Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 11/07/2013

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 28 de junio de 2013, de la Universidad de Sevilla, por la que se crean y modifican ficheros de datos de carácter personal.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00030377.

El artículo 20 de la Ley Orgánica de 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas solo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente.

En su virtud, y de conformidad con los preceptos de la Ley Orgánica 15/1999 señalada, dispongo:

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto la creación de nuevos ficheros de datos de carácter personal de la Universidad de Sevilla, que completan los creados por Resolución de 28 de junio de 2013.

Segundo. Adaptación de medidas.

El órgano responsable de cada fichero que se crea adaptará las medidas necesarias de gestión y organización para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de dichos datos, así como los conducentes al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley Orgánica 15/1999 y concordantes en el R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre, desde su entrada en vigor.

Tercero. Cesión de datos.

La Universidad de Sevilla sólo podrá ceder los datos de carácter personal contenidos en los ficheros anexos a esta Resolución en los términos previstos en los artículos 11 y 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y concordantes del R.D. 1720/2007, de 21 de diciembre.

Cuarto. Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos.

Los interesados tendrán derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de sus datos de carácter personal incluidos en los ficheros anexos en la forma prevista en la Ley Orgánica 15/1999, y demás normativas de aplicación. Los citados derechos se ejercen ante el Gabinete Jurídico de la Universidad de Sevilla.

Quinto. Inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos.

Los ficheros relacionados en esta Resolución serán notificados a la Agencia de Protección de Datos por la Universidad de Sevilla, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante traslado, a través del modo normalizado elaborado a tal efecto por la Agencia, de una copia de la presente disposición.

Sexta. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de junio de 2013.- El Rector, Antonio Ramírez de Arellano López.

ANEXO I

FICHEROS DE NUEVA CREACIÓN

Nombre del Fichero: Gestión de Aplicaciones.

a) Órgano responsable: Universidad de Sevilla.

b) Usos y fines: Fichero automatizado de datos personales relacionados con la gestión técnica de aplicaciones relacionadas con las convocatorias de los Servicios Sociales y Comunitarios, Convocatorias del Servicio de Acción Social y Convocatorias de los Planes Propios de la Universidad de Sevilla.

c) Personas o colectivos afectados: Empleados (PAS y PDI), estudiantes, los familiares de todos estos, futuros alumnos, profesionales externos, y visitantes de páginas web que solicitan información.

d) Procedimiento de recogida de datos: Formularios y transmisión electrónica de datos/internet.

e) Tipología de los datos: Datos de carácter identificativos (nombre, apellidos, NIF/NIE, datos familiares, núm. pasaporte/visado, nacionalidad, fecha de nacimiento, edad, dirección postal y electrónica, teléfono, estado civil, sexo, firma electrónica, características físicas y antropométricas. Datos detalle de empleo: Cuerpo/Escala, Categoría, Puesto de Trabajo, Datos no económicos de nómina, Historia del trabajador. Datos económicos-financieros: datos bancarios, datos económicos de nómina, datos de deducciones impositivas/impuestos. Datos especialmente protegidos: salud.

f) Cesión de datos que se prevén: No se prevén cesión de datos.

g) Unidad o servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Gabinete Jurídico de la Universidad de Sevilla.

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: Alto.

Nombre del Fichero: PreDeporte.

a) Órgano responsable: Universidad de Sevilla.

b) Usos y fines: fichero automatizado de datos personales para realizar estudio estadístico de discriminación de individuos con alto riesgo cardiovascular, para avalar la fiabilidad del prototipo realizado en un proyecto de investigación.

c) Personas o colectivos afectados: empleados y estudiantes.

d) Procedimiento de recogida de datos: transmisión electrónica de datos/internet.

e) Tipología de los datos: Datos de carácter identificativos: nombre, apellidos, fecha de nacimiento, dirección electrónica y sexo. Datos especialmente protegidos: salud.

f) Cesión de datos que se prevén: No se prevén cesión de datos.

g) Unidad o servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación o cancelación: Gabinete Jurídico de la Universidad de Sevilla.

h) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: Alto.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHEROS

a) El fichero «Actividades Deportivas», recogido en el Anexo I de la Resolución de 5 de marzo de 2008, de la Universidad de Sevilla, aparecido en el BOJA núm. 61, de 28 de marzo 2008, se modifica de la siguiente manera: el uso/finalidad del mismo será la gestión de todas las actividades que ofrece el Servicio de Actividades Deportivas de la Universidad de Sevilla, tales como la gestión de los diferentes cursos y abonos, la participación en competiciones y el alquiler de instalaciones, así como recoger los datos de accidentes deportivos y el tratamiento llevado a cabo a través de su Unidad de Medicina del Deporte. Los tipos de datos pasan a ser de carácter identificativo: Nombre, Apellidos, DNI, fecha de Nacimiento, dirección, teléfono, correo electrónico, centro al que pertenece, fotografía y deporte que realiza, datos económicos/financieros: datos bancarios y datos especialmente protegidos: datos de salud, y el «Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad» pasa a ser Nivel alto.

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