Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 38 de 24/02/2012

1. Disposiciones generales

Consejería de Medio Ambiente

Acuerdo de 14 de febrero de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Medio Ambiente de Andalucía Horizonte 2017.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece como objetivo básico en su artículo 10.3,7.º, la mejora de la calidad de vida de los andaluces y andaluzas, mediante la protección de la naturaleza y del medio ambiente, la adecuada gestión del agua y la solidaridad interterritorial en su uso y distribución, junto con el desarrollo de los equipamientos sociales, educativos, culturales y sanitarios, así como la dotación de infraestructuras modernas.

A su vez, el artículo 28.2 del mismo texto garantiza el derecho a vivir en un medio ambiente equilibrado, sostenible y saludable mediante una adecuada protección de la diversidad biológica y los procesos ecológicos, el patrimonio natural, el paisaje, el agua, el aire y los recursos naturales.

El respeto al medio ambiente se incluye también como principio rector de las políticas públicas y, en el artículo 57 se señalan las competencias exclusivas de nuestra Comunidad Autónoma en materia de medio ambiente, espacios protegidos y sostenibilidad, y se delimitan sus competencias en materia de agua.

La necesaria protección del medio ambiente determina también los contenidos del Título VII del Estatuto de Autono­mía, destinado íntegramente a su conservación y desarrollo sostenible.

En este marco de referencia, el Plan de Medio Ambiente viene a convertirse en la fórmula permanente de planificación de toda la política medioambiental de la Junta de Andalucía.

El primer Plan de Medio Ambiente, vigente para el período 1997-2002, fue aprobado por el Consejo de Gobierno el día 5 de diciembre de 1997 y remitido posteriormente al Parlamento de Andalucía para su revisión y debate, emitiendo su opinión favorable en sesión de 23 de junio de 1999.

Finalizado el período de vigencia del primer Plan, con el objetivo de contemplar las orientaciones y directrices que emanaban de los principales ámbitos de reflexión y decisión en la política ambiental, tanto en el ámbito internacional como en el de la Unión Europea y de la propia Comunidad Autónoma de An­dalucía, así como para incorporar las demandas ciudadanas que se habían planteado desde su aprobación, la Consejería de Medio Ambiente elaboró el Plan de Medio Ambiente de Andalucía 2004-2010, que fue aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de septiembre de 2004 e informado favorablemente por el Parlamento de Andalucía mediante Re­solución del Pleno en la sesión celebrada los días 9 y 10 de diciembre de 2004.

Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de junio de 2011, se acuerda la formulación del Plan de Medio Ambiente de Andalucía Horizonte 2017. En el procedimiento seguido para la elaboración del referido Plan se ha dado cumplimiento a los trámites de información pública y consulta previstos en el punto Cuarto de dicho Acuerdo, que regula el procedimiento de elaboración y tramitación del Plan.

La nueva planificación medioambiental para el horizonte temporal del año 2017 se ha basado en un proceso exhaustivo de estudio y examen de la situación ambiental, así como en la evaluación del Plan hasta ahora vigente. Asimismo, se han tenido en cuenta las nuevas circunstancias físicas y socioeconómicas que caracterizan en este momento el territorio andaluz, así como los efectos y experiencias puestas de manifiesto a lo largo de la vigencia y desarrollo del Plan de Medio Ambiente de Andalucía 2004-2010 para, con esta referencia, poder orientar de forma eficaz las diferentes propuestas de actuación. Como resultado, se establecen como principios orientadores de la nueva planificación: la urgente necesidad de poner freno al cambio climático, la reforma de la gobernanza con el objetivo final de conectar las instituciones y poderes públicos con los ciudadanos, el desarrollo socioeconómico, desde una percepción del medio ambiente como motor de desarrollo socioeconómico y reconociendo su potencialidad como yacimiento de empleo y el paisaje, ya que su compleja realidad y diversidad de elementos que lo conforman hacen necesario su tratamiento de una forma integral.

Se establecieron así las bases para un debate entre los agentes implicados e interesados, representados en el Consejo Andaluz de Medio Ambiente y en el Comité de Acciones Integradas para el Desarrollo Sostenible.

En este sentido, la Consejería de Medio Ambiente elabora el Plan de Medio Ambiente de Andalucía Horizonte 2017 con el objetivo adaptar la política medioambiental an­daluza a las nuevas directrices y estrategias en las materias emanadas desde los diferentes ámbitos de decisión de política medioambiental, así como contemplar las incidencias deriva­das de los cambios ecológicos y socioeconómicos que afecten a los contenidos y prioridades ambientales, a fin de adaptar los objetivos futuros en este ámbito a las circunstancias ambientales, económicas y a las demandas actuales de la sociedad.

El Plan de Medio Ambiente de Andalucía Horizonte 2017 cuenta con la siguiente estructura:

1. Análisis del marco legal y estratégico en el ámbito de la planificación ambiental, de la ordenación y ocupación del territorio, así como descripción de la situación del medio ambiente en Andalucía.

2. Diagnóstico y análisis de los hitos fundamentales de la aplicación del Plan de Medio Ambiente 2004-2010.

3. Objetivos y principios inspiradores del nuevo marco de planificación ambiental.

4. Planificación medioambiental para el horizonte 2017, que se articula a través de seis áreas de actuación que se desarrollan a través distintos programas que, a su vez, se concretan en líneas de actuación y medidas. Asimismo, establece una serie de actuaciones relacionadas con materias horizontales, que resultan fundamentales para el desarrollo de una política ambiental que garantice el cumplimiento de los objetivos establecidos.

5. Mecanismos para el análisis del grado de cobertura de los objetivos, así como para el análisis de la integración de los principios inspiradores.

6. Previsión presupuestaria para las distintas áreas programadas.

Finalizado el procedimiento de elaboración del Plan de Medio Ambiente de Andalucía Horizonte 2017, procede su aprobación por el Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.13 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Con­sejero de Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 14 de febrero de 2012,

ACUERDA

Primero. Aprobación del Plan.

Se aprueba el Plan de Medio Ambiente de Andalucía Horizonte 2017.

Segundo. Remisión al Parlamento de Andalucía.

El Plan de Medio Ambiente de Andalucía Horizonte 2017 se remitirá al Parlamento de Andalucía para su conocimiento.

Tercero. Publicidad y eficacia.

El presente Acuerdo producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Difusión.

Poner a disposición de cualquier persona que desee consultarlo un ejemplar del Plan de Medio Ambiente de Andalucía Horizonte 2017 en la Dirección General de Desarrollo Sostenible e Información Ambiental, así como en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Medio Ambiente. Igualmente, esta información estará disponible en la página web de dicha Consejería (www.juntadeandalucia.es/medioambiente).

Sevilla, 14 de febrero de 2012

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSÉ JUAN DÍAZ TRILLO

Consejero de Medio Ambiente

Descargar PDF