Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 15/03/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 16 de enero de 2012, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (antiguo Mixto núm. Dos). (PP. 496/2012).

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NIG: 1102042C20100009842.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1839/2010, Negociado: RJ.

De: Juan Dueñas Millán.

Procuradora: Sra. Marta Fernández del Riego Soto.

Contra: Francisca Álvarez Castellano.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1839/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Jerez de la Frontera (antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de Juan Dueñas Millán contra Francisca Álvarez Castellano sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 76/2011

En Jerez de la Frontera, a tres de mayo de dos mil once.

La Sra. doña María Caridad Moreira Lanseros, Magistrado-Juez del Juzgado 1.ª Instancia núm. Dos de Jerez y su partido, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal núm. 1.839/2010 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante don Juan Dueñas Millán con Procuradora doña Marta Fernández del Riego Soto y Letrado don José María Vega González, y de otra como demandada doña Francisca Álvarez Castellano, rebelde,

FALLO

Que estimando como estimo la demanda origen de estos autos interpuesta por don Juan Dueñas Míllán contra doña Francisca Álvarez Castellano, rebelde, debo condenar y condeno a dicha demandada a efectuar las reparaciones precisas en la terraza exterior de su vivienda y detalladas en el informe pericial de Altasa, S.L., 30.7.2010, documento siete de la demanda, así como a que indemnice al actor en la cantidad de doscientos noventa y ocho con sesenta y ocho euros (298,68) más el interés legal devengado desde la fecha de la interpelación judicial, y con expresa imposición a la misma de las costas causadas en esta instancia.

Contra esta Resolución cabe recurso de apelación, que se preparará por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

El recurrente deberá constituir al tiempo de la preparación del recurso de apelación depósito por importe de 50 euros, lo que acreditará acompañando a su escrito copia del resguardo de ingreso o transferencia en la cuenta de este expediente núm. 1250/0000/02/1839/10 indicando en el concepto del ingreso el término «recurso», sin cuyo requisito no se admitirá a trámite y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes de la LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Francisca Álvarez Castellano, extiendo y firmo la presente en Jerez de la Frontera a dieciséis de enero de dos mil doce.- El/La Secretario.

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