Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 29/10/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

Resolución de 5 de septiembre de 2012, de la Presidencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, por la que se delegan competencias en la Vicepresidencia.

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Mediante el Decreto 104/2011, de 19 de abril, se aprueban los Estatutos de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, creada en virtud de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 1/2011, de 17 de febrero, de reordenación del sector público de Andalucía, configurándose la misma como una agencia pública empresarial, adscrita a la Consejería competente en materia de medio ambiente y agua.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 de los Estatutos, la persona titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente y agua ostentará la Presidencia de la Agencia, correspondiendo a la misma las atribuciones que se reflejan en el apartado 3 del mismo artículo. Al respecto, de acuerdo con el artículo 7.4 de los Estatutos, en relación con el artículo 9 del Reglamento de Régimen Interior de la Agencia, las atribuciones de la Presidencia serán delegables en la Vicepresidencia, con carácter permanente o temporal de acuerdo con lo previsto en las normas administrativas reguladoras de la delegación de competencias.

En aras de la agilidad administrativa y teniendo en cuenta la eficacia exigible en la gestión administrativa y en la actuación de los órganos y unidades administrativas, se considera oportuno la delegación de las atribuciones de la Presidencia de la Agencia, en la persona titular de la Vicepresidencia.

En su virtud, en ejercicio de las competencias que me están conferidas, y de conformidad con los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

RESUELVO

Primero. Delegación.

Delegar con carácter permanente en la persona titular de la Vicepresidencia de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, el ejercicio de las atribuciones de la Presidencia, establecidas en el artículo 7.3 de los Estatutos, aprobados mediante Decreto 104/2011, de 19 de abril.

Segundo. Ejercicio de las competencias delegadas.

Las facultades que se delegan mediante la presente Resolución se ejercerán de acuerdo con las normas generales de aplicación en la materia y en los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará constar expresamente esta circunstancia.

Sevilla, 5 de septiembre de 2012.- El Presidente, Luis Planas Puchades.

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