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De acuerdo con la propuesta de Resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 42 y 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, arts. 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 12.4 del Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública,
R E S U E L V O
Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable al municipio de Benalmádena (Málaga) que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tarifas autorizadas
Concepto | Precio€ /mes IVA excluido |
CUOTA FIJA O DE SERVICIO | |
Calibre del contador en mm | |
Hasta 15 | 3,39 euros/mes |
20 | 6,78 euros/mes |
25 | 13,04 euros/mes |
30 | 19,65 euros/mes |
40 | 39,28 euros/mes |
50 | 84,15 euros/mes |
65 | 111,93 euros/mes |
80 | 141,05 euros/mes |
100 | 196,44 euros/mes |
125 | 308,72 euros/mes |
150 | 580,01 euros/mes |
CUOTA VARIABLE O DE CONSUMO | |
Uso doméstico | |
De 0 hasta 5 m³/mes | 0,26 euros/m³ |
Más de 5 hasta 15 m³/mes | 0,42 euros/m³ |
Más de 15 hasta 30 m³/mes | 0,67 euros/m³ |
Más de 30 m³/mes | 1,38 euros/m³ |
Uso industrial, comercial y obras | |
De 0 hasta 25 m³/mes | 0,67 euros/m³ |
Más de 25 hasta 35 m³/mes | 0,98 euros/m³ |
Más de 35 m³/mes | 1,51 euros/m³ |
Uso Hostelería | |
Bloque único/1.er trimestre | 0,00 euros/m³ |
Bloque único/2.º al 4.º trimestre | 0,99 euros/m³ |
Uso dependencias municipales | |
Bloque único/mes | 0,05 euros/m³ |
Uso organismos oficiales | |
Bloque único/mes | 0,37 euros/m³ |
Otros usos | |
Bloque único/mes | 0,97 euros/m³ |
CUOTA DE CONTRATACIÓN Y RECONEXIÓN | |
Calibre del contador en mm | |
Hasta 15 | 49,15 euros |
20 | 77,92 euros |
25 | 95,79 euros |
30-32 | 114,13 euros |
40 | 150,81 euros |
50 | 187,50 euros |
65 | 243,54 euros |
80 | 298,57 euros |
100 | 371,94 euros |
125 | 463,95 euros |
150 y superiores | 555,36 euros |
Los derechos de contratación en el caso que se trate de un cambio de nombre y siempre que no tenga deuda, el importe se reducirá en un 50% de la cuota que le corresponda abonar según calibre del contador. | |
FIANZAS | |
Calibre del contador en mm | |
Hasta 15 | 38,00 euros |
20 | 115,10 euros |
25 | 231,32 euros |
30-32 | 385,54 euros |
40 | 578,99 euros |
50 y superiores | 1.157,96 euros |
RECARGO DE DESALACIÓN | |
Bloque único/mes | 0,06 euros/m³ |
DERECHOS DE ACOMETIDA
Parámetro A: 31,99 euros/mm
Parámetro B: 348,00 euros/L/seg
Esta Resolución surtirá efectos desde el día 9 de enero de 2013. Entrada en vigor que será independiente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad regulado en el artículo 10 del Decreto 365/2009.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de esta Consejería en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 17 de junio de 2013.- La Directora General, Eva María Vidal Rodríguez.
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