Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 16/07/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 5 de julio de 2012, de la Secretaría General Técnica, por la que se crea un Registro Auxiliar de Documentos.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00010684.

El art. 38.2 y 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, establece la posibilidad de creación en las unidades administrativas correspondientes de su propia organización de Registros Auxiliares del Registro General de Documentos, con el fin de facilitar la presentación de escritos y comunicaciones, facultando a cada Administración Pública para establecer los días y el horario en que deben permanecer abiertos, garantizando así el derecho de los ciudadanos a la presentación de documentos previsto en el art. 35 de la citada Ley.

Por su parte, el artículo 10 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, prevé que los responsables de los órganos administrativos que dispongan de un Registro General de Documentos podrán establecer los Registros Auxiliares necesarios para facilitar establecer la presentación de escritos y comunicaciones, así como para racionalizar los procedimientos administrativos, debiendo comunicar todos los asientos que efectúen al Registro General de Documentos del cual dependan.

En este sentido, el artículo 38.8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y el artículo 11 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, exigen hacer pública y mantener actualizada la relación de oficinas de registros, así como sus horarios de funcionamiento.

El Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, sobre reestructuración de Consejerías, establece en el artículo 7 que corresponden a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo las competencias que actualmente tiene atribuidas, con excepción de las relativas a la política financiera, que se asignan a la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

En consecuencia, se procede a la adecuación de la organización general de la Consejería por Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación y Empleo, integrándose las competencias que venían siendo ejercidas por la Consejería de Empleo con excepción de las correspondientes a las políticas migratorias y a la formación profesional para el empleo, que se asignan a las Consejería de Justicia e Interior y Educación respectivamente.

En relación con todo lo anterior, la dispersión de las sedes administrativas que integran la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo con motivo de la asunción de las competencias en materia de empleo, y en aras de una mayor accesibilidad de los ciudadanos a los servicios públicos, hace aconsejable la adopción de medidas que contribuyan a agilizar las funciones de recepción y autenticación de la documentación correspondiente a las solicitudes y escritos que los ciudadanos presenten en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

Por todo ello, en virtud de las competencias otorgadas en el art. 38.2, 6 y 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el artículo 9.2.c) del Decreto 149/2012, de 5 de junio, y los artículos 10 y 11 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto,

RESUELVO

Primero. Crear el Registro Auxiliar de Documentos que se detalla en el Anexo, siendo su horario de atención al público de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes laborables.

Segundo. Dar publicidad de la creación del mencionado Registro Auxiliar, mediante publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y la exposición del anuncio correspondiente al Registro de Documentos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, de los datos referidos a su ubicación y funcionamiento.

Sevilla, 5 de julio de 2012.- La Secretaria General Técnica, Ana M.ª Robina Ramírez.

ANEXO

Registro Auxiliar de Documentos.

Centro: Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Dirección: Avda. de Hytasa, 14.

Código postal: 41006.

Población: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Descargar PDF