Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 07/08/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 3 de abril de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla, dimanante de divorcio contencioso núm. 409/2010. (PP. 2070/2012).

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NIG: 4109142C20100021432.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 409/2010. Negociado: 4.

De: José Manuel Ferrer Endrina.

Procuradora: Sra. Macarena Peña Camino.

Contra: Mónica Katherine Bravo Rosales.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 409/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla, a instancia de José Manuel Ferrer Endrina contra Mónica Katherine Bravo Rosales, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 480/11

En Sevilla, a 29 de julio de 2011.

Vistos por la Ilma. Sra. D.ª María Núñez Bolaños, Magistrada-Juez de Primera Instancia (Familia) número Diecisiete de Sevilla y su partido, los presentes autos de divorcio contencioso seguidos en este Juzgado con el número de procedimiento 409/10, a instancia de la Procuradora Sra. Macarena Peña Camino, en nombre y representación de don José Manuel Ferrer Endrina frente a su cónyuge doña Mónica Katherine Bravo Rosales.

FALLO

Que, estimando la demanda de divorcio promovida a instancia de la Procuradora Sra. Macarena Peña Camino, en nombre y representación de don José Manuel Ferrer Endrina frente a su cónyuge doña Mónica Katherine Bravo Rosales, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio que ambos contrajeron, con los efectos inherentes a tal declaración; todo ello sin expresa condena en costas.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente al de la notificación.

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 3956-000000-0409-10, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 00 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así lo pronuncio, mando y firmo. La Magistrada-Juez.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Mónica Katherine Bravo Rosales, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a tres de abril de dos mil doce.- El/La Secretario.

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