Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 21/06/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 28 de mayo de 2012, por la que se modifica la autorización del centro autorizado de enseñanzas artísticas elementales de danza «Escuela Superior de Artes Escénicas» de Málaga.

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Visto el expediente tramitado a instancia de doña Iris Zafra Martínez, representante de la sociedad «Escuela Superior de Artes Escénicas, S.L.», titular del centro autorizado de enseñanzas artísticas elementales de danza Escuela Superior de Artes Escénicas de Málaga, solicitando la modificación de la autorización que tenía concedida por ampliación de sus enseñanzas, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 193/1997, de 29 de julio (BOJA de 9 de agosto), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, y en el Decreto 16/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Danza en Andalucía.

Resultando que el centro autorizado de enseñanzas artísticas elementales de danza «Escuela Superior de Artes Escénicas» de Málaga, código 29016124, cuenta con autorización para impartir las enseñanzas elementales básicas de danza.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Málaga y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos en dicha provincia.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE del 28), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas; el Decreto 233/1997, de 7 de octubre (BOJA del 11), por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza; el Decreto 16/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Danza en Andalucía; el Decreto 193/1997, de 28 de julio (BOE de 9 de agosto), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, y demás disposiciones complementarias.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Autorizar la modificación solicitada al centro autorizado de enseñanzas artísticas elementales de danza «Escuela Superior de Artes Escénicas» de Málaga y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro autorizado de enseñanzas artísticas elementales de danza.

Denominación específica: Escuela Superior de Artes Escénicas.

Código del centro: 29016124.

Titular: Escuela Superior de Artes Escénicas, S.L.

Domicilio: C/ Alfonso Ponce de León, 6, Parque de Ocio Plaza Mayor, local A-06, de Málaga.

Composición resultante:

a) Enseñanzas elementales de iniciación a la danza:

Ámbitos formativos:

- Música y movimiento para 80 puestos escolares.

- Actividades de grupo para 80 puestos escolares.

b) Enseñanzas elementales básicas de danza para 160 puestos escolares.

Segundo. Del contenido de esta Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el registro de centros docentes.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 28 de mayo de 2012

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ
Consejera de Educación
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