Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 15/10/2012

3. Otras disposiciones

Parlamento de Andalucía

Acuerdo de 26 de septiembre de 2012, del Pleno del Parlamento de Andalucía, de aprobación de las resoluciones contenidas en el dictamen de la Comisión de Hacienda y Administración Pública sobre el Informe Anual de la Cámara de Cuentas, relativo a la Fiscalización de la Cuenta General, Contratación Administrativa y Fondo de Compensación Interterritorial, correspondiente al ejercicio 2010.

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PRESIDENCIA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA

El Pleno del Parlamento de Andalucía, el día 26 de septiembre de 2012, en el transcurso de la sesión celebrada los días 26 y 27 del mismo mes y año, ha aprobado las Resoluciones contenidas en el Dictamen de la Comisión de Hacienda y Administración Pública sobre el Informe Anual de la Cámara de Cuentas, relativo a la Fiscalización de la Cuenta General, Contratación Administrativa y Fondo de Compensación Interterritorial, correspondiente al ejercicio 2010, cuyos textos se insertan a continuación:

«Resoluciones contenidas en el Dictamen de la Comisión de Hacienda y Administración Pública sobre el Informe Anual de la Cámara de Cuentas, relativo a la Fiscalización de la Cuenta General, Contratación Administrativa y Fondo de Compensación Interterritorial, correspondiente al ejercicio 2010.

El Parlamento de Andalucía insta al Consejo de Gobierno a:

1. Mantener la colaboración entre la Junta de Andalucía y la Cámara de Cuentas de Andalucía para seguir mejorando y completando la información recogida en la Cuenta General.

2. Efectuar un análisis y revisión de la actual normativa en materia de contabilidad pública, control y presupuestación, con el objetivo de adecuarlo en mayor medida a las nuevas circunstancias y necesidades de nuestro sector público.

3. Continuar aplicando las medidas necesarias para profundizar en el buen funcionamiento y gestión de las empresas públicas.

4. Continuar con el proceso de implantación de los mecanismos, medidas y actuaciones que supongan una mejora de los procedimientos de contratación.

5. Recabar de los órganos gestores, a través de la Dirección General de Presupuestos, la fijación de objetivos presupuestarios concretos y medibles, y que sean susceptibles de seguimiento a través de indicadores cuantificables, de modo que sirvan para especificar el grado de cumplimiento de tales objetivos, y sean herramientas útiles para la toma de decisiones.

6. Cumplir el artículo 51.1 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública, para que se exprese en las modificaciones presupuestarias el eventual impacto que puedan tener en la consecución de los respectivos objetivos programados.

7. Tomar cuantas medidas sean necesarias para conseguir, en relación con los libramientos de notable antigüedad que figuran en la Cuenta General, su justificación o, alternativamente, su reintegro o declaración de prescripción, si en derecho procediera.

8. Continuar con el control y seguimiento de los libramientos pendientes –especialmente en lo referente a organismos autónomos y agencias administrativas– iniciado en el ejercicio 2010, así como adoptar medidas en el resto de organismos de manera que se realicen las justificaciones o los reintegros correspondientes.

9 Tener en cuenta, al planificar los proyectos que van a ser financiados con los Fondos de Compensación Interterritorial, la experiencia de anualidades anteriores y las materias que son susceptibles de ejecutarse en el ejercicio, al objeto de disminuir el número de proyectos que se reprograman.

10. Integrar todas las fundaciones que pertenecen a la Junta de Andalucía en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez que se modifique el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública.

11. Incorporar al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía los presupuestos de explotación y de capital de todos los consorcios participados mayoritariamente por la Junta de Andalucía, y que sus cuentas anuales se sometan a auditoría, una vez que se modifique el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública.

12. Incluir en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía los presupuestos de explotación y de capital y los programas de actuación, inversión y financiación de todas las empresas participadas mayoritariamente por la Junta de Andalucía».

De conformidad con lo dispuesto en el art. 185.7 del Reglamento de la Cámara, se ordena su publicación tanto en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de septiembre de 2012.- El Presidente del Parlamento de Andalucía, Manuel Gracia Navarro.

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