Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 13/04/2012

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 6 de marzo de 2012, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se notifican las resoluciones de reintegro de las subvenciones concedidas que se citan.

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Una vez intentada la notificación de la Resolución acordando el reintegro de las subvenciones concedidas a los beneficiarios que a continuación se citan, al amparo de la Orden de 1 de febrero de 2006 (BOJA de 15 de febrero de 2006), por la que se regula la Convocatoria de Ayudas Públicas correspondientes al ámbito competencial de la Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Málaga, antes de Asuntos Sociales, para el ejercicio 2006, y debido a la imposibilidad de practicar la misma en el domicilio que consta en los expedientes, actuando de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar la Resolución de Reintegro de las subvenciones concedidas a los interesados que a continuación se relacionan.

Beneficiario: Doña Juana Boix Sanz.

Modalidad: Asistencia a centros.

Importe a reintegrar: 2.071,21 €.

Beneficiario: Doña Carmen Berrocal López.

Modalidad: Asistencia en centros.

Importe: 2.064,63 €.

Beneficiario: Don Sebastian Borrego Aguilar.

Modalidad: Asistencia en centros.

Importe: 2.561,60 €.

Beneficiario: Doña María Bueno García.

Modalidad: Asistencia en centros.

Importe: 3.842,42 €.

Beneficiario: Doña Natividad Caballero Bravo.

Modalidad: Asistencia en centros.

Importe: 2.071,21 €.

Beneficiario: Doña María Canca Guerrero.

Modalidad: Asistencia en centros.

Importe: 2.451,53 €.

Beneficiario: Doña Mari Carmen Cansino García.

Modalidad: Prótesis ocular.

Importe: 508,24 €.

La Delegación Provincial de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social en Málaga acuerda exigir el reintegro de la subvención concedida más los intereses de demora devengados desde el momento del pago, a los citados beneficiarios, con motivo del incumplimiento de la obligación de justificar el empleo de la subvención para los fines y las condiciones en que se concedió, de conformidad con lo establecido en el art. 112 de la Ley 5/83, de Hacienda Pública de la Comunidad Autonóma Andaluza, con la advertencia de que contra este acuerdo, que agota la vía adminsitrativa, cabe interponer recurso contencioso-adminstrativo ante la Sala de lo Contencioso-Adminstrativo correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su notificación de conformidad con lo dispuesto en los arts. 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y, potestativamente, recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Málaga, 6 de marzo de 2012.- La Delegada, P.A. (Dto. 21/1985, de 5.2), el Secretario General, Antonio Collado Expósito.

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