Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 62 de 29/03/2012

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Ayuntamientos

Anuncio de 12 de marzo de 2012, del Ayuntamiento de Cenes de la Vega, para la selección de plaza de Bibliotecario-Archivero.

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Don José Julián López Montes, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cenes de la Vega,

Hacer saber que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de marzo de 2012, se han aprobado las bases para la provisión en propiedad de una plaza de Bibliotecario-Archivero, que a continuación se relaciona.

BASES PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD, MEDIANTE OPOSICIÓN LIBRE, DE UNA PLAZA DE BIBLIOTECARIO-ARCHIVERO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE CENES DE LA VEGA

1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante oposición libre, de una plaza de Bibliotecario-Archivero, puesto de trabajo clasificado en la Escala de Administración Especial, subescala técnica, encuadrado en el grupo A2, dotada con las retribuciones básicas y complementarias que le corresponden según la legislación vigente, conforme a la Oferta de Empleo Público aprobada por Decreto 351/2009, de fecha 3 de septiembre de 2009, publicada en el BOP núm. 190, de 2 de octubre de 2009.

2. Condiciones generales.

Serán de aplicación a esta prueba selectiva las disposiciones contenidas en la Ley 7/2007, de 12 de abril, de Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 30/1984, de Medidas de Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes de Régimen Local; el Real Decreto 861/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de administración local, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción profesional de los funcionarios de la Administración General del Estado y las bases de la presente convocatoria.

3. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la realización del proceso selectivo se precisa reunir los requisitos siguientes:

a) Poseer la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea, nacionales del Reino de Noruega y los nacionales de la República de Islandia y cumplir los requisitos de la Ley 7/2007, de 12 de abril.

Lo establecido en el párrafo anterior será asimismo de aplicación al cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión de la Diplomatura de Biblioteconomía y Documentación o equivalente (deberá acreditarse la equivalencia), o hallarse en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias. También será suficiente estar en posesión del resguardo acreditativo de haber abonado los derechos del título.

f) Haber satisfecho los derechos de examen.

Estos requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

4. Presentación de solicitudes.

Las bases de esta convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, publicándose en el Boletín Oficial del Estado el extracto de la convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales desde el siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Quienes deseen participar en la convocatoria deberán presentar su solicitud, dirigida al Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Cenes de la Vega, en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las instancias solicitando ser admitido al procedimiento selectivo, que deberán formalizarse en el modelo establecido como Anexo II de estas Bases, se acompañarán de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) El resguardo original justificante del pago de la cantidad de 32,74 euros, conforme a la tasa de la Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por derecho de examen.

El ingreso se realizará en la cuenta corriente número 2031 0301 65 0100011037 de la Entidad Bancaria CajaGranada, con la indicación «Pruebas selectivas para la plaza de Bibliotecario-Archivero del Excmo. Ayuntamiento de Cenes de la Vega».

Por aplicación de lo dispuesto en la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, estarán exentas del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33%.

5. Lista de aspirantes, comienzo de los ejercicios y orden de actuación.

Expirado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada provisionalmente la lista de admitidos y excluidos que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web www.cenesdelavega.com, con las causas de exclusión y se concederá un plazo de subsanación de defectos, que será de diez días, a contar desde el siguiente al de publicación en el BOP, según los previsto en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Trascurrido el plazo de reclamaciones, en caso de haberlas, serán aceptadas o rechazadas en la resolución de la Presidencia por la que se aprueba la lista definitiva a lo que se dará publicidad mediante inserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en la página web www.cenesdelavega.com. En dicha resolución se indicará igualmente el lugar, día y hora de la realización del primer ejercicio de la oposición.

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra U, según lo establecido en Resolución de la Secretaría de Estado para la Función Pública de 24 enero de 2011 (BOE de 27 de enero) de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los aspirantes excluidos podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Órgano jurisdiccional competente, a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, contra la lista definitiva de admitidos, sin perjuicio del recurso de reposición potestativo en vía administrativa.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

6. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador del proceso selectivo estará constituido por los siguientes miembros:

- Presidente:

Titular: Doña Nuria Enríquez Maroto, funcionaria del Excmo. Ayuntamiento de Granada.

