en cuidado y manejo de caballos (>= 500 horas) o 2 años de impartición del módulo de Conducción de grupos a caballo y cuidados equinos básicos del CFGM Conducción de Actividades Físicas-Deportivas en el medio natural |
590 | PE590112 | ORG. Y PROY. FABRICACIÓN MECANICA P.E.S.(CFGS Óptica de Anteojería) | 00590112 | 2 años de impartición en módulos de fabricación mecánica en el CFGS Óptica de Anteojería |
590 | CC590201 | LENGUAJE DE SIGNOS (CENTRO COMPARTIDO) | 00590201 | Provisión voluntaria |
590 | PE590111 | ORG. Y PROCESOS MANTEN. VEHÍCULOS P.E.S. (P.ESPECÍFICO) | 00590111 |
Ingeniero Superior Aeronáutico o Ingeniero Técnico Aeronáutico o Ingeniero Superior Electrónica o Ingeniero Técnico Electrónica. Título B2 Inglés o superior. Junto con un año de impartición docente en el CFGS de Mantenimiento de Aviónica o CFGS Mantenimiento aeromecánico. |
590 | PE590116 | PROCESOS INDUSTRIA ALIMENTARIA P.E.S. (CFGM Elaboración de productos alimenticios) | 00590116 | 2 años de impartición en el CFGM Elaboración de productos alimenticios o similar LOGSE |
590 | PD590117 | PROC.DIAG.CLIN. Y ORTOPROTESIC. P.T.F.P. (CFGS Prótesis Dentales) | 00590117 |
2 años de impartición docente en el CFGS de Prótesis Dentales o similar LOGSE o Técnico Superior o Técnico Especialista en Prótesis dentales |
590 | AP590117 | PROC.DIAG.CLIN. Y ORTOPROTESIC. P.T.F.P. (CFGS Audiología Protésica) | 00590117 |
2 años de impartición docente en el CFGS de Audiología Protésica o similar LOGSE o Técnico Superior o Técnico Especialista en Audiología Protésica |
590 | PE590010 |
PES bilingüe Inglés/Francés |
00590011 00590010 |
Título superior o licenciatura del idioma complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
590 | PU590109 | NAVEGACIÓN E INSTALACIONES MARINAS P.E.S (P. Específico. Especialidad: Puente) | 00590109 / 00590019 / 00590124 / 00590112 / 00590125 | Licenciado en Navegación marítima, Náutica y transpor te marítimo o título equivalente (especialidad Puente) o 2 años de impartición en alguno de los CFGS de Navegación, Pesca y Transporte Marítimo o CFGM Pesca y Transporte Marítimo |
590 | MA590109 | NAVEGACIÓN E INSTALACIONES MARINAS P.E.S (P. Específico. Especialidad: Máquinas) | 00590109 / 00590019 / 00590124 / 00590112 / 00590125 |
Licenciado en Navegación marítima, Náutica y transporte marítimo o título equivalente (especialidad Máquinas) o 2 años de impartición en alguno de los CFGS de Navegación, Pesca y Transporte Marítimo o CFGM Pesca y Transporte Marítimo |
590 | CO590109 | NAVEGACIÓN E INSTALACIONES MARINAS P.E.S (P. Específico. Especialidad: Comunicaciones) | 00590109 / 00590019 / 00590124 / 00590112 / 00590125 |
Licenciado en Navegación marítima, Náutica y transporte marítimo o título equivalente (especialidad Comunicaciones) o 2 años de impartición en alguno de los CFGS de Navegación, Pesca y Transp. Marítimo o CFGM Pesca y Transp. Mar. |
590 | BI590114 | PROC. CULTIVO ACUÍCOLA P.E.S. (P. Específico. Biología) | 00590114 | Licenciado en Biol ogía o Ciencias biológicas con conocimientos demostrables en Acuicultura o Licenciado en Ciencias del Mar o 2 años de impartición en alguno de los CFGS de Producción Acuícola o CFGM Operaciones de Cultivo Acuícola |
590 | VE590114 | PROC. CULTIVO ACUÍCOLA P.E.S. (P. Específico. Veterinaria) | 00590114 |
