Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 06/07/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 22 de junio de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla, dimanante de procedimiento verbal núm. 383/2009. (PD. 2038/2012).

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NIG: 4109142C20090010230.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 383/2009. Negociado: 1.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio falta pago -250.1.1) 383/2009, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla a instancia de Marx William Gerdes contra Rosario Sánchez Portillo y Daniel Hernández Arias sobre desahucio falta de pago, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla.

Juicio verbal núm. 383/2009-1.

Sentencia de 5 de octubre de 2009.

El Ilmo. Sr. don Francisco José Gordillo Peláez, titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de esta ciudad, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente

SENTENCIA

En los autos de juicio verbal tramitados bajo el número 383/2009-1, en los que figuran las siguientes partes:

Parte demandante:

Don Mark Williams Gerdes, representado por la Procuradora de los Tribunales doña María Ángeles Muñoz Serrano y con la asistencia letrada de don César Álvarez Carrascosa.

Partes demandadas:

Don Daniel Hernández Arias.

Doña Rosario Sánchez Portillo.

(Ninguno de los demandados compareció a juicio, por lo que fueron declarados en situación de rebeldía procesal).

FALLO

Estimar íntegramente la demanda y, en su consecuencia:

1.° Declarar resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre don Mark Willians Gerdes, por una parte, y doña Rosario Sánchez Portillo y don Daniel Hernández Arias, por la otra, partes arrendadora y arrendatarias, respectivamente, y cuyo objeto era el alquiler, por parte del primero al segundo, de la vivienda situada en la calle Castilla, núm. 96, escalera 3, piso 2.° izquierda, de Sevilla.

2.° Condenar a doña Rosario Sánchez Portillo y don Daniel Hernández Arias a estar y pasar por tal declaración, debiendo desalojar la vivienda antes indicada dentro del plazo legal, pudiendo ser lanzados de la misma en caso contrario.

3.° Condenar a doña Rosario Sánchez Portillo y don Daniel Hernández Arias a abonar a don Mark Willians Gerdes la suma principal de 1.925,81 € (mil novecientos veinticinco euros con ochenta y un céntimos), cantidad debida por aquellos a éste hasta la fecha de presentación de la demanda, incluida la mensualidad correspondiente a febrero de 2009, así como el importe de los alquileres sucesivos que resulten impagados hasta que la vivienda sea entregada o puesta a disposición de la parte demandante.

4.° Condenar a doña Rosario Sánchez Portillo y a don Daniel Hernández Arias a abonar las costas procesales causadas.

Al notificar la presente resolución a las partes, instrúyaseles que contra la misma cabe presentar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá prepararse ante este Juzgado por término de cinco días a partir de su notificación; si bien no se admitirá a la parte demandada el recurso si, al prepararlo, no manifiesta, acreditándolo por escrito, tener satisfechas las rentas vencidas y las que con arreglo al contrato deba pagar adelantadas (art. 449.1 LEC).

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo en Sevilla, a cinco de octubre de dos mil nueve.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por resolución de esta fecha y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, he acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para la notificación de la sentencia a los demandados doña Rosario Sánchez Portillo y don Daniel Hernández Arias.

En Sevilla, a veintidós de junio de dos mil doce.- El/la Secretario/a Judicial.

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