Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 09/01/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 21 de septiembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de Dos Hermanas, dimanante de procedimiento verbal núm. 495/2010. (PP. 3849/2011).

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NIG: 4103842C20100006506.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 495/2010. Negociado: 1C.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de Dos Hermanas.

Juicio: Juicio Verbal (250.2) 495/2010.

Parte demandante: Estrella Gandulo García.

Parte demandada: Pinturas y Obras Procer, S.L.

Sobre: Reclamación cantidad.

En el juicio referenciado se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 95/11

Dos Hermanas, 21 de septiembre de 2011.

Doña Myriam Quintero Vicente, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de Dos Hermanas y su partido, habiendo visto los autos del juicio verbal núm. 495/11 dos en este Juzgado a instancia de doña Estrella Gandulo García, representada por doña María de los Ángeles Rotllán Casal, y defendida por don Raimundo Gutiérrez García, contra Pinturas y Obras, S,L., en rebeldía en estos autos, y atendidos los siguientes

FALLO

Estimada íntegramente la demanda interpuesta por doña Estrella Gandulo García, representada por doña María de los Ángeles Rotllán Casal, contra Pinturas y Obras, S.L., en rebeldía en estos autos, condeno a la demandada al pago de la cantidad de ciento cincuenta euros y veinticinco céntimos (150,25 €), más intereses citados en el fundamento jurídico tercero, y costas.

Esta Resolución no es firme, y contra la misma cabe interponer, en el plazo de cinco días, a contar a partir de su notificación, recurso de apelación, que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla. El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 3515/0000/02/0495/10, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Fdo.: Doña Myriam Quintero Vicente.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la demandada Pinturas y Obras Proceder, S.L., de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4, 164 y 497.2 de la L.E. Civil, ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia que ha quedado expresada.

En Dos Hermanas, a veintiuno de septiembre de dos mil once.- El/la Secretario/a Judicial.

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