Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 31/05/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de abril de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 2950/09. (PP. 1268/2013).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00027133.

Antonio Salto Díaz, Secretario del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Málaga, hago saber:

Que en el proceso de juicio ordinario seguido en dicho Juzgado con el número 2950/09 a instancia de Carlos José Wilson Ruiz y Ana Peña Agüera. Contra Conslim Malacitana, S.L., María José Suárez Escartín, Carlos Suarez de Puga Bermejo se ha acordado notificarla sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:

SENTENCIA NúM. 230/12

En la ciudad de Málaga, a 27 de julio de 2012.

Vistos por el Sr. don Antonio Valero González, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Diecisiete de esta ciudad y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 2950/09 seguidos ante este Juzgado a instancia de Carlos José Wiison Ruíz y Ana Peña Agüera, representados por la procuradora Sra. de los Ríos Santiago y defendidos por el letrado Sr. Frías Meléndez contra la entidad Conslim Malacitana, S.L., declarada en rebeldía, contra María José Suárez Escartín, representada por la procuradora Sra. García Solera y defendida por el letrado Sr. Espín de la O y contra Carlos Suárez de Puga Bermejo, representado por el Procurador Sr. Suárez de Puga y defendido por el letrado Sr. Lara de la Plaza, y

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. De los Ríos Santiago en nombre y representación de Carlos José Wilson Ruiz y Ana Peña Agüera contra Conslim Malacitana, S.L., y Carlos Suárez de Puga Bermejo debo condenar y condeno a los mismos a realizar a sus expensas las obras necesarias para reparar los daños y defectos que presenta la vivienda objeto del presente procedimiento detallados en el dictamen pericial judicial (pág 8 del informe) bajo apercibimiento de que de no hacerlas se mandarán ejecutar a su costa con imposición a las demandadas de las costas causadas; igualmente desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. De los Ríos Santiago, en nombre y representación de Carlos José Wilson Ruiz y Ana Peña Agüera contra María José Suárez Escartín, debo absolver y absuelvo a ésta; con expresa condena para la demandante en las costas causadas.

Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días a interponer ante este juzgado y a sustanciar ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Conslim Malacitana, S.L., extiendo y firmo la presente.

En Málaga, a veintinueve de abril de dos mil trece.- El/La Secretario.

Descargar PDF