Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 07/03/2012

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Consejería de Obras Públicas y Vivienda

Anuncio de 6 de febrero de 2012, de la Delegación Provincial de Córdoba, de certificación del acuerdo y normas urbanísticas del cumplimiento de Resolución 2 de la modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Santaella, en el ámbito de nuevos sectores que se citan, en el municipio de Santaella, de toma de conocimiento por el Delegado de 6 de febrero de 2012.

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expediente de cumplimiento de resolución 2 de la modificación del Plan general de ordenación urba-nística, en el ámbito de nuevos sectores sunc-01 «cooperativa olivarera», sus-01 «las tres cruces» y sus-02 «angonal» y diversas determinaciones, en el municipio de Santaella

publicación de certificación del acuerdo

TOMA DE CONOCIMIENTO DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA EN EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA

Expediente P-8/10: Cumplimiento de Resolución 2 de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística, en el ámbito de Nuevos Sectores SUNC-01 «Cooperativa Olivarera», SUS-01 «Las Tres Cruces» y SUS-02 «Angonal», y diversas determinaciones; en el municipio de Santaella, formulado por dicho Ayuntamiento.

El Delegado Provincial en Córdoba de la Consejería de Obras Publicas y Vivienda de la Junta de Andalucía, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.b de la LOUA y 132.3.b del Reglamento de Planeamiento, considera lo siguiente:

1. Que la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Córdoba (en adelante CPOT y U.), en sesión celebrada con fecha 20 de diciembre de 2011, resolvió la aprobación definitiva del expediente de referencia, a reserva de la simple subsanación de deficiencias, señaladas en el apartado segundo del cuarto fundamento de derecho de la referida resolución, quedando condicionada su inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, y la publicación de las Normas Urbanísticas, en tanto no sean efectuadas y aprobadas por la Corporación Municipal, y comunicadas a esta Delegación Provincial.

2. Que con fecha 10 de enero de 2012 tiene entrada en esta Delegación Provincial oficio del Ayuntamiento de Santaella comunicando la aprobación por el Pleno de la subsanación de deficiencias señaladas en sesión celebrada con fecha 29 de diciembre de 2011, y solicitando la inscripción del instrumento de referencia en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento.

3. Que la presente subsanación de deficiencias de la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística cumplimenta, en lo básico, el referido acuerdo de la CPOT y U de 20 de diciembre de 2011, según el informe emitido por el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Provincial.

En consecuencia se dispone lo siguiente:

Primero. Que se entienden subsanadas las deficiencias señaladas en la resolución de la CPOT y U. de 20 de diciembre de 2011, y cumplimentada la comunicación a esta Delegación Provincial exigida en la misma, conforme a lo dispuesto en el art. 33.2.b de la LOUA y 132.3.b del Reglamento de Planeamiento.

Segundo. Que se proceda a realizar el depósito e inscripción del instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, en la Unidad Registral de esta Delegación Provincial, de conformidad con el art. 40 de LOUA y art. 8 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico; y una vez realizada la inscripción, se proceda a la publicación del contenido articulado de las Normas Urbanísticas del instrumento de planeamiento, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 41.2 de la LOUA. Córdoba, a 6 de febrero de 2012. El Delegado, Francisco García Delgado.

publicación de las normas urbanísticas

NORMAS URBANÍSTICAS

1. Sector SUNC-04 «Cooperativa Olivarera (Santaella)».

Ficha de determinaciones de ordenación.