Suplente: Don Manuel Cegrí Ramírez, Interventor del Excmo. Ayuntamiento de Cenes de la Vega.

- Secretario:

Titular: Don Daniel Serrano Pérez, funcionario de la Junta de Andalucía.

Suplente: Don Fco. Javier Puerta Martí, Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Cenes de la Vega.

- Vocales:

Titular: Don Ramón Ramírez Ruiz, funcionario de la Junta de Andalucía.

Suplente: Don José Luis Travé Pacetti, Secretario del Ayuntamiento de Monachil.

Titular: Don Mariano Boza Puerta, funcionario de la Junta de Andalucía.

Suplente: Don Alfonso Ramos Torres, funcionario de la Junta de Andalucía.

Titular: Doña Pilar Parra Arcas, Jefa de Sección de Archivo, Biblioteca, Documentación y Publicaciones del Archivo de la Excma. Diputación de Granada.

Suplente: Don Miguel Hernández Carretero, Archivero de la Excma. Diputación de Granada.

El Tribunal actuará válidamente cuando al menos, la mitad más uno de sus miembros, y entre estos concurran el Presidente y el Secretario, sean titulares o suplentes.

Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría de votos de los presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de quien actúe como Presidente.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo comunicarlo a la Alcaldía-Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Cenes de la Vega, que resolverá lo procedente.

Por estas mismas causas podrá promoverse recusación por los interesados en cualquier momento de la tramitación del Procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la citada Ley 30/1992.

El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes; en este caso, el Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

Cuando lo considere conveniente, el Tribunal podrá recabar la colaboración de Asesores expertos en la materia de que se trate, que actuarán con voz pero sin voto.

El Tribunal queda facultado para interpretar estas bases, resolver las dudas e incidencias que se planteen y para tomar las decisiones necesarias para asegurar el correcto desarrollo de esta convocatoria, en todo aquello no previsto en las presentes Bases. Antes de la constitución del Tribunal, se le atribuye a la Alcaldía la facultad de interpretar estas bases y de resolver las incidencias y recursos.

El Tribunal no podrá declarar seleccionados un mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas. Las propuestas de aspirantes aprobados que infrinjan esta limitación son nulas de pleno derecho.

Todos los miembros del Tribunal Calificador tendrán derecho a la percepción de asistencia y dietas en la forma y cuantía que señala la legislación vigente. A estos efectos, los componentes del Tribunal de esta convocatoria se clasifican en segunda categoría, de acuerdo al Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

7. Lugar y calendario de realización de las pruebas.

El día, hora y lugar del primer ejercicio de la fase de la oposición se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web www.cenesdelavega.com.

El día, hora y lugar de los restantes ejercicios se publicarán en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Cenes de la Vega y en la página web www.cenesdelavega.com.

Todos los avisos, citaciones y convocatorias que el Tribunal haya de hacer a los aspirantes, se realizarán por medio del tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Cenes de la Vega y en la página web www.cenesdelavega.com.

Desde la finalización de un ejercicio hasta la celebración del siguiente no podrá transcurrir un tiempo inferior a 72 horas ni superior a 45 días.

8. Llamamientos.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

9. Desarrollo de la fase de oposición.

El proceso de selección estará formado por una fase de oposición que constará de dos ejercicios, ambos de carácter obligatorio y eliminatorio.

Los ejercicios que forman parte del proceso son:

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar tres temas, elegidos al azar, de entre los que componen el Anexo I de las Bases: el primero se elegirá entre las materias comunes y el segundo y el tercero entre las materias específicas. Para la realización del ejercicio se dispondrá de cuatro horas, de las cuales una hora será para la realización del tema correspondiente a las materias comunes y tres horas para la realización de los temas correspondientes a las materias específicas.

