Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 30/07/2013

1. Disposiciones generales

Consejería de La Presidencia e Igualdad

Resolución de 22 de julio de 2013, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se establecen las bases del II Festival «Iuventus Fest» y se efectúa su convocatoria para el año 2013.

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La Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, creó en su Disposición Adicional Primera el Instituto Andaluz de la Juventud, actualmente adscrito a la Consejería de la Presidencia e Igualdad, según Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto 146/2012, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia e Igualdad.

El Decreto 118/1997, de 22 de abril, por el que se aprueba el Régimen de Organización y Funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud, atribuye en su artículo 3 al citado Instituto, entre otras funciones, las de fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de juventud.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó en su reunión del día 8 de febrero de 2011 el II Plan Integral de Juventud 2011-2014, «Plan GYGA» (Plan para la Generación y Global de Andalucía), como marco de referencia para la planificación y puesta en marcha de las actuaciones que en materia de juventud se acometan en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía; así como para la coordinación, evaluación y seguimiento de las actuaciones que en esta materia se lleven a cabo desde la Administración de la Junta de Andalucía.

Una de las dimensiones en las que se estructura este Plan, junto a la Emancipación de la juventud andaluza y la Participación y formación en valores, es la de «Calidad de Vida», con la cual se pretende conjugar medidas que promuevan hábitos de vida saludables, el acceso y disfrute de la cultura y el fomento de la creatividad.

Dentro de esta dimensión se establece el objetivo general 6: «fomentar la creatividad desde todos los ámbitos como elemento fundamental en el desarrollo de la sociedad andaluza», que tiene como objetivos específicos el «fomento de la creatividad entre el colectivo juvenil» y «desarrollar hábitos de consumo cultural entre la juventud andaluza». Para la consecución de estos objetivos se prevén las siguientes líneas específicas de acción: formar a la juventud en las técnicas específicas necesarias para propiciar la creación juvenil; divulgar la obra y proyectos creativos de la juventud andaluza; promover eventos culturales de referencia para su difusión entre la población juvenil andaluza y facilitar el acceso de la juventud a productos culturales de calidad.

En este marco funcional, con la finalidad de poner a disposición de jóvenes creadores los medios para desarrollar y difundir sus creaciones, promocionando actividades y servicios para la juventud de nuestra Comunidad Autónoma, procede establecer las áreas y convocar los Certámenes, correspondientes al II Festival «Iuventus Fest» para el año 2013.

De conformidad con lo establecido en el apartado 3.3 de la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, en el artículo 9 del Decreto 118/1997, de 22 de abril, y demás normas de general aplicación, este Instituto Andaluz de la Juventud

HA RESUELTO

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras del II Festival «Iuventus Fest», integrado por dos Certámenes: Certamen de Video-Creación y Certamen de Comunicación Audiovisual y efectuar su convocatoria para el año 2013.

Segundo. Convocatoria para el año 2013.

Se convocan para el año 2013 los dos Certámenes del II Festival «Iuventus Fest», según los plazos y de acuerdo con los requisitos específicos establecidos en las bases que figuran en el Anexo I de la presente Resolución.

Tercero. Aceptación de las bases.

La participación en el II Festival «Iuventus Fest» implica la aceptación de la totalidad de las bases que rigen el Festival y que se hacen públicas anexas a esta Resolución.

Cuarto. Jurado.

1. Para cada uno de los Certámenes se constituirá un Jurado, cuyos componentes serán nombrados al efecto por la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, que lo presidirá.

2. Cada Jurado estará compuesto por un máximo de cinco miembros, y serán elegidos entre personas de reconocido prestigio en las materias propias de cada uno de los Certámenes convocados.

3. La selección de las obras premiadas se llevará a cabo atendiendo a criterios de creatividad, innovación, calidad de las obras y, en su caso, adecuación a las temáticas propuestas.

Quinto. Recursos.

1. Las incidencias que puedan presentarse, así como los supuestos no previstos en las respectivas bases, serán resueltos por los miembros de los respectivos Jurados, los cuales adoptarán sus decisiones por mayoría simple.

