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En virtud de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procede mediante este acto a publicar los expedientes y persona beneficiaria de la resolución de reintegro de subvenciones individuales para personas con discapacidad que no se ha podido notificar.
Núm. exptes.: 741-2006-21-000347 y 742-2006-21-000348.
Interesado: Don José Manuel Abdel Hadi Vázquez.
Para el conocimiento del contenido íntegro del acto se podrá comparecer en esta Delegación, sita en C/ Alcalde Moras Claros, 4-6.
El reintegro debe hacerse efectivo (debiendo cumplimentarse el correspondiente Modelo 046) en cualquier Entidad Colaboradora (Entidades de Crédito y Ahorro) en los siguientes plazos:
a) Si la/s publicación/es se produce/n entre los días 1 y 15 del mes, hasta el día 20 del mes posterior, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
b) Si la/s publicación/es se produce/n entre los días 16 y último de mes, hasta el día 5 del segundo mes posterior,o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Contra dicha resolución, que es definitiva y agota la vía administrativa, podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado competente en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad a la establecido en el art. 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de la posibilidad de interposición del potestativo recurso de reposición ante este mismo Órgano, en el plazo de un mes, en la forma y condiciones previstas en los arts. 116 y 117 de la Ley 360/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común.
Huelva, 16 de diciembre de 2011.- La Delegada, P.A. (Dto. 21/1985 de 5.2), el Secretario General, Miguel Calero Bermejo.
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