El ejercicio será leído por los aspirantes, en sesión pública. Concluida la lectura del ejercicio, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre las materias objeto del mismo y pedirle cualquier otra explicación complementaria. El diálogo podrá tener una duración máxima de 15 minutos.

El Tribunal calificará con un máximo de 10 puntos siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos en cada uno de los temas para superar el ejercicio. De las puntuaciones que otorguen los miembros del Tribunal calificador se eliminarán aquellas puntuaciones que difieran entre sí de 3 o más puntos, de tal manera que la nota será la media de las restantes puntuaciones concedidas por el resto del Tribunal.

Segundo ejercicio: Consistirá en resolver un supuesto práctico elegido al azar momentos antes de iniciarse el ejercicio, de los propuestos por el Tribunal, relacionado con las materias específicas del Anexo I que se adjunta a las presentes Bases, con una duración máxima de una hora y treinta minutos.

El ejercicio será leído por los aspirantes, en sesión pública. Concluida la lectura del ejercicio, el Tribunal podrá dialogar con el aspirante sobre las materias objeto del mismo y pedirle cualquier otra explicación complementaria. El diálogo podrá tener una duración máxima de 15 minutos.

Se calificará hasta un máximo de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar el ejercicio. De las puntuaciones que otorguen los miembros del Tribunal calificador se eliminarán aquellas puntuaciones que difieran entre sí de 3 o más puntos, de tal manera que la nota será la media de las restantes puntuaciones concedidas por el resto del Tribunal.

Todas las calificaciones se harán públicas en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Cenes de la Vega y en la página web www.cenesdelavega.com.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones en cada uno de los ejercicios.

En cualquier momento del proceso selectivo los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

10. Orden de prelación.

En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjeran empates, éstos se resolverán atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición.

11. Publicidad de las calificaciones.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes el Tribunal hará público en el tablón de anuncios de esta Corporación y en la página web www.cenesdelavega.com, la relación de aprobados por orden de puntuación en la que constarán las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final.

El Tribunal remitirá esta relación al Presidente de la Corporación Municipal para que realice el correspondiente nombramiento.

Si el Tribunal apreciara que los aspirantes no reúnen las condiciones mínimas necesarias para desempeñar idóneamente el puesto, podrá declarar desierta la convocatoria.

El Tribunal en ningún caso propondrá mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas, no suponiendo bajo ningún concepto que las puntuaciones obtenidas, sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los aspirantes salvo a los propuestos por el Tribunal.

Contra la actuación del Tribunal se podrá interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Corporación Local en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.

12. Presentación de documentos.

El aspirante propuesto deberá presentar ante el Ayuntamiento en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación de aprobados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del DNI o documento que acredite fehacientemente su personalidad y copia compulsada de la titulación académica exigida en la presente convocatoria.

b) Declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado (En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público).

c) Declaración de acatamiento de la Constitución y del resto del Ordenamiento Jurídico.

d) Declaración jurada de no hallarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidades previstos en la legislación vigente.

e) Certificado médico oficial que acredite la capacidad funcional para el desempeño del puesto de trabajo.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar los requisitos, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración u organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Quienes dentro del plazo fijado, y salvo fuerza mayor, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de algunos de los requisitos señalados, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en las que pudieran haber concurrido por falsedad en la solicitud inicial.

13. Nombramiento.

Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Alcalde dictará resolución nombrando al aspirante propuesto quienes deberán tomar posesión en el plazo máximo de 30 días naturales a contar desde el siguiente al de la notificación. El aspirante que, sin causa justificada, no tome posesión en el plazo señalado, decaerá en todos sus derechos.

14. Incidencias.

Si el candidato al que le correspondiese el nombramiento no fuera nombrado, bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, podrá nombrase al siguiente candidato, por estricto orden de prelación, que hubiera superado el proceso selectivo.