Licenciado en con conocimientos demostrables en Acuicultura o 2 años de impartición en alguno de los CFGS de Producción Acuícola o CFGM Operaciones de Cultivo Acuícola |
590 | VI590116 | PROCESOS EN LA INDUSTRIA ALIMENTARIA (CFGS Vitivinicultura) | 00590116 |
Licenciado en Enología o Técnico Superior o Técnico Especialista de Vitivinicultura o experiencia en trabajos relacionados con la producción y elaboración de vinos o 2 años de impartición de docencia en el CFGS Vitivinicultura |
590 | 00590058 |
APOYO AL ÁREA DE LENGUA Y CIENCIAS SOCIALES |
00590001 00590002 00590003 00590004 00590005 00590010 00590011 00590012 00590013 |
Provisión voluntaria |
590 | 00590059 |
APOYO AL ÁREA CIENTÍFICA O TECNOLÓGICA |
00590006 00590007 00590008 00590019 |
Provisión voluntaria |
590 | CI590106 | HOSTELERÍA Y TURISMO P.E.S. (Ciclo Nueva Implantación) | 00590106 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad |
591 / 596 | PV591021 | TALLER DE VIDRIO Y CERÁMICA (PTVAL) |
00591021 / 00596613 |
Provisión voluntaria |
591 / 596 | PV596613 | TÉCNICAS CERÁMICAS (PTVAL) | 00591021 / 00596613 | Provisión voluntaria |
591 / 596 | PI596613 | AUX. DE MANUFACTURA CERÁMICA | 00591021 / 00596613 | Provisión voluntaria |
591 | PV591216 | OPERACIONES Y EQUIPOS DE PRODUCCIÓN AGRARIA (PTVAL) | 00591216 | Provisión voluntaria |
591 | PV591204 | FABRIC. E INST. CARPINT. MUEBLE (PTVAL) | 00591204 | Provisión voluntaria |
591 | PV591217 | PATRONAJE Y CONFECCIÓN (PTVAL) | 00591217 | Provisión voluntaria |
591 | PV591227 | SISTEMAS Y APLICACIONES INFORMÁTICAS (PTVAL) | 00591227 | Provisión voluntaria |
591 | PV591221 | PROCESOS COMERCIALES (PTVAL) | 00591221 | Provisión voluntaria |
591 | PV591211 |
MECANIZADO Y MTO. DE MAQUINAS (PTVAL) |
00591211 | Provisión voluntaria |
591 | PV591228 | SOLDADURA (PTVAL) | 00591228 | Provisión voluntaria |
591 | PV591225 | SERVICIOS A LA COMUNIDAD (PTVAL) | 00591225 | Provisión voluntaria |
591 | PV591222 | PROCESOS DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA (PTVAL) | 00591222 | Provisión voluntaria |
591 | PV591203 | ESTÉTICA (PTVAL) | 00591203 | Provisión voluntaria |
591 | PV591202 | EQUIPOS ELECTRÓNICOS (PTVAL) | 00591202 | Provisión voluntaria |
591 | PV591226 | SERVICIOS DE RESTAURACIÓN (PTVAL) | 00591226 | Provisión voluntaria |
591 | PV591201 | COCINA Y PASTELERÍA (PTVAL) | 00591201 | Provisión voluntaria |
591 | PI591201 | COCINA Y PASTELERÍA P.T.F.P. (PCPI) | 00591201 | Provisión voluntaria |
591 | PI591226 | SERVICIOS EN RESTAURACIÓN P.T.F.P. (PCPI) | 00591226 | Provisión voluntaria |
591 | PI591507 | PCPI DE AUX. DE INSTALACIONES ELECTROTÉCN. Y COMUNICAC. | 00591202 / 00591206 | Provisión voluntaria |
591 | PI591203 | ESTÉTICA P.T.F.P. (PCPI) | 00591203 | Provisión voluntaria |
591 | PI591218 | PELUQUERÍA P.T.F.P. (PCPI) | 00591218 | Provisión voluntaria |
591 | PI591204 |
FABRIC. E INST. CARPINT. Y MUEBLE P.T.F.P. (PCPI) |
00591204 | Provisión voluntaria |
591 | PI591205 | INST. Y MTTO. EQUIPOS TÉRMICOS FUIDOS P.T.F.P. (PCPI) | 00591205 | Provisión voluntaria |
591 | PI591207 |
INST. EQUIPOS DE CRÍA Y CULTIVO P.T.F.P. (PCPI) |
00591207 | Provisión voluntaria |
591 | PI591208 | LABORATORIO P.T.F.P. (PCPI) | 00591208 | Provisión voluntaria |
591 | PI591209 | MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS P.T.F.P. (PCPI) | 00591209 | Provisión voluntaria |
591 | PI591212 | OFICINA DE PROYEC. CONSTRUCCION P.T.F.P. (PCPI) | 00591212 | Provisión voluntaria |
