Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 100 de 24/05/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 15 de mayo de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla, dimanante de procedimiento 263/2012.

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Procedimiento: Social Ordinario 263/2012. Negociado: 3.

NIG: 4109144S20120002951.

De: Don Manuel Domínguez Piñero.

Contra: Servicio Integral de Distribución Eurosur, S.L., Vinos Sevilla, S.L., y Unilever España, S.A.

EDICTO

Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla,

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 263/2012 a instancia de la parte actora, don Manuel Domínguez Piñero, contra Servicio Integral de Distribución Eurosur, S.L., Vinos Sevilla, S.L., y Unilever España, S.A., sobre Social Ordinario, se ha dictado Resolución de fecha 15.5.2013 del tenor literal siguiente:

AUTO

En Sevilla, a quince de mayo de dos mil trece.

Dada cuenta y;

HECHOS

Primero. En este Juzgado se tramitan autos núm. 263/2012 por Social Ordinario a instancias de Manuel Domínguez Piñero contra Servicio Integral de Distribución Eurosur, S.L., Vinos Sevilla, S.L., y Unilever España, S.A., habiéndose dictado Sentencia con fecha 23.11.2012.

Segundo. Con fecha 23.1.2013, dentro del término, se presentó escrito por la parte demandante por el que anunciaba su propósito de recurrir, en suplicación la citada Sentencia por ser lesiva a sus intereses.

Tercero. Con fecha 10.5.2013 se presentó escrito desistiendo del recurso de suplicación anunciado.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

Único. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19.3 y 450.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, todo recurrente podrá desistir del recurso antes de que sobre él recaiga resolución, debiendo revestir la forma de Auto la resolución que se dicte poniendo fin a las actuaciones antes de que concluya su tramitación ordinaria.

PARTE DISPOSITIVA

La Ilma. Sra. Magistrado-Juez, María de las Nieves Rico Márquez, dijo:

Se tiene por desistido del recurso de suplicación anunciado contra la Sentencia recaída en las presentes actuaciones y, en consecuencia, se declara firme la misma.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de queja ante el Tribunal Superior Justicia de Andalucía, Sala de lo Social, por escrito, en el plazo de diez días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación (art. 495-1.º LEC).

Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social núm. 4, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición».

Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. doña María de las Nieves Rico Márquez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, Vinos Sevilla, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a quince de mayo de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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