Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 231 de 26/11/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de septiembre de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Fuengirola, dimanante de procedimiento ordinario núm. 513/2011. (PP. 2779/2012).

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NIG: 2905442C20110007033.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 513/2011. Negociado: F.

Sobre: Reclamación de cantidad (Tráfico).

De: Cristina Otero España y Carmen María Otero España.

Procuradora: Sra. María del Pilar Ballesteros Diosdado.

Contra: Mozhagan Mafia.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 513/2011 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Fuengirola (Málaga) a instancia de Cristina Otero España y Carmen María Otero España Contra Mozhagan Mafia sobre reclamación de cantidad (Tráfico), se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Fuengirola, Málaga, a 31 de julio de 2012.

Doña María Isabel Jiménez-Alfaro Vallejo, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Fuengirola (Málaga) habiendo visto y examinado los autos de Juicio Ordinario seguidos ante este Juzgado con el número 513/11, sobre reclamación de cantidad, más intereses y costas, en el que es parte demandante, doña Cristina Otero España y doña Carmen María Otero España, representadas por la Procuradora de los Tribunales doña María del Pilar Ballesteros Diosdado y asistidas por el Letrado don Antonio Juan Ramos del Pino, y parte demandada, doña Mozhagan Mafia, en rebeldía procesal, dicta la presente de la que son:

FALLO

Que estimando la demanda presentada por doña Cristina Otero España y doña Carmen María Otero España, frente a doña Mozhagan Mafia, debo condenar y condeno a la expresada demandada a que indemnice respectivamente a cada una de aquéllas en la suma de veintiún mil quinientos setenta euros con diez céntimos (21.570,10) y trescientos setenta y cinco euros con sesenta y dos céntimos (375,62), dichas cantidades devengarán intereses legales desde la interpelación judicial hasta su completo pago, incrementados en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución; y todo ello, con expresa condena a la demandada a las costas procesales causadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles de que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC).

El recurso se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la resolución que se impugne dentro del plazo de 20 días contados desde el día siguiente de la notificación de aquélla. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en las que base su impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC, redactado por el apartado doce del artículo cuarto de la Ley 37/11, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal).

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse previamente constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta expediente de este procedimiento, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad en lo establecido en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mí sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, doña María Isabel Jiménez-Alfaro Vallejo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a la demandado/a Mozhagan Mafia, extiendo y firmo la presente en Fuengirola a diecinueve de septiembre de dos mil doce.- El/La Secretario.

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