Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 04/07/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 25 de junio de 2013, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de procedimiento núm. 9.1/2012.

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NIG: 2906744S20110010088.

Procedimiento: Pieza Separada 9.1/2012 Negociado: C3.

De: Doña María Mercedes Platero de la Vega.

Contra: Promosol 99, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Siete de Malaga.

Hace saber que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 9.1/2012 a instancia de la parte actora doña María Mercedes Platero de la Vega contra PROMOSOL 99, S.L. sobre Pieza Separada se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DEL SECRETARIO SR. D. JUAN CARLOS RUIZ ZAMORA

En Málaga, a tres de junio de dos mil trece.

Únase la anterior certificación registral, y de conformidad con el art. 639.4 de la LECivil, se acuerda determinar la valoración definitiva de la finca núm. 73504 inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 3 de Algeciras en 10.712,85 €.

Y según lo establecido en el artículo 644 de la LECivil, procédase a la venta en pública subasta del bien embargado y tasado al ejecutado Promosol 99, S.L., señalándose para la celebración de la misma, el día 26.7.2013, a las 09:30 horas de su mañana, en la Sala de Audiencias de este Juzgado, sita en C/ Fiscal Luis Portero García (Ciudad de la Justicia de Málaga), planta 3.ª, y dándosele publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado, en los que se harán constar lo previsto en los artículos 646 y ss. de la L.E.C., sin perjuicio de que a instancias del ejecutante o ejecutado, y si se estima conveniente, se utilicen los medios públicos y privados de difusión que sean más adecuados a la naturaleza y valor de los bienes que se pretenden sacar a subasta, con la advertencia de que cada parte estará obligada al pago de los gastos derivados de las medidas que para la publicidad de la subasta hubiere solicitado, sin perjuicio de incluir en la liquidación de costas los gastos que, por este concepto, soporte el ejecutante.

Notifíquese la presente resolución a las partes, a la entidad Cerro Águila, S.L. como interesado titular de opción de compra, y en especial a la parte demandada-ejecutada por si le interesa, antes de la aprobación del remate o la adjudicación, liberar sus bienes, pagando principal, intereses y costas.

Contra la misma cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Lo acuerdo y firmo. Doy fe. El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al Cerro Águila, S.L., en calidad de interesado, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a veinticinco de junio de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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