Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 15/03/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 23 de febrero de 2012, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se ordena el cumplimiento de la Sentencia de 21 de marzo de 2011, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Once de Sevilla en el procedimiento abreviado núm. 838/2009, en los términos de la Sentencia de 25 de octubre de 2011, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla en el procedimiento de apelación núm. 376/2011.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la Orden de 15 de septiembre de 2010, por la que se delegan competencias en diversas materias en órganos de la Consejería, publicada en el BOJA núm. 200, de 13 de octubre de 2010, corresponde a la Delegación Provincial de la Consejería disponer el cumplimiento de la sentencia de 21 de marzo de 2011, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 11 de Sevilla en el procedimiento abreviado núm. 838/2009, interpuesto por el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía, en los términos de la Sentencia de 25 de octubre de 2011 dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en el procedimiento núm. 376/2011, que estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la Junta de Andalucía.

El tenor literal de la Sentencia de 21 de marzo de 2011 del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 11 de Sevilla, que literal dice:

«Estimando la demanda de recurso contencioso-administrativo formulada por el Sindicato Andaluz de Funcionarios de la Junta de Andalucía, representado y defendido por la Letrada Sra. Laura Muñoz de Bustillo González contra la Consejería de Justicia y Administración Pública de la Junta de Andalucía, se declaran nulas en relación a la resolución impugnada (la Resolución de 16 de octubre de 2009 de la Consejería de Justicia y Administración Pública por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 1 de junio de 2009, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de dicha Consejería en la provincia de Granada.):

La base octava, apartado 1.1, relativa a la valoración del mérito “Trabajo Desarrollado” en puestos desempeñados con carácter definitivo o con carácter provisional no señalados en el número siguiente.

La base octava, apartado 1.2, relativa a la valoración del mérito “Trabajo Desarrollado” en puestos desempeñados con carácter provisional.

La no convocatoria de la totalidad de plazas vacantes y presupuestadas. Sin hacer expresa imposición de costas.»

Procede, de conformidad con los artículos 103 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la ejecución de la citada Sentencia.

Granada, 23 de febrero de 2012.- El Delegado, José Antonio Aparicio López.

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