Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 30/05/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 13 de marzo de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Almería, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1512/2010. (PP. 926/2013).

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NIG: 0401342C20100013299.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1512/2010. Negociado: T1.

De: Facto Almeriense de Construcciones y Obras Públicas, S.A.

Procurador Sr.: Javier Romera Galindo.

Contra Priersa 2010, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1512/2010 seguido a instancia de Facto Almeriense de Construcciones y Obras Públicas, S.A., frente a Priersa 2010, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 40/12

En Almería, a 19 de marzo de 2012.

Doña Ana M.ª Olivares Granados, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Almería, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario sobre reclamación de cantidad, seguidos ante este Juzgado bajo el número 1512 del año 2010, a instancia de Facto, Almeriense de Construcciones y Obras Públicas, S.A., representado por el Procurador don Javier Romera Galindo y asistido por el Letrado don Enrique Romera Galindo frente a Priersa 2010, en situación de rebeldía procesal, dicta Sentencia, en virtud de los siguientes:

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por el Procurador don Javier Romera Galindo, en nombre y representación de Facto, Almeriense de Construcciones y Obras Públicas, S.A., frente a Priersa 2010, S.L., condenando a la referida demandada al pago a la demandante de la cantidad de trece mil quinientos siete euros con treinta y siete céntimos (13.507,37 €), más los intereses legales desde la fecha de la presentación de la demanda así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al en que se notifique esta resolución.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de cincuenta euros (50 €), debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación: Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por el mismo Juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en Almería el día de la fecha, de lo que yo el Secretario doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Priersa 2010, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación enferma al mismo.

En Almería, a trece de marzo de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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