Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 226 de 19/11/2012

4. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

Edicto de 5 de noviembre de 2012, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, dimanante de recurso contencioso-administrativo núm. 324/2010.

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Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 324/2010, promovido por UTE de Necso Entrecanales Cubiertas, S.A.-Freyssinet, S.A., contra Ayuntamiento de Jerez de la Frontera, se ha dictado por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla Sentencia en fecha 7 de julio de dos mil once, que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Que debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por UTE de Nexo Entrecanales Cubiertas, S.A.-Freyssinet, S.A., contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera de 25 de febrero de 2010, por lo que se aprueba definitivamente el Presupuesto General de la Entidad para el ejercicio de 2010, que anulamos en cuanto no incorpora el crédito necesario para el cumplimiento de las obligaciones exigibles a la Entidad Local y reconocemos el derecho de la recurrente a que la Administración demandada incluya el referido crédito y su dotación en los mencionados presupuestos, en el caso de que la ejecución del presupuesto del ejercicio 2010 estuviera ejecutado y liquidado, se declare la obligación de incorporar el importe de la deuda como remanente de tesorería negativo en el presupuesto de 2011, con las consecuencias legales que se derivan del artículo 193 de la vigente Ley de Haciendas Locales, las cuales serán exigibles en la correspondiente ejecución de sentencia.»

Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.

En Sevilla, a cinco de noviembre de dos mil doce.- La Secretaria Judicial.

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