2. Contra la presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de la presente convocatoria, los cuales agotan la vía administrativa, se podrá interponer, ante la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se notifique el acto que derive de la misma , conforme a lo establecido en los artícu- los 116.1 y 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución o desde el siguiente a la notificación del acto que se derive de la misma, en los términos previstos en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sexto. Protección de Datos de Carácter Personal.

De acuerdo con lo establecido en Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Instituto Andaluz de la Juventud sólo utilizará los datos personales de los participantes, obtenidos por la participación en el citado Festival, para fines relacionados con los objetivos del mismo, no pudiendo ser cedidos. Dichos datos serán conservados en un fichero autorizado, pudiendo ser ejercidos los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación sobre los mismos enviando solicitud a la sede del citado Instituto, sita en calle Muñoz Olivé, núm. 1, 3.ª planta (41001) Sevilla, o bien, mediante correo electrónico a la dirección: arco.iaj@juntadeandalucia.es.

Séptimo. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

ANEXO I

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DEL CERTAMEN DE VIDEO CREACIÓN PARA EL AÑO 2013

Primera. Finalidad.

El Instituto Andaluz de la Juventud, de la Consejería de la Presidencia e Igualdad de la Junta de Andalucía, dentro del II Festival «Iuventus Fest», con el objetivo de estimular la creatividad y promocionar y difundir las obras de jóvenes andaluces en el ámbito del audiovisual y la comunicación convoca el Certamen de Video Creación para el año 2013.

Segunda. Participantes.

Pueden participar en esta convocatoria, cualquier persona o grupo de personas, integrado por un máximo de seis componentes, que reúnan los siguientes requisitos:

- Que sus edades estén comprendidas entre los 16 y 35 años, al finalizar el plazo de inscripción.

- Que sean nacidos y/o residentes en Andalucía y/o miembros de comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía y oficialmente reconocidas por el Gobierno Andaluz.

- Que presenten una única obra audiovisual, sin importar la fecha de producción.

- Que no hayan resultado premiados con la categoría de finalistas en la edición 2012 del Festival «Iuventus Fest».

Tercera. Inscripción, lugar y plazo de presentación.

1. Las personas interesadas en participar en este Certamen deberán cumplimentar una solicitud conforme al modelo que se recoge en el Anexo II de la presente Resolución y dirigirlo al Ilmo. Sr. Director General del Instituto Andaluz de la Juventud.

2. El modelo de solicitud, una vez cumplimentado, deberá presentarse, preferentemente, en los Registros de las Direcciones Provinciales y de los servicios centrales del Instituto Andaluz de la Juventud, los cuales se relacionan en el Anexo III de la presente Resolución. Asimismo, también podrán presentarse en los lugares y por los medios indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con lo establecido en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

3. Asimismo, se podrán presentar de manera telemática de conformidad con lo establecido en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medio electrónico (Internet). Para la tramitación telemática, las personas interesadas podrán dirigirse a la siguiente dirección electrónica: https://ws133.juntadeandalucia.es/oficinaVirtual.

4. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 4 de octubre de 2013.

Cuarta. Características de la obra videográfica.

1. Los trabajos consistirán en videos que deberán ser originales y realizados por la persona o grupo de personas que suscriben la solicitud.

2. Los videos se presentarán a través de Internet, pudiéndose usar cualquiera de las plataformas de alojamiento de video existentes, preferentemente YouTube o Vimeo, debiendo indicarse en el apartado correspondiente de la solicitud (aptdo. 3) la url donde se encuentra alojado el video.

3. La duración del video no será nunca superior a los 10 minutos, incluidos los créditos.

4. Los videos estarán en inglés o español.

Quinta. Documentación.