591 | PI591214 | OPERAC. EQ.ELAB.PROD.ALIMENT. PTFP (PCPI) | 00591214 | Provisión voluntaria |
591 | PI591216 | OPERAC. Y EQUIPOS PROD. AGRARIA P.T.F.P. (PCPI) | 00591216 | Provisión voluntaria |
591 | PI591217 | PATRONAJE Y CONFECCIÓN P.T.F.P. (PCPI) | 00591217 | Provisión voluntaria |
591 | PI591520 | PCPI DE AUXILIAR DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA | 00591221 / 00591222 | Provisión voluntaria |
591 | PI591525 | PCPI DE AUXILIAR DE COMERCIO Y ALMACEN | 00591221 / 00591222 | Provisión voluntaria |
591 | PI591223 | PRODUCCIÓN EN ARTES GRÁFICAS P.T.F.P. (PCPI) | 00591223 | Provisión voluntaria |
591 | PI591519 | PCPI DE AUXILIAR INFORMÁTICO | 00591227 / 00591202 | Provisión voluntaria |
591 | PI591517 | P.C.P.I. OPERARIO DE SOLDADURA Y CONSTRUCCIONES METALICAS Y TECNOPLASTICAS. | 00591228 / 00591211 | Provisión voluntaria |
591 | CI591201 | COCINA Y PASTELERIA P.T.F.P. (Ciclo Nueva Implantación) | 00591201 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad |
591 | CI591206 | INSTALACIONES ELECTROTÉCNICAS P.T.F.P. (Ciclo Nueva Implantación) | 00591206 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad |
591 | CI591214 |
OPERAC. Y EQU. ELAB. PROD. ALIMENT. PTFP (Ciclo Nueva Implantación) |
00591214 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad |
591 | CI591220 |
PROC. SANITARIOS Y ASISTENCIALES P.T.F.P. (Ciclo Nueva Implantación) |
00591220 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad |
591 | CI591225 | SERVICIOS A LA COMUNIDAD P.T.F.P. (Ciclo Nueva Implantación) | 00591225 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad |
591 | CI591227 | SISTEMAS Y APLIC. INFORMÁTICOS P.T.F.P. (Ciclo Nueva Implantación) | 00591227 |
2 cursos académicos de experiencia en el correspondiente cuerpo y especialidad |
591 | OA591211 | MECANIZADO Y MANTENIMIENTO DE MÁQUINAS P.T.F.P.(CFGS Óptica de anteojería) | 00591211 / 00591213 | 2 años de impartición en módulos de fabricación mecánica en el CFGS Óptica de Anteojería |
591 | PE591209 | MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS P.T.F.P. (P.ESPECIFICO) | 00591209 |
Técnico Superior o Técnico Especialista en Automoción o Ingeniero Técnico o Superior en Aeronáutica o Electrónica. Título B2 Inglés o superior. Junto con un año de experiencia docente o laboral en el sector aeronáutico como mecánico en mantenimiento en línea de vuelo. |
591 | PD591219 |
PROC.SANITARIOS Y ASISTENCIALES P.T.F.P. (CFGS Prótesis Dentales) |
00591219 |
2 años de impartición docente en el CFGS de Prótesis Dentales o similar LOGSE o Técnico Superior o Técnico Especialista en Prótesis dentales |
591 | AP591219 |
PROC.SANITARIOS Y ASISTENCIALES P.T.F.P. (CFGS Audiología Protésica) |
00591219 |
2 años de impartición docente en el CFGS de Audiología Protésica o similar LOGSE o Técnico Superior o Técnico Especialista en Audiología Protésica |
591 | OP591219 |
PROC.SANITARIOS Y ASISTENCIALES P.T.F.P. (CFGS Ortoprótesica) |
00591219 |
2 años de impartición docente en el CFGS de Ortoprotésica o similar LOGSE o Técnico Superior o Técnico Especialista en Ortoprotésica |
591 | PE591207 | INST. EQUI POS DE CRIA Y CULTIVO P.T.F.P. (P.ESPECÍFICO) |
00591207 |
Licenciado en Biología o Ciencias biológicas con conocimientos demostrables en Acuicultura o Licenciado en Ciencias del Mar o 2 años de impartición en alguno de los CFGS de Producción Acuícola o CFGM Operaciones de Cultivo Acuícola |
