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De conformidad a lo establecido en artículo 31.7 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, se acuerda la publicación de la Resolución de 15 de febrero de 2012, de la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Granada, por la que no se considera necesario someter a Autorización Ambienta Unificada el Proyecto de Mejora y Transformación en Regadío de Aguas Marquesado del Zenete, en los tt.mm. de Huéneja, Dólar, La Calahorra y Aldeire (Granada), presentado por Aguas Marquesado del Zenete (Expte. B/10/321).
El contenido íntegro de dicha Resolución estará disponible en el sitio de web de la Consejería de Medio Ambiente (www.juntadeandalucia.es/medioambiente).
Granada, 27 de marzo de 2012.- El Secretario General, Manuel José Torres Sánchez.
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