Doc. aprob.
inicial
Doc. subs.
deficiencias
Determinaciones de Ordenación Estructural:
Superficie (M²s) 12.273,00 12.273,00
Edif. Máx. Global (M²t/M²s) 1,00 1,00
Densidad (Viv/Ha.) 75 75
Edificabilidad total Máx. (M²t) 12.273,00 12.273,00
Nº Máx. de viviendas 92 92
Nº Mín. de viviendas protegidas 47 47
Área de Reparto AR-01 AR-01
Aprov. Medio (UUAA/M²s) 0,8467 0,8467
Uso Global Residencial Residencial
Sist. Generales incluidos
S.G. Espacios Libres (M²s)
1.120,00 0,00
Otras determinaciones de ordenación:
Vivienda libre
Nº Máx. de viviendas 45 45
Sup. Máx. Edificable (M²t) 6.003,00 6.003,00
Coef. De Uso 1,00 1,00
Coef. De Localización 1,00 1,00
Aprovechamiento (UUAA) 6.003,00 6.003,00
Vivienda protegida
Nº Mín. de viviendas 47 47
Sup. Mín. Edificable (M²t) 6.270,00 6.270,00
Coef. De Uso 0,70 0,70
Coef. De Localización 1,00 1,00
Aprovechamiento (UUAA) 4.389,00 4.389,00
Dotaciones locales mínimas
Espacios Libres (M²s) 2.500,00 3.620,00
Equipamiento Docente (M²s) 1.000,00 1.000,00
Equipamiento Deportivo (M²s) -- --
Equipamiento Social (M²s) 100,00 100,00
Equipamiento Comercial (M²s) 100,00 100,00
Total Dotaciones excepto viario (M²s) 3.700,00 4.820,00
M² Dotaciones/100 M²t Residencial: 30,15 39,27
Determinaciones de Gestión Urbanística:
Condiciones de desarrollo: Plan Parcial/Proyecto
Reparcelación/Proyecto
de Urbanización
Sistema de Actuación: Compensación
Plazo máximo aprobación (desde la publicación de la aprobación definitiva de la modificación): 6 meses para el Plan Parcial
1 año para el Proyecto
de Urbanización
Iniciativa: Privada

(1)

(1) Dado el carácter local del sistema de espacios libres previsto inicialmente en cumplimiento de lo exigido en el artículo 36.2.a.5.ª de la LOUA, se ha optado por incluir esta superficie (1.120 m²) como mejora de las dotaciones de carácter local de este sector.
2. Sector SUBS-01 «Las Tres Cruces (Santaella)».
Ficha de determinaciones de ordenación.
Doc. aprob.
inicial
Doc. subs.
deficiencias
Determinaciones de Ordenación Estructural:
Superficie (M²s) 19.941,00 18.974,00
Edif. Máx. Global (M²t/M²s) 0,73 0,73
Densidad (Viv/Ha.) 51,50 51,64
Edificabilidad total Máx. (M²t) 14.556,93 13.851,02
Nº Máx. de viviendas 103 98
Nº Mín. de viviendas protegidas 52 50
Área de Reparto AR-02 AR-02
Aprov. Medio (UUAA/M²s) 0,6194 0,6194
Uso Global Residencial Residencial
Sist. Generales incluidos
S.G. Espacios Libres (M²s)
1.250,00 0,00
Otras determinaciones de ordenación:
Vivienda libre
Nº Máx. de viviendas 51 48
Sup. Máx. Edificable (M²t) 7.206,93 6.761,02
Coef. De Uso 1,00 1,00
Coef. De Localización 1,00 1,00
Aprovechamiento (UUAA) 7.206,93 6.761,02
Vivienda protegida
Nº Mín. de viviendas 52 50
Sup. Mín. Edificable (M²t) 7.350,00 7.090,00
Coef. De Uso 0,70 0,70
Coef. De Localización 1,00 1,00
Aprovechamiento (UUAA) 5.145,00 4.963,00
Dotaciones locales mínimas
Espacios Libres (M²s) 3.165,00 4.350,00
Equipamiento Docente (M²s) 1.038,00 1.000,00
Equipamiento Deportivo (M²s) -- --
Equipamiento Social (M²s) 105,00 100,00
Equipamiento Comercial (M²s) 105,00 100,00
Total Dotaciones excepto viario (M²s) 4.413,00 5.550,00
M² Dotaciones/100 M²t Residencial: 30,32 40,07
Determinaciones de Gestión Urbanística:
Condiciones de desarrollo: Plan Parcial/Proyecto
Reparcelación/Proyecto
de Urbanización
Sistema de Actuación: Compensación
Plazo máximo aprobación
(desde la publicación de la aprobación definitiva de la modificación):
6 meses para el Plan Parcial
1 año para el Proyecto
de Urbanización
Iniciativa: Privada

(1)

