Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 11/12/2012

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Educación

Resolución de 23 de noviembre de 2012, de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Cádiz, por la que se conceden ayudas a Entidades Locales para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como para la atención al alumnado inmigrante para el curso 2012-2013.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00017972.

1. Vista la Ley 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación, en la que se establece que la Consejería de Educación garantizará el desarrollo de programas de compensación educativa y social en la lucha contra el absentismo escolar, y consolidará el compromiso con la igualdad de oportunidades.

2. Que en su artículo 19 determina que la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía adoptará medidas que faciliten que el alumnado cuyas familias se dediquen a tareas agrícolas de temporada o profesiones itinerantes permanezca escolarizado en los centros docentes de su localidad de origen para favorecer un proceso educativo sin interrupciones.

3. Visto el Decreto 167/2003, de 17 de junio, que en su artículo 13.1 recoge que la Consejería de Educación podrá conceder a las Entidades Locales ayudas económicas para la realización de actuaciones que favorezcan la inserción socioeducativa del alumnado con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas.

4. Vista la Resolución del Parlamento Andaluz en la sesión celebrada los días 25 y 26 de junio de 2003, en la que tomó el Acuerdo de instar al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía a elaborar un Plan Integral de Lucha contra el Absentismo Escolar.

5. Visto el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía de 25 de noviembre de 2003, por el que se aprueba el Plan Integral para la Prevención, Seguimiento y Control del Absentismo Escolar, en el que se contempla la suscripción de convenio de colaboración entre la Administración de la Junta de Andalucía y las Entidades Locales.

6. Vista la Orden de la Consejería de Educación de 15 de abril de 2011 (BOJA de 17 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales en materia de absentismo.

7. Vistas las Propuestas realizadas por la Comisión de Evaluación de esta Delegación.

8. Visto lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera, desarrollado por su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 282/2010, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; así como otras disposiciones de obligado cumplimiento. Además señalar que los Convenios que se firmen tendrán la consideración de naturaleza privada, quedando fuera del ámbito de aplicación del TRLCSP, y conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 4 del R.D. Leg. 3/2011, los Convenios se regirán por sus normas especiales, aplicándose los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Esta Delegación Territorial en Cádiz,

HA RESUELTO

1.º Conceder las siguientes ayudas a los proyectos presentados a las entidades locales que a continuación se citan, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 0.1.11.00.02.11.461.00.42F.7 y 1.1. 11.00.18.11.465.08.42 F.2.2011 del ejercicio económico del año 2012 y a la 3.1.11.00.02.11.461.00.42.F.0.2013 del ejercicio económico del año 2013.

ENTIDADES SUBVENCIÓN
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS SIERRRA DE CÁDIZ 65.000€
AYUNTAMIENTO DE LA LÍNEA DE LA CONCEPCIÓN 12.000€
AYUNTAMIENTO DE BARBATE 8.000€
AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE 4.492,60€

2.º No serán beneficiarias de subvenciones, aun reuniendo los requisitos, por falta de presupuesto, las solicitudes de las siguientes entidades:

ENTIDAD
AYUNTAMIENTO DE VEJER DE LA FRONTERA
AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA
MANCOMUNIDAD DEL CAMPO DE GIBRALTAR
AYUNTAMIENTO DE MEDINA SIDONIA
AYUNTAMIENTO DE GRAZALEMA
AYUNTAMIENTO DE VILLALUENGA DEL ROSARIO
AYUNTAMIENTO DE BENAOCAZ
AYUNTAMIENTO DE EL BOSQUE

3.º Ha renunciado a la solicitud de subvención solicitada: El Ayuntamiento de Los Barrios.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Cádiz, 23 de noviembre de 2012.- La Delegada, Cristina Saucedo Baro.

Descargar PDF