1. Aquellas personas que participen en el Certamen de Videocreación, cuyas obras resulten seleccionadas para formar parte del contenido del II Festival «Iuventus Fest» (30 obras como máximo), deberán presentar la documentación que se relaciona a continuación, previa petición del Instituto Andaluz de la Juventud:

a) Fotocopia del DNI o autorización previa al Instituto Andaluz de la Juventud para realizar la verificación de los datos personales señalados en la solicitud, conforme al modelo que figura en el apartado 3 de la solicitud.

b) En su caso, documento que acredite ser andaluz o residente en Andalucía, o autorización previa al Instituto Andaluz de la Juventud para realizar la verificación de sus datos de empadronamiento, conforme al modelo que figura en el apartado 3 de la solicitud.

c) Autorización al Instituto Andaluz de la Juventud para la publicación, reproducción o distribución, total o parcial de las obras presentadas al Certamen, con renuncia expresa a cualquier tipo de reclamación que pueda derivarse y en los términos exigidos en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, firmada por la persona participante o, en su caso, por el representante del grupo.

d) Para los miembros de comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía, fotocopia del DNI o pasaporte del participante y certificación del órgano correspondiente de la entidad acreditativa de la pertenencia de la persona solicitante a la misma.

e) De conformidad con lo establecido en los artículos 323 del Código Civil y 44 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, citado anteriormente, en el caso de menores de edad no emancipados legalmente, autorización del padre, madre o tutor legal para la participación en el II Festival «Iuventus Fest», así como para cualquier cuestión relacionada con el mismo.

f) Declaración responsable, firmada por la persona que realiza el video o, en su caso, la representante del grupo, donde se haga constar que las personas cuya imagen aparece en la obra videográfica han autorizado su presencia en la misma, informándoles expresamente que dicha obra va a ser enviada al Instituto Andaluz de la Juventud para su participación en el II Festival «Iuventus Fest». En el supuesto de que en el video aparezcan personas menores de 14 años, consentimientos explícitos de dichas personas para la inclusión de sus imágenes en la obra videográfica, obtenidos de sus padres o tutores, y que quedarán a disposición del Instituto Andaluz de la Juventud siempre que sean requeridos.

2. La documentación señalada anteriormente deberá presentarse en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al que se reciba el requerimiento del Instituto Andaluz de la Juventud enviado al efecto. Transcurrido dicho plazo sin haberse presentado la documentación requerida, la persona autora de la obra o, en su caso, el grupo autor, serán excluidos del Certamen de Videocreación del II Festival Iuventus Fest, siendo requeridas para presentar la documentación de referencia, por su orden, las obras seleccionadas como reservas.

Sexta. Jurado.

1. Un Jurado nombrado por la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, y formado por un máximo de cinco miembros expertos en videocreación, atendiendo a criterios de creatividad y calidad, seleccionará las mejores obras presentadas. El Jurado será presidido por la persona titular de la citada Dirección General o persona en quien delegue.

2. El funcionamiento del Jurado se regirá por las normas contenidas en la sección 1.ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Las decisiones serán adoptadas por mayoría simple, siendo necesario para su validez la presencia de la mitad más uno de sus componentes, debiendo estar presente entre ellos, la persona que ejerza la Presidencia del mismo.

4. Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las cantidades que puedan cubrir los gastos en que pudieran incurrir para el desarrollo de sus trabajos, con las limitaciones señaladas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.

Sexta. Fases de selección.

1. En una primera reunión, el Jurado seleccionará hasta un máximo de treinta obras, las cuales pasarán a formar parte del contenido del II Festival Iuventus Fest y que serán expuestas en la página oficial del Certamen. El Jurado seleccionará además hasta un máximo de tres obras de reserva, para el supuesto de que alguna de las obras seleccionadas inicialmente no presente la documentación señalada en la base quinta.

2. Con posterioridad, el Jurado seleccionará hasta un máximo de diez de esas obras para su proyección en el II Festival «Iuventus Fest».

3. Aquellas obras que resulten seleccionadas para su proyección en el II Festival «Iuventus Fest» se considerarán finalistas del Festival y, por tanto, podrán optar a recibir los premios que se relacionan a continuación.

4. Aquellas obras que resulten seleccionadas para su proyección en el II Festival «Iuventus Fest» deberán ser enviadas, junto con la documentación mencionada en la base anterior, en cualquier formato digital con una calidad mínima DVD, preferiblemente calidades con resoluciones HD (tanto 1920 x 1080 como 1280 x 720), para su correcta proyección.

Séptima. Premios e incentivos y aceptación de bases.

Las diez obras que como máximo resulten seleccionadas recibirán los siguientes premios e incentivos:

- Premio RTVA, consistente en la emisión de la obra por parte de la RTVA.