591 | PU591210 |
MAQUINAS, SERVICIOS Y PRODUCCIÓN P.T.F.P (P. Específico. Especialidad: Puente) |
00590019 / 00591211 / 00591210 / 00590109 |
Licenciado o Diplomado en Navegación marítima, Náutica y transporte marítimo o título equivalente (especialidad Puente) o 2 años de impartición en alguno de los CFGS de Navegación, Pesca y Transporte Marítimo o CFGS Supervisión, Control de Máquinas e Instalaciones del Buque o CFGM Operación, Control y Mantenimiento de Instalaciones del Buque o CFGM Buceo a media profundidad |
591 | MA591210 |
MAQUINAS, SERVICIOS Y PRODUCCIÓN P.T.F.P (P. Específico. Especialidad: Máquinas) |
00590019 / 00591211 / 00591210 / 00590109 | Licenciado o Diplomado en Navegación marítima, Náutica y transporte marítimo o título equivalente (esp ecialidad Máquinas) o 2 años de impartición en alguno de los CFGS de Navegación, Pesca y Transporte Marítimo o CFGS Supervisión, Control de Máquinas e Instalaciones del Buque o CFGM Operación, Control y Mantenimiento de Instalaciones del Buque o CFGM Buceo a media profundidad |
591 | PE591206 | Instalaciones Electrotécnicas P.T.F.P.(CFGM Inst. y mant. electromecánico de maquinaria y conducción de líneas) | 00591206 | Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Maquinas Eléctricas o en Electrónica Industrial. |
592 | 00592108 |
PEOI bilingüe Inglés/Francés |
00592011 00592008 |
Título superior complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
592 | 00592111 |
PEOI bilingüe Inglés/Alemán |
00592011 00592001 |
Título superior complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
592 | 00592112 |
PEOI bilingüe Inglés/Italiano |
00592011 00592012 |
Título superior complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
592 | 00592121 |
PEOI bilingüe Italiano/Alemán |
00592001 00592012 |
Título superior complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
592 | 00592801 |
PEOI bilingüe Francés/Alemán |
00592008 00592001 |
Título superior complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
592 | 00592802 |
PEOI bilingüe Francés/Italiano |
00592008 00592012 |
Título superior complementario al de la especialidad o bolsa de pertenencia |
593 | 00593IAC | IDIOMA APLICADO AL CANTO C.M.A.E. | Cualquier especialidad de los cuerpos 590, 592, 593 y 594 |
Apto en la prueba específica de acceso al puesto o un curso académico de experiencia en el mismo puesto.. Junto con Título superior de Música, Licenciatura o equivalente. |
594 | AC594423 | PIANISTA ACOMPAÑANTE (CANTO) | 00594423 | Apto en la prueba específica de acceso al puesto o un curso académico de experiencia en el mismo puesto |
594 | CS594048 | PIANISTA ACOMPAÑANTE (CANTO) EN CONSERVATORIOS SUPERIORES | 00594423 |
Apto en la prueba específica de acceso al puesto o un curso académico de experiencia en el mismo puesto. Título superior de Música, Licenciatura o equivalente. |
594 | AI594423 | PIANISTA ACOMPAÑANTE (INSTRUMENTOS) | 00594423 | Apto en la prueba específica de acceso al puesto o un curso académico de experiencia en el mismo puesto. |
594 | CS594064 |
PIANISTA ACOMPAÑANTE (INSTRUMENTOS) EN CONSERVATORIOS SUPERIORES |
00594423 |
Apto en la prueba específica de acceso al puesto o un curso académico de experiencia en el mismo puesto Título superior de Música, Licenciatura o equivalente. |