15. Nombramientos interinos.

Quienes superen el proceso selectivo pero su puntuación no le habilite para ser propuesto por el Tribunal, formarán una lista, por orden de puntuación, que será utilizada para un nombramiento interino que pudiera producirse sobre el puestos de trabajo vacante o desocupado de bibliotecario-archivero, del Excmo. Ayuntamiento de Cenes de la Vega, durante un plazo máximo de cinco años desde la fecha de nombramiento del aspirante propuesto.

16. Normas finales.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO I

TEMARIO

Grupo A) Materias comunes

Tema 1: La Constitución Española de 1978: Características. Derechos y deberes fundamentales.

Tema 2: La Organización del Estado en la Constitución Española.

Tema 3: La Administración Pública en el ordenamiento jurídico español. Tipología de los entes públicos: las Administraciones del Estado, Autonómica y Local.

Tema 4: Régimen local español. Entidades que lo integran. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 5: El municipio. Organización municipal. Competencias.

Tema 6: La provincia en el régimen local. Organización provincial. Competencias.

Tema 7: El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 8: El procedimiento administrativo: Fases del procedimiento.

Tema 9: El Procedimiento administrativo local: El registro de entrada y salida de documentos. Requisitos de la presentación de documentos. Comunicaciones y Notificaciones.

Tema 10: Los recursos administrativos. Concepto y clases. Los recursos administrativos en la esfera local.

Tema 11: El Estatuto Básico del Empleado Público.

Tema 12: La función pública local: Organización, selección y situaciones administrativas.

Grupo B) Materias específicas

Tema 13: El Patrimonio Histórico. Conceptos y categorías. El Patrimonio Bibliográfico.

Tema 14: La organización bibliotecaria española. Legislación y competencias de las distintas Administraciones Públicas. Especial referencia a las competencias municipales.

Tema 15: El Sistema Bibliotecario de Andalucía. Evolución histórica y situación actual.

Tema 16: La Propiedad Intelectual. Regulación legal. La reproducción de documentos en las Bibliotecas.

Tema 17: La Biblioteconomía y la formación del bibliotecario en la actualidad.

Tema 18: La biblioteca. Concepto, tipos y funciones. El papel de la biblioteca en la Sociedad de la Información.

Tema 19: Bibliotecas nacionales. Biblioteca de Andalucía. El Depósito Legal.

Tema 20: La biblioteca escolar. Situación en Andalucía.

Tema 21: Bibliotecas públicas. La Red de Lectura Pública de Andalucía.

Tema 22: Bibliotecas universitarias, especializadas y centros de documentación. Situación en Andalucía.

Tema 23: La colección de una biblioteca: selección, adquisición, mantenimiento, evaluación y expurgo.

Tema 24: Legislación estatal y autonómica sobre bibliotecas. Los derechos de autor.

Tema 25: Preservación, conservación, restauración y reproducción de los materiales bibliográficos y no bibliográficos.

Tema 26: Catálogos tradicionales: concepto y tipos. La conversión retrospectiva de los catálogos.

Tema 27: Sistemas integrados de gestión bibliotecaria. El sistema Absys.

Tema 28: Control de autoridades. Sistemas de clasificación (CDU).

Tema 29: La catalogación automatizada. Formatos MARC y otros formatos internacionales. La catalogación cooperativa.

Tema 30: Catálogos de acceso público en línea.

Tema 31: Servicios bibliotecarios. Referencia, circulación y extensión bibliotecaria.

Tema 32: Presencia de la biblioteca en la sociedad: actividades culturales y promoción de la lectura.

Tema 33: Cooperación bibliotecaria. Sistemas y redes de bibliotecas.

Tema 34: Organizaciones y programas internacionales relacionados con las bibliotecas.

Tema 35: La Documentación y su evolución histórica. La Documentación en España.

Tema 36: Análisis documental: concepto y tipos.

Tema 37: Normalización de la descripción bibliográfica. Normas internacionales y nacionales.

Tema 38: Lenguajes documentales. Sistemas precoordinados y sistemas postcoordinados.

Tema 39: Indización y resumen documental.

