Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 15/02/2012

1. Disposiciones generales

Consejería de La Presidencia

Corrección de errores de la Orden de 28 de diciembre de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la lectura de la prensa escrita en Andalucía (BOJA núm. 7, de 12.1.2012).

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Advertidos errores en la Orden de 28 de diciembre de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la lectura de la prensa escrita en Andalucía, publicada en el BOJA núm. 7, de 12 de enero de 2012, se procede a su subsanación mediante las siguientes correcciones:

En la página 18, en el cuadro resumen de las bases reguladoras de subvenciones a conceder, en el número 2.c), donde dice:

«2.c) Posibilidad de solicitar dos o más subvenciones:

□ No.

□ Sí. Número:         

□ Solo se puede optar a una de ellas.

□ Es posible optar a las siguientes subvenciones:»

Debe decir:

«2.c) Posibilidad de solicitar dos o más subvenciones:

⊠ No.

□ Sí. Número:         

□ Solo se puede optar a una de ellas.

□ Es posible optar a las siguientes subvenciones:»

En la página 18, en el cuadro resumen de las bases reguladoras de subvenciones a conceder, en el número 3, donde dice:

«3. Régimen jurídico específico aplicable (artículo 2).

⊠ No se establece ningún régimen jurídico específico.

⊠ Con carácter específico, las presentes subvenciones se regirán por las normas que seguidamente se relacionan:»

Debe decir:

«3. Régimen jurídico específico aplicable (artículo 2).

⊠ No se establece ningún régimen jurídico específico.

□ Con carácter específico, las presentes subvenciones se regirán por las normas que seguidamente se relacionan:»

En la página 18, en el cuadro resumen de las bases reguladoras de subvenciones a conceder, en el número 4.c), donde dice:

«4.c). Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria:

⊠ No se establecen.

⊠ Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3 de las Bases Reguladoras:»

Debe decir:

«4.c). Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria:

⊠ No se establecen.

□ Se establecen las siguientes excepciones al artícu-lo 3.3 de las Bases Reguladoras:»

En la página 19, en el cuadro resumen de las bases reguladoras de subvenciones a conceder, en el número 10.b), donde dice:

«10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes:

Persona titular de la Dirección General de Comunicación Social de la Consejería de la Presidencia.»

Debe decir:

«10.b). Órgano al que se dirigirán las solicitudes:

Persona titular de la Consejería de la Presidencia.»

En la página 19, en el cuadro resumen de las bases reguladoras de subvenciones a conceder, en el número 10.c), donde dice:

«10.c). Lugares y registros donde se podrán presentar las solicitudes:

⊠ Exclusivamente en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:                

⊠ En cualquiera de los registros siguientes:

- En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/presidencia.

- En los lugares y registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.»

Debe decir:

«10.c). Lugares y registros donde se podrán presentar las solicitudes:

□ Exclusivamente en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:                

⊠ En cualquiera de los registros siguientes:

- En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/presidencia.

- En los lugares y registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.»

Sevilla, 8 de febrero de 2012.

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