594 | AD594423 | PIANISTA ACOMPAÑANTE (DANZA) | 00594423 | Apto en la prueba específica de acceso al puesto o un curso académico de experiencia en el mismo puesto |
594 | CS594065 | PIANISTA ACOMPAÑANTE (DANZA) EN CONSERVATORIO SUPERIOR | 00594423 |
Apto en la prueba específica de acceso al puesto o un curso académico de experiencia en el mismo puesto. Título superior de Música, Licenciatura o equivalente. |
594 | 00594IAC | IDIOMA APLICADO AL CANTO P.M.A.E. | Cualquier especialidad de los cuerpos 590,592,593 y 594 | Apto en la prueba específica de acceso al puesto o un curso académico de experiencia en el mismo puesto |
594 | 0594BAGF | Bailor acompañante de guitarra flamenca | 00594438 | Provisión voluntaria |
594 | 00594498 | GUITARRISTA ACOMPAÑANTE FLAMENCO | 00594498 | Provisión voluntaria |
594 | 00594499 | CANTAOR | 00594499 | Provisión voluntaria |
597 | 00597APO | APOYO COMPENSACIÓN |
Cualquiera del cuerpo de maestros |
Provisión voluntaria |
597 | 00597052 |
MAESTROS DE E.O.E. (ED. COMPENSATORIA) |
Cualquiera del cuerpo de maestros |
Provisión voluntaria |
597 |
00597PTV |
PROGRAMA TRANSICIÓN VIDA ADULTA Y LABORAL |
00597038 00597036 00597037 |
Provisión voluntaria |
597 | 00597039 | IDIOMA EXTRANJERO – ALEMÁN | 00597039 | Provisión voluntaria |
597 | 00597041 | PROGRAMAS CUALIFICACIÓN PROFESIONAL INICIAL | 00597038 | Provisión voluntaria |
ANEXO VII
REQUISITOS DE TITULACIÓN PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS BILINGÜES
a) Licenciatura en Filología, Filosofía y Letras (sección Filología), Traducción e Interpretación, en el idioma solicitado.
b) Diplomatura en Traducción e Interpretación en el idioma solicitado.
c) Maestro en la especialidad de Lengua Extranjera en el idioma solicitado (sólo para puestos bilingües del Cuerpo de Maestros).
En el caso de que dichas titulaciones académicas no hagan referencia expresa al idioma que se pretende acreditar, deberá presentarse, además del título, certificación académica personal comprensiva de todas las materias cursadas para la obtención del mismo.
c) Certificado de Aptitud de la Escuela Oficial de Idiomas (cinco cursos) o Certificado de Nivel Avanzado en el idioma solicitado.
d) Otros diplomas y certificaciones acreditativas del conocimiento de idiomas:
FRANCÉS
- Diplôme de Langue Française (DL-Alliance Française).
- Diplôme d’Études en Langue Française (DELF second degré o B2).
- Diplôme Supérieur d’Études Françaises Modernes (DS- Alliance Française)
- Diplôme Appronfondi de Langue Française (DALF, DALF C1 o C2).
- Diplôme de Hautes Études Françaises (DHEF- Alliance Française).
INGLÉS
- First Certificate in English (FCE-Universidad de Cambridge).
- Certificate in Advanced English (CAE-Universidad de Cambridge).
- Certificate of Proficiency in English (CPE- Universidad de Cambridge).
- Integrated Skills in English examinations ISE II B2, ISE III C1, ISE IV C2 (ISE Trinity College).
- Graded Examinations in Spoken English (GESE), grades 8, 9, 10, 11, 12 (GESE Trinity College).
ALEMÁN
- Goethe-Zertifikat B2.
- Zertifikat Deutsch für den Beruf (ZDfB).
- Prüfung Wirtschaftsdeutsch International (PWD).
- Zentrale Mittelstufenprüfung (ZMP).
- Zentrale Oberstufenprüfung (ZOP).
- Goethe-Zertifikat C1.
- Kleines Deutsches Sprachdiplom (KDS).
- Großes Deutsches Sprachdiplom (GDS).
- TestDaF Nivel 3, 4, 5 (TDN 3, 4, 5).
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