Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 29/02/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

Orden de 13 de febrero de 2012, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Andalucía y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.

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El Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, dispone, en su artículo 79.3.b), que la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencia exclusiva en materia de Colegios Profesionales y ejercicio de las profesiones tituladas sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución Española.

La Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, establece en su artículo 23 que aprobadas las modificaciones a los estatutos por el colegio profesional y previo informe del consejo andaluz de colegios de la profesión respectiva, si estuviere creado, se remitirán a la Consejería con competencia en materia de régimen jurídico de colegios profesionales, para su aprobación definitiva mediante orden de su titular, previa calificación de legalidad.

El Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Sevilla, inscrito en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía, ha remitido la modificación del artículo 7 de sus Estatutos, referido a su domicilio social, junto a la certificación de los acuerdos aprobados por la Asamblea General del Colegio el 26 de noviembre de 2011.

En virtud de lo anterior, vista la propuesta de la Dirección General de Oficina Judicial y Cooperación y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, y el artículo 18 del Reglamento de Colegios Profesionales de Andalucía, aprobado por Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, así como con las atribuciones conferidas por el Decreto 132/2010, de 13 de abril, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Gobernación y Justicia,

D I S P O N G O

Primero. Se aprueba la modificación del artículo 7 de los Estatutos del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Andalucía, que se inserta a continuación, y se ordena su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.

«Artículo 7.

El Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Andalucía tiene su sede en la ciudad de Sevilla y su domicilio en la Avda. San Francisco Javier, 9, Edificio “Sevilla-2”. Entreplanta Exterior-Local 18 de dicha ciudad.»

Segundo. La presente Orden se notificará a la Corporación profesional interesada y será publicada, junto al texto estatutario que se aprueba, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o interponer, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes Órganos de este Orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de febrero de 2012

francisco menacho villalba

Consejero de Gobernación y Justicia

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