Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 07/05/2012

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

Orden de 26 de abril de 2012, por la que se establece la nueva sede del Laboratorio de Producción y Sanidad Animal de Jaén.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Decreto 4/1996, de 9 de enero, sobre las Oficinas Comarcales Agrarias y otros servicios y centros periféricos, en la redacción dada por el Decreto 101/2005, de 11 de abril, por el que se modifica el Capitulo III del Decreto 4/1996, de 9 de enero, sobre las Oficinas Comarcales Agrarias y otros servicios y centros periféricos de la Consejería de Agricultura y Pesca, en lo referente a Centros Periféricos, aborda en su Capítulo III, artículos 14 a 21, la regulación de los Centros Periféricos configurándolos como la estructura administrativa diferenciada de la Delegación Provincial, dedicada a la realización de actividades complementarias y de apoyo al ejercicio de las competencias de la Consejería. Asimismo el artículo 2 del Decreto 100/2011, de 19 de abril, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, articula que los centros periféricos quedan adscritos a la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.

En el artículo 17 del Decreto 4/1996, de 9 de enero, se prevé que el establecimiento, la modificación o la supresión de los Centros Periféricos, así como la determinación de su sede y denominación, se realizará mediante Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca, previo informe favorable de la Consejería de Justicia y Administración Pública. El Decreto 133/2010, de 13 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, atribuye las competencias en materia de Administración Pública a la citada Consejería.

Por otra parte, en el Anexo del citado Decreto se contempla la Red de Laboratorios Agroganaderos y, entre los Laboratorios que la componen, el Laboratorio de Producción y Sanidad Animal de Jaén, ubicado en carretera Bailén-Motril, s/n (Jaén).

Dado que las características de las instalaciones del mismo son insuficientes para las actividades a desarrollar por el laboratorio se estima conveniente la creación de una nueva sede para el laboratorio de Jaén con la consiguiente supresión de la actual situada en la Bailén-Motril s/n, para así optimizar la mejora de los servicios que presta y alcanzar una eficacia en la gestión de los recursos instrumentales, analíticos, de personal.

El artículo 48 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía, atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y 149.11, 13, 16, 20 y 23 de la Constitución. Por otra parte, y de conformidad con el artículo 1 del Decreto 100/2011, de 19 de abril, por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, las competencias sobre las citadas materias corresponden a la Consejería de Agricultura y Pesca.

En su virtud, a propuesta del Director General de Inspección, Control y Análisis y, previo informe favorable de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, y en uso de las facultades previstas en los artículos 17 y 18.3 del Decreto 4/1996, de 9 de enero, así como el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1. Establecimiento.

Se establece la nueva sede del Laboratorio de Producción y Sanidad Animal de Jaén ubicado en la carretera de Córdoba s/n, Cerro de los Lirios (Jaén).

Artículo 2. Supresión.

Se suprime la actual sede del Laboratorio de Producción y Sanidad Vegetal de Jaén, situada en carretera Bailén-Motril, s/n (Jaén).

Disposición adicional única. Adecuación de la relación de puestos de trabajo.

La Consejería de Agricultura y Pesca propondrá a la Consejería de Hacienda y Administración Pública la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo para adecuarla a lo dispuesto en esta Orden, conforme a lo previsto en el artículo 10 del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 26 de abril de 2012

Clara Eugenia Aguilera García

Consejera de Agricultura y Pesca

en funciones

Descargar PDF