Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 24/04/2012

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 3 de abril de 2012, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de procedimiento núm. 1052/2011.

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 1052/2011. Negociado: A1.

NIG: 2906744S20110015812.

De: Doña Remedios Bernal Moreno.

Contra: Cotojimana, S.A., y Peña Los Ángeles de Miraflores.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1052/2011 a instancia de la parte actora doña Remedios Bernal Moreno contra Cotojimana, S.A., y Peña Los Ángeles de Miraflores sobre despidos/ceses en general se ha dictado Resolución de fecha 26 de marzo de 2012 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por doña Remedios Bernal Moreno, declarando extinguida la relación laboral a fecha de esta sentencia y condenando a Cotojimana, S.L., al abono de la cantidad de 59.884,86 euros en concepto de indemnización y 5.138,14 euros en concepto de cantidades adeudadas.

Que debo condenar y codeno a la Administración concursal y Fogasa a estar y pasar por esta declaración.

Que debo absolver y absuelvo a la entidad Peña Los Ángeles de Miraflores.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y ss. del TRLPL.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Peña Los Ángeles de Miraflores actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a tres de abril de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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