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GNL-98.
De acuerdo con lo establecido en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957; se somete a información pública el proyecto cuyas características se detallan a continuación:
Peticionario: Gas Natural Andalucía, S.A., con domicilio en Sevilla (C.P. 41012), Polígono Industrial Pineda, Ctra. N-IV (SE-CA), km 547,2, fase II, calle E, parcela 4.
Objeto de la petición: Autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones, reconocimiento, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado «Antena de suministro a la urbanización La Dalena», en el t.m. de Estepona (Málaga).
Descripción de las instalaciones:
- Trazado: La conexión se realizará mediante la unión de la nueva tubería con la tubería de red proyectada de PE DN 200 mm, que servirá para dar suministro de gas natural a las urbanizaciones de «Valle Romano», Arroyo En medio y Buenas Noches en el término municipal de Estepona (Málaga). El ramal parte del camino de acceso a la Urb. La Dalena desde la A-7 (antigua N-340) en el p.k. 150. A 49 metros de inicio de esta antena en PE DN 200 y MOP 5 bar, se coloca un armario de regulación AR-10 con MOP 5/2 bar para suministro a dicha urbanización. El trazado discurre paralelo al Arroyo Vaquero por dicho camino hasta cruzar dicho arroyo en las proximidades de la urbanización continuando por el Camino del Rodeo hasta la red existente de gas natural en la urbanización. Se prevé la construcción de unos 1.878 m de red de suministro de gas natural con rango de presión MOP 2 bar, que suministrarán gas natural a la urbanización La Dalena.
- Presiones y tuberías
- Tramo MOP≤ 5 bar: PE-100 diámetro 200 mm, SDR 17,6 e=11,4, L=49 m.
- Tramo MOP≤ 2 bar. PE-100 diámetro 160 mm, SDR 17,6 e=9,1, L=1.878 m.
- Longitud total: 1.927 m.
- Instalaciones auxiliares:
- Estación de regulación y medida con armario AR-10, normalizado y enterrado, con rango de presión MOP 5/2 bar.
- 5 Válvulas de seccionamiento, 1 de DN 200 y 4 de DN160 mm, según plano contenido en proyecto.
El proyecto incluye relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados así como los planos parcelarios de expropiación.
Las afecciones a las fincas se concretan en la siguiente forma:
Uno. Expropiación forzosa de los terrenos sobre los que se han de construir las instalaciones fijas en superficie.
Dos. Para las canalizaciones (según ET-0202.02-E):
a) Imposición de servidumbre permanente de paso de gas a lo largo del trazado de la conducción, con una anchura de 2 metros: 1 metro a cada lado del eje por donde discurrirá enterrada la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas.
Esta servidumbre que se establece estará sujeta a las siguientes limitaciones al dominio.
1. Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a cincuenta centímetros, así como de plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a dos metros a contar del eje de la tubería.
2. El derecho de paso o acceso para atender el establecimiento, vigilancia, conservación y reparación de las instalaciones de distribución de gas y sus instalaciones necesarias, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen. El acceso deberá realizarse por los pasillos constituidos al efecto, es decir, por la servidumbre de paso.
3. El establecimiento de los elementos de protección, control, comunicación y dispositivos auxiliares necesarios para las instalaciones de distribución de gas (posibilidad de instalar los hitos de señalización o delimitación y los tubos de ventilación, así como de realizar las obras superficiales o subterráneas que sean necesarias para la ejecución o funcionamiento de las instalaciones).
b) Ocupación temporal de terrenos a los fines indicados.
c) Obligación, en una zona de seguridad de 2,5 metros a cada lado de la tubería, de solicitar permiso a la Distribuidora para la ejecución de excavación u obras que puedan representar un cambio en las condiciones de seguridad de la canalización. En este caso la Distribuidora informará de las medidas de seguridad a adoptar.
Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados por dicho Proyecto, cuya relación se inserta al final de este anuncio, para que, previa cita en el teléfono 902 113 000, pueda ser examinado el expediente en la Delegación Provincial de Málaga de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, sita en la calle Bodegueros, núm. 21 (C.P. 29006) Málaga, y presentar por duplicado, en dicho centro, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio. Los planos parcelarios podrán ser igualmente consultados en los Ayuntamientos afectados.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos oportunos a los solos efectos de rectificar posibles errores en la relación indicada, así como formular las alegaciones procedentes.
Los afectados podrán recabar, a través de esta Delegación Provincial que el peticionario les facilite los datos que estimen precisos para la identificación de los bienes.
De conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la citada Ley 34/1998, la declaración, en concreto, de utilidad pública, lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Málaga, 28 de mayo de 2012.- La Delegada (D.T. 1.ª Decreto 3/2012), Marta Rueda Barrera.
RELACIÓN CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS
PROYECTO: ANTENA DE SUMINISTRO A LA URBANIZACIÓN LA DALENA, T.M. DE ESTEPONA (MÁLAGA)
TÉRMINO MUNICIPAL DE: ESTEPONA
Finca núm. | Titular | AFECCIONES |
CATASTRO Polígono/Parcela Referencia catastral |
Naturaleza | ||||||
Exp. | Serv. | O.T. | ||||||||
m2m.l.ancho m.l.m2m2mesesMA-ES-100Francisco Martín Illescas y D.ª María Morales Mena 402804206154pastosMA-ES-101Ayuntamiento de Estepona 615802316060726snsncaminoMA-ES-102Obispado de Málaga M.P.C.A. Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera Parroquia la Asunción de Ntra. Sra. de Onteniente Obras Misionales Pontificias Seminario Diocesano de Valencia Parroquia de San José de Ontinyent 16 11522302436152pastosMA-ES-103Plácido José Lara Simón y José María de Lara Simón 55211011656153pastosMA-ES-104Agencia Andaluza del Agua 2 352701356snsnarroyo VaqueroMA-ES-105Francisco Márquez Rojas 2 4282062218101UF0321NurbanaMA-ES-106María Márquez Rojas 53210633562420101UF0322SurbanaMA-ES-107Ayuntamiento de Estepona 136227268062221801UF0322SurbanaAbreviaturas utilizadas: Serv. m.l. = Servidumbre metros lineales; Serv. ancho m.l. = ancho de Servidumbre metros lineales; Serv. m2 = Servidumbre metros cuadrados; O.T. m2 = Ocupación temporal metros cuadrados; Exp. m2 = Expropiación metros cuadrados; POL = polígono catastral; PAR = parcela catastral.
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