- Formar parte de la red «Media Collection» dentro del programa Doc Next Network; que está liderada y coordinada por la European Cultural Foundation. Para ello, la obra será traducida al inglés.

- Mención honorífica a la obra mejor valorada por el público, a la cual se le concederá una beca, con la que podrá participar en los cursos y talleres de formación impartidos por ZEMOS98 durante 2014.

Octava. Fallo del Jurado, incidencias y aceptación de bases.

1. La participación en el Certamen de Videocreación del II Festival Iuventus Fest supone la aceptación de todas sus bases.

2. El fallo del Jurado será firme e inapelable y será hecho público.

3. En el caso de imprevistos o dudas sobre la interpretación de las bases, éstos serán resueltos por el Instituto Andaluz de la Juventud.

BASES QUE RIGEN LA CONVOCATORIA DEL CERTAMEN DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL PARA EL AÑO 2013

Primera. Finalidad.

El Instituto Andaluz de la Juventud de la Consejería de la Presidencia e Igualdad de la Junta de Andalucía, dentro del II Festival «Iuventus Fest», con el objetivo de estimular la creatividad y promocionar y difundir las obras de jóvenes andaluces en el ámbito de la comunicación audiovisual referida a los Programas que se describen, convoca el Certamen de Comunicación Audiovisual para el año 2013.

Segunda. Participantes.

Pueden participar en esta convocatoria cualquier persona o grupo de personas, integrado por un máximo de seis componentes, que reúnan los siguientes requisitos:

- Que sus edades estén comprendidas entre los 16 y 35 años, al finalizar el plazo de inscripción.

- Que sean nacidos y/o residentes en Andalucía y/o miembros de comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía y oficialmente reconocidas por el Gobierno Andaluz.

- Que presenten, como máximo, una obra audiovisual por modalidad, sin importar la fecha de producción.

Tercera. Inscripción, lugar y plazo de presentación.

1. Las personas interesadas en participar en el Certamen de Comunicación Audiovisual del II Festival «Iuventus Fest» deberán cumplimentar una solicitud, conforme al modelo que se recoge en el Anexo II de esta Resolución, seleccionando el recuadro correspondiente a la modalidad por la que desea participar (apartado 2 del modelo de solicitud).

2. La solicitud, una vez cumplimentada, deberá presentarse junto con la documentación que se relaciona en la base quinta, preferentemente en los Registros de las Direcciones Provinciales y de los Servicios Centrales del Instituto Andaluz de la Juventud, los cuales se relacionan en el Anexo III de esta Resolución. También se podrá presentar en los lugares y por los medios indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Asimismo, se podrán presentar de manera telemática de conformidad con lo establecido en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medio electrónico (internet). Para la tramitación telemática, las personas interesadas podrán dirigirse a la siguiente dirección electrónica: https://ws133.juntadeandalucia.es/oficinaVirtual.

4. El plazo de presentación de solicitudes, acompañados de la documentación que se relaciona a continuación, finalizará el día 4 de octubre de 2013.

Cuarta. Modalidades.

1. El Certamen de Comunicación Audiovisual consta de 3 modalidades:

  - Carné Joven.

  - Desencaja, Arte y Creación Joven.

  - Violencia de Género.

2. Dentro de cada modalidad los videos que se presenten deberán visibilizar y fomentar los aspectos claves de cada una de ellas:

  - En Carné Joven las diferentes posibilidades y beneficios que ofrece el Carné Joven Europeo, así como el fomento de su uso.

   (http://www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud/portalcarnetjoven).

  - En Desencaja, Arte y Creación Joven, se pondrá en valor la creatividad y la expresión artística en cualquiera de las diferentes modalidades de las que consta el certamen.

(http://www.desencaja.es)

  - En Violencia de Género se visualizarán comportamientos y actitudes para la prevención de este tipo de violencia, así como aquellos aspectos relacionados con el fomento de la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.

Quinta. Características de la obra videográfica.

1. Los trabajos consistirán en videos que deberán ser originales y realizados por la persona o grupo de personas que suscriben la solicitud.

2. Los videos se presentarán a través de internet, pudiéndose usar cualquiera de las plataformas de alojamiento de video existentes, preferentemente