Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 06/07/2012

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Educación

Resolución de 22 de junio de 2012, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria pública para la provisión del puesto de trabajo de libre designación correspondiente a la persona titular de la dirección del Centro Público que se cita.

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El Decreto 334/2009, de 22 de septiembre, por el que se regulan los centros integrados de formación profesional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en el artículo 19.2 La persona que ejerza la Dirección del Centro público integrado de formación profesional será nombrada por la persona titular del Centro directivo competente de la Consejería a la que este adscrita el centro, por el procedimiento de libre designación. En el caso de los Centros integrados de formación profesional de titularidad de la Administración educativa, el nombramiento se hará entre funcionarios públicos docentes, conforme a los principios de mérito, capacidad y publicidad y previa consulta a los órganos colegiados del centro.

En su virtud, esta Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, en uso de las competencias que le confiere el artículo 9 del Decreto 155/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Educación, ha resuelto dictar las siguientes bases en orden a la provisión del puesto de trabajo de libre designación correspondiente a la persona titular de la dirección del Centro Público Integrado de Formación Profesional Marítimo Zaporito (código 11009487).

Primera. Objeto.

La presente convocatoria tiene como objeto la provisión del puesto de trabajo de libre designación correspondiente a la persona titular de la Dirección del Centro Público Integrado de Formación Profesional Marítimo Zaporito (código 11009487).

Segunda. Participantes y requisitos de las personas candidatas.

1. De conformidad con lo establecido en el artículo 19.2 del Decreto 334/2009, de 22 de septiembre, podrán participar en la presente convocatoria funcionarios públicos docentes pertenecientes a los cuerpos recogidos en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

2. El profesorado participante deberá tener, al menos, cinco años de antigüedad en uno de los cuerpos recogidos en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o de forma acumulada, en varios.

Tercera. Solicitudes, documentación y plazos.

1. El profesorado que desee participar en la convocatoria deberá presentar en el Registro General de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación correspondiente a su centro de destino, en el Registro General de la Consejería de Educación o a través de cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

a) Solicitud, mediante instancia dirigida a la persona titular de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos de la Consejería de Educación.

b) Currículum vitae, en el que figurarán los datos personales de la persona interesada, incluidos el número de Registro General Personal y el Cuerpo de pertenencia, la formación académica y la experiencia profesional, en especial la relacionada con el sector marítimo pesquero, la gestión de equipos docentes, y la implantación de sistemas de gestión de calidad y mejora continua, así como cuantos otros méritos se relacionen con el puesto que se solicita.

c) Proyecto de Dirección, en el que se prestará especial atención, al menos, a los siguientes aspectos:

I. Adecuación del proyecto a la estructura y funciones de los Centros Públicos Integrados de Formación. Profesional en Andalucía, definidas en el Decreto 334/2009, de 22 de septiembre

II. Integración de los sistemas de formación profesional para el empleo y formación profesional inicial que se desea promover, actuaciones que se aplicarían e instrumentos de seguimiento y evaluación que se proponen

III. Desarrollo de vínculos con el sistema productivo del sector marítimo-pesquero en Andalucía, que se desean promover.

IV. Información y orientación a los usuarios, así como a otros centros de formación profesional de Andalucía del sector productivo marítimo-pesquero que se desea promover.

V. Actuaciones que se presentan para promocionar la cultura emprendedora, la adaptación de la formación a colectivos con dificultades de aprendizaje, y la formación que evite la segregación ocupacional en razón de género.

VI. Propuestas de participación en programas y proyectos de investigación e innovación, y en procedimientos de acreditación de competencias profesionales del sector marítimo-pesquero.

2. Los méritos alegados deberán ser justificados con la documentación original o copias debidamente autenticadas.

3. El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante esta Dirección General, de conformidad con los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 22 de junio de 2012.- La Directora General, Antonia María Petra Cascales Guil.

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