(1) Dado el carácter local del sistema de espacios libres previsto inicialmente en cumplimiento de lo exigido en el artículo 36.2.a.5ª de la LOUA, se ha optado por incluir esta superficie (1.250 m²) como mejora de las dotaciones de carácter local de este sector.
3. Sector SUBS-02 «El Angonal».
Ficha de determinaciones de ordenación.
Doc. aprob. inicial Doc. subs.
deficiencias
Determinaciones de Ordenación Estructural:
Superficie (M²s) 29.862,00 29.862,00
Edif. Máx. Global (M²t/M²s) 0,48 0,48
Densidad (Viv/Ha.) 30,15 30,15
Edificabilidad total Máx. (M²t) 14.265,00 14.265,00
Nº Máx. de viviendas 90 90
Nº Mín. de viviendas protegidas 45 45
Área de Reparto AR-03 AR-03
Aprov. Medio (UUAA/M²s) 0,4060 0,4060
Uso Global Residencial Residencial
Sist. Generales incluidos
S.G. Espacios Libres (M²s)
1.110,00 0,00
Otras determinaciones de ordenación:
Vivienda libre
Nº Máx. de viviendas 45 45
Sup. Máx. Edificable (M²t) 7.130,00 7.130,00
Coef. De Uso 1,00 1,00
Coef. De Localización 1,00 1,00
Aprovechamiento (UUAA) 7.130,00 7.130,00
Vivienda protegida
Nº Mín. de viviendas 45 45
Sup. Mín. Edificable (M²t) 7.135,00 7.135,00
Coef. De Uso 0,70 0,70
Coef. De Localización 1,00 1,00
Aprovechamiento (UUAA) 4.994,50 4.994,50
Dotaciones locales mínimas
Espacios Libres (M²s) 2.550,00 3.660,00
Equipamiento Docente (M²s) -- --
Equipamiento Deportivo (M²s) -- --
Equipamiento Social (M²s) 2.790,00 2.790,00
Equipamiento Comercial (M²s) -- --
Total Dotaciones excepto viario (M²s) 5.540,00 6.450,00
M² Dotaciones/100 M²t Residencial: 38,83 45,21
Determinaciones de Gestión Urbanística:
Condiciones de desarrollo: Plan Parcial/Proyecto
Reparcelación/Proyecto
de Urbanización
Sistema de Actuación: Compensación
Plazo máximo aprobación (desde la publicación de la aprobación definitiva de la modificación): 6 meses para el Plan Parcial
1 año para el Proyecto
de Urbanización
Iniciativa: Privada

(1)

4. Régimen de los sistemas.

4.1. Obtención del suelo para sistemas generales.

Los terrenos para la ampliación del sistema general de espacios libres del núcleo de El Fontanar son de propiedad municipal, por lo que no es necesario habilitar ningún sistema de obtención para los mismos.

4.2. Obtención del suelo para sistemas locales.

El sistema local de la EDAR del sector SUBS-02 «El Angonal» se ubica en terrenos exteriores al sector clasificados como suelo no urbanizable. Estos terrenos se aportarán por los propietarios del sector. En caso de incumplimiento de los deberes de los propietarios respecto de los plazos establecidos para el desarrollo del sector y el Ayuntamiento opte por el cambio del sistema de actuación, los terrenos para sistema general se obtendrán por expropiación, de acuerdo con el artícu lo 160 de la LOUA.

5. Cumplimiento de condiciones medioambientales.

En los nuevos sectores comprendidos en el ámbito de la modificación será de obligado cumplimiento el condicionado del Informe de Valoración Ambiental.

6. Cumplimiento de condiciones sobre carreteras.

En los nuevos sectores de suelo urbanizable que se proponen contiguos a la A-379, la ordenación urbanística de los respectivos instrumentos de desarrollo deberá ser conforme con las zonas de servidumbre legal y de no edificación que la legislación vigente (Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía, y Real Decreto 1812/1994, Reglamento General de Carreteras) atribuye a la citada carretera por su categoría, además de lo previsto en dicha normativa para las variantes o carreteras de circunvalación en el sector SUBS-01, limítrofe con la variante de Santaella.

Dado que la pendiente de los dos sectores de suelo urbanizable está orientada hacia la citada carretera, la ordenación interna deberá evitar que el drenaje superficial de la urbanización no vierta directamente hacia esta de manera que pueda afectar negativamente a la capacidad de la infraestructura de drenaje de la carretera.

Por lo que respecta a los tramos urbanos de las carreteras, la concesión de licencias y autorizaciones por parte del Ayuntamiento deberán atenerse a lo dispuesto en el artículo 62 de la citada Ley 8/2001, de Carreteras de Andalucía. Santaella, diciembre de 2011.

Córdoba, 21 de febrero de 2012.- El Delegado, Francisco García Delgado.

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