Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 24/07/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 10 de julio de 2013, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Huelva, por la que se hace público el Acuerdo de esta misma fecha, de la Jefatura del Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano por la que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en los funcionarios que desempeñan los puestos que se citan.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, recoge en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con los originales a que se refiere el punto 2 del artículo 21 de dicha norma, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.

La Jefatura del Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano de esta Delegación Territorial es la responsable del Registro General establecido en la misma.

Los Registros Auxiliares de Documentos de la Dirección Provincial de Huelva del Servicio Andaluz de Empleo se crean por Resolución de 8 de octubre de 2003.

Por razones técnicas, de agilidad y eficacia administrativas de la propia Delegación, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, así como revocar las anteriores resoluciones dictadas en esta materia.

Por cuanto antecede, esta Delegación Territorial

R E S U E L V E

Hacer público el Acuerdo de 10 de julio de 2013, de la Jefatura del Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano de esta Delegación Territorial, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo en los funcionarios que desempeñan los puestos que se citan, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución, y se revocan las anteriores resoluciones dictadas en esta materia.

Huelva, 10 de julio de 2013.- El Delegado, Eduardo Muñoz García.

ANEXO

ACUERDO DE LA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN, REGISTRO Y ATENCIÓN AL CIUDADANO DE LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO EN HUELVA POR LA QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA EXPEDICIÓN DE COPIAS AUTENTICADAS MEDIANTE COTEJO EN LOS FUNCIONARIOS QUE DESEMPEÑAN LOS PUESTOS QUE SE CITAN Y SE REVOCAN LAS ANTERIORES RESOLUCIONES DICTADAS EN ESTA MATERIA.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte, el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la determinación reglamentaria de los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de las copias auténticas de los documentos públicos y privados.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con los originales, corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

El art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que en supuestos especiales y para facilitar la presentación de documentos y con el objeto de salvar las dificultades que existan para autenticar las copias y recibirlas, los órganos con estas competencias podrán delegarlas en otros órganos o unidades.

Por todo ello,

ACUERDO

Primero. Delegar la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo de los originales a las personas titulares de los puestos de trabajo cuyos códigos se citan a continuación:

DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO

11480510 – Negociado Notificaciones

493610 – Negociado Registro General

9058310 - Auxiliar Recepción Documentos

8108510 – Departamento Información y Calidad

8108610 – Asesor Técnico-Información

9211810 – Asesor Información

8186710 – Negociado Gestión control Calidad

486910 – Unidad Automoción

9060910 – Auxiliar Administrativo

487710 – Unidad Seguimiento

492510 – Negociado Gestión Administrativa

8108810 – Auxiliar Recepción Documentos

8186310 – Negociado Información y Registro

12097110 – Administrativo

490210 – Negociado Relaciones Colectivas

7779110 – Director Centro de Prevención de Riesgos Laborales

544410 – Unidad Administración y Asuntos Generales CPRL

545010 – Auxiliar Administrativo CPRL

546010 – Unidad de Gestión CPRL

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO EN HUELVA

9467710 – Unidad de Gestión

9467410 – Unidad de Gestión

9467610 – Unidad de Gestión

3279710 – Unidad Tramitación

11074310 – Director Ate Sierra de Huelva

8564010 – Director Oficina Ayamonte

11079810 – Director Ate Costa Occtal.

8568310 – Director Oficina Cortegana

9568810 – Administrativo Oficina Cortegana

11982010 – Director Oficina Empleo Isla Cristina

8629210 – Director Oficina La Orden

11084810 – Director Ate El Condado

11085210 – Director Centro Empleo La Palma

11101010 – Director Oficina Empleo Lepe

8578310 – Director Oficina Moguer

8578710 – Jefe Área

8636810 – Director Oficina Muñoz de Vargas

8638010 – Auxiliar de Gestión

9569210 – Administrativo

8583410 - Director Oficina La Puebla de Guzmán

12368710 – Director Centro Empleo Valverde del Camino

11078910 – Auxiliar de Gestión

Segundo. Revocar las anteriores resoluciones dictadas en esta materia.

Tercero. La presente delegación de competencias se realiza al amparo del artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Cuarto. La delegación que se efectúa mediante este Acuerdo será revocable en cualquier momento, sin perjuicio de la avocación de la misma cuando circunstancias de índole técnica o jurídica lo hagan conveniente.

Quinto. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente tal circunstancia.

En Huelva, a 10 de julio de 2013, la Jefa del Departamento de Información Registro y Atención al Ciudadano, M.ª Victoria Aranda González.

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