Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 08/07/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 8 de marzo de 2013, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de Dos Hermanas, dimanante de procedimiento 791/2010. (PP. 1540/2013).

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NIG: 4103842C20100010220.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 791/2010. Negociado: 4C.

Sobre: Reclam. cantidad.

De: CC.PP. Martínez Montañés, núm. 3.

Procuradora: Sra. Ana María Junguito Carrión.

Contra: Doña Ana María Reina Monge y herencia yacente doña María Monje Jiménez e Idilio Reina Vargas.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 791/2010 seguido a instancia de CC.PP. Martínez Montañés, núm. 3, frente a doña Ana María Reina Monge y herencia yacente doña María Monje Jiménez e Idilio Reina Vargas, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 44/11

Dos Hermanas, 12 de abril de 2011.

Doña Myriam Quintero Vicente, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Dos Hermanas y su partido, habiendo visto los autos del Juicio Verbal núm. 791/10 seguidos en este Juzgado a instancia de Comunidad de Propietarios calle Martínez Montañés, núm. 3, Dos Hermanas, representada por doña Ana María Junguito Carrión y defendida por doña Ángeles Gelo Cea, contra doña Ana María Reina Monge y herencia yacente de don Idilio Reina Vargas y doña María Monje Jiménez, en rebeldía en estos autos, y atendidos los siguientes,

FALLO

Estimada parcialmente la demanda interpuesta por Comunidad de Propietarios calle Martínez Montañés, núm. 3, Dos Hermanas, representada por doña Ana María Junguito Carrión, contra doña Ana María Reina Monge, doña Isabel Reina y doña Josefa Reina Monge, en rebeldía en estos autos, condeno a la demandadas al abono conjunto y solidario de la cantidad de mil doscientos setenta y cinco euros y treinta y dos céntimos (1.275,32 € más intereses procesales y costas.

Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe interponer, en el plazo de cinco días, a contar a partir de su notificación, recurso de apelación, que será resuelto por la llma. Audiencia Provincial de Sevilla.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 3515 0000 03 0791 10, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado Myriam Quintero Vicente.

Y encontrándose dicho demandado, Ana María Reina Monge y herencia yacente doña María Monje Jiménez e Idilio Reina Vargas, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Dos Hermanas, a ocho de marzo de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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