Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 05/10/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 31 de agosto de 2012, por la que se modifica la autorización de la escuela municipal de música y danza de Arahal (Sevilla).

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Visto el expediente tramitado a instancia del Excmo. Ayuntamiento de Arahal (Sevilla), titular de la escuela municipal de música y danza de esa localidad, solicitando la modificación de su autorización por cambio de domicilio de sus instalaciones, así como la denominación específica para la misma, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 233/1997, de 7 de octubre (BOJA del 11), por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza.

Resultando que la escuela municipal de música y danza de Arahal, código 41000429, cuenta con autorización para impartir los siguientes ámbitos formativos de las enseñanzas elementales de iniciación a la música y a la danza: Música y movimiento, Práctica instrumental (clarinete, guitarra flamenca, guitarra, piano, trombón, percusión y saxofón), Formación musical complementaria a la práctica de la música, Actividades de grupo y Práctica de danza.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la entonces Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos en dicha provincia.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE del 28), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas; el Decreto 233/1997, de 7 de octubre (BOJA del 11), por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza; el Decreto 16/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Danza en Andalucía; el Decreto 17/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Música en Andalucía; y demás disposiciones complementarias.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Autorizar la modificación solicitada a la escuela municipal de música y danza de Arahal (Sevilla) por cambio de domicilio, así como la denominación específica para la misma, y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva que se describe a continuación:

Denominación genérica: Escuela municipal de música y danza.

Denominación específica: Casa del Aire.

Código del centro: 41000429.

Titular: Excmo. Ayuntamiento de Arahal.

Domicilio: C/ Veracruz , 2, Arahal (Sevilla).

Composición resultante:

Ámbitos formativos de las enseñanzas elementales de iniciación a la música y a la danza:

- Música y movimiento.

- Práctica instrumental: Piano, guitarra flamenca, guitarra, clarinete, trombón, percusión y saxofón.

- Formación musical complementaria a la práctica de la música.

- Actividades de grupo.

- Práctica de danza.

Segundo. El Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Sevilla velará por la adecuación de la escuela municipal de música y danza a lo establecido en los Decretos 233/1997, de 7 de octubre, 16/2009, de 20 de enero, y 17/2009, de 20 de enero, asesorando al centro para un mejor cumplimiento de sus fines.

Tercero. Del contenido de esta Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el registro de centros docentes.

Cuarto. La escuela municipal de música y danza podrá expedir credenciales o diplomas de los estudios cursados por sus alumnos y alumnas sin que, en ningún caso, su texto o formato pueda inducir a error o confusión con los títulos elementales de música o danza.

Quinto. La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 31 de agosto de 2012

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ
Consejera de Educación
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