Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 21/06/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 24 de abril de 2012, por la que se modifica la autorización del centro docente privado extranjero «Colegio Británico de Sevilla, British School of Seville», de Bollullos de la Mitación (Sevilla), autorizado conforme al Sistema Educativo Británico, para alumnado español y extranjero. (PP. 1530/2012).

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Raquel Díaz Ramos, como representante de la entidad Colegio Británico de Sevilla, S.L., titular del centro docente privado extranjero «Colegio Británico de Sevilla, British School of Seville», con código 41018513 y domicilio en Urbanización La Juliana, parcela 40, de Bollullos de la Mitación (Sevilla), solicitando autorización temporal para 40 puestos escolares de los cursos desde year 7 (11-12 años de edad) hasta year 11 (16 años de edad) del Sistema Educativo Británico para alumnado español y extranjero, acogiéndose a lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España.

Resultando que, por Orden de esta Consejería de Educación de 7 de junio de 2011, el citado centro tiene autorización plena para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero desde el curso nursery (2-3 años) hasta year 6 (10-11 años) y autorización temporal desde el curso year 7 (11-12 años) hasta year 10 (14-15 años) para un total de 325 puestos escolares.

Considerando que en el expediente han recaído informes favorables del British Council en España y del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla, así como de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre (BOJA de 26),  de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE de 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas.

DISPONGO

Primero. Conceder una modificación de su autorización, de acuerdo con el artículo 16 del Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, al centro docente privado extranjero «Colegio Británico de Sevilla, British School of Seville», de Bollullos de la Mitación (Sevilla), para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero y, como consecuencia de ello, establecer la configuración siguiente:

Denominación genérica: Centro docente privado extranjero.

Denominación específica: «Colegio Británico de Sevilla, British School of Seville».

Código del centro: 41018513.

Titular: Colegio Británico de Sevilla, S.L.

Domicilio: Urbanización La Juliana, parcela 40.

Localidad: Bollullos de la Mitación.

Municipio: Bollullos de la Mitación.

Provincia: Sevilla.

Enseñanzas a impartir del Sistema Educativo Británico para alumnado español y extranjero:

Con autorización plena:

Nursery – Reception (2-4 años) para 90 puestos escolares.

De Year 1 (5-6 años) a Year 6 (10-11 años) para 150 puestos escolares.

Con autorización temporal:

De Year 7 (11-12 años) a Year 11 (16 años) para 125 puestos escolares.

Segundo. El centro docente privado extranjero «Colegio Británico de Sevilla, British School of Seville», de Bollullos de la Mitación (Sevilla), deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de lengua y cultura españolas.

Tercero. Las enseñanzas de lengua y literatura españolas deberán impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en los Decretos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a educación infantil, a educación primaria y a educación secundaria obligatoria.

Asimismo, la cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las áreas o materias de Conocimiento del entorno, de Conocimiento del medio natural, social y cultural y de Ciencias sociales, geografía e historia, recogidos en los Decretos anteriormente citados.

Cuarto. La autorización temporal a la que hace referencia el apartado primero de esta Orden tendrá validez hasta el 30 de septiembre de 2012, en consideración al certificado emitido por el British Council. A partir de esta fecha, la autorización dependerá de una nueva inspección de los servicios correspondientes de la Embajada Británica.

Quinto. La presente autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros, de conformidad con el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 24 de abril de 2012

Francisco José Álvarez de la Chica
Consejero de Educación en funciones
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