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Yo, Francisco Javier Misas Barba, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía, con residencia en Málaga, hago constar:
Que se tramita en mi Notaría procedimiento de subasta notarial, en procedimiento extrajudicial, a instancia de la entidad mercantil Banco Español de Crédito, S.A. (Banesto), contra doña Patricia Silvana Nisnievich Cruz y doña Silvia Cruz Carranza, sobre la siguiente finca: Urbana: Vivienda: Finca número veintiuno. Vivienda tipo F, en planta segunda de la escalera 2 del edificio situado en la calle Beatas, número doce, de la ciudad de Málaga.
Título: Pertenece a doña Patricia Silvana Nisnievich, por compra, según escritura otorgada en Málaga el día 30 de marzo de 2006 ante el notario don Juan Luis Gómez Olivares.
Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad número nueve de los de Málaga, al tomo 1.473, libro 533, folio 179, finca 31.675.
Las bases de la subasta son las siguientes:
1. La subasta tendrá lugar en la Notaría sita en Málaga, el próximo día ocho de junio de dos mil doce, a las diez horas al tipo del precio tasado en la escritura de la constitución de la hipoteca, que es la cantidad de ciento ochenta y dos mil ochocientos cincuenta y cinco euros y veinticinco céntimos (€ 182.855,25).
2. Para tomar parte en la subasta los postores deberán consignar una cantidad equivalente al 30% del tipo, debiendo presentar posturas por escrito en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo.
3. La documentación y la certificación registral a que se refieren los artículos 236.A y 236.B del Reglamento Hipotecario están de manifiesto en la Notaría de lunes a viernes de las 10 a las 14 horas, entendiéndose que todo licitador, por el solo hecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastante la titulación existente y que las cargas o gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.
4. La subasta se efectuará en la forma en que determina y se regirá por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios, y en lo que no fuera incompatible por el artículo 236 del RH.
Málaga, 23 de abril de 2012.- El Notario, Francisco Javier Misas Barba.
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