Tema 40: Recuperación de la información: procedimientos convencionales y técnicas avanzadas.

Tema 41: La biblioteca digital y su relación con los procesos y servicios tradicionales. Proyectos de ámbito nacional e internacional.

Tema 42: Aplicaciones teleinformáticas básicas y avanzadas para bibliotecas.

Tema 43: Concepto, método, evolución histórica y estado actual de la Bibliografía.

Tema 44: Obras de referencia y consulta. Características y clasificación.

Tema 45: Literatura gris: concepto y tratamiento bibliotecario.

Tema 46: El libro infantil: obras de referencia y bibliografías.

Tema 47: Los catálogos colectivos: concepto, fines y problemas de elaboración. Los catálogos colectivos en España en la actualidad.

Tema 48: El archivo: definición, funciones y clases. El ciclo vital de los documentos. Fases de archivo.

Tema 49: Concepto de documento. El documento de archivo: características y elementos. El documento electrónico. El expediente administrativo. Normas para su formación y seguimiento.

Tema 50: La organización archivística. El principio de procedencia y respeto al orden original. Identificación de series documentales. Clasificación de las series documentales.

Tema 51: La organización archivística: la clasificación documental. Criterios y sistemas. El cuadro de clasificación.

Tema 52: La organización archivística: la ordenación. Sistemas de ordenación documental.

Tema 53: La descripción. Instrumentos de descripción. Guías, inventarios y catálogos. Normas internacionales de descripción archivística. La Norma ISAD(G).

Tema 54: Instrumentos de control de los documentos.

Tema 55: El ingreso de los documentos. Los ingresos ordinarios: transferencias de fondos. Los ingresos extraordinarios.

Tema 56: El expurgo de los documentos: valoración, selección y eliminación.

Tema 57: Recuperación de la información. Medios e instrumentos para la recuperación. Recuperación tradicional. Recuperación automatizada.

Tema 58: El acceso a la documentación e información. Derechos y limitaciones de los ciudadanos. Los usuarios del archivo. Formas de acceso. Normativa.

Tema 59: Aplicaciones técnicas automatizadas en la gestión y servicio de la documentación. La informática aplicada a la gestión de los fondos.

Tema 60: Soportes documentales. Causas de alteración de los documentos en distintos soportes. Medidas de prevención y conservación. La restauración.

ANEXO II

MODELO DE SOLICITUD

SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA OPOSICIÓN LIBRE CONVOCADA POR EL AYUNTAMIENTO DE CENES DE LA VEGA

1. Plaza a la que aspira: Bibliotecario-Archivero.

2. Convocatoria: BOE núm. ........., de fecha ..............................

3. Datos personales:

Apellidos: ...............................................................................

Nombre: ................................................................................

DNI: .......................................................................................

Fecha de nacimiento: ...........................................................

Nacionalidad: ........................................................................

Domicilio a efectos de notificaciones: .................................

................................................................................................

Población: ..............................................................................

Código Postal: .......................................................................

Provincia: ...............................................................................

Teléfono de contacto: ...........................................................

Correo electrónico: ...............................................................

En caso de ser minusválido, consigne su tipo y grado:

................................................................................................

................................................................................................

4. Documentación que se adjunta:

a) Fotocopia del DNI.

b) Justificante del ingreso de los derechos de examen por importe de 32,74 €.

El/La abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúne las condiciones señaladas en las bases de la convocatoria, comprometiéndose a probar documentalmente todos los datos que figuran en esta solicitud.

Cenes de la Vega, a ....... de ............................... de 201....

Fdo.: .....................................................

Contra la presentes Bases se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el mismo órgano que dictó el acto, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Granada, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 25 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. La interposición del recurso potestativo de reposición impide la presentación del recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición. Asimismo, la interposición del mencionado recurso contencioso-administrativo no requerirá la comunicación previa al órgano que dictó el acto impugnado.

Cenes de la Vega, 12 de marzo de 2012.- El Alcalde, José Julián López Montes.

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