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NIG: 2906742C20110024602.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1211/2011. Negociado: 1.
Sobre: Resto Ordinarios.
De: Don José Javier Quevedo Martín.
Procuradora Sra.: Ana Cristina de los Ríos Santiago.
Letrada Sra.: María Dolores Fernández Muñoz.
Contra: Aguilacisne, S.L., y María del Mar Ballesteros Herrera.
EDICTO
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1211/2011 seguido a instancia de José Javier Quevedo Martín frente a Aguilacisne, S.L., y María del Mar Ballesteros Herrera se ha dictado auto, cuyo tenor literal es el siguiente:
Auto
Doña Araceli Catalán Quintero. En Málaga, a veintinueve de junio de dos mil doce. Parte dispositiva: se rectifica sentencia de fecha 5 de junio de 2012, en el sentido de que donde se dice «... y el allanamiento efectuado por don Antonio Luque Arias, doña Josefa Rosales Luque y por doña Josefa Parra Ruiz...», se debe suprimir.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiera la solicitud o actuación de oficio (artículo 214.4 de la LEC).
Y encontrándose dicho demandado, Aguilacisne, S.L., y María del Mar Ballesteros Herrera, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Málaga a veintinueve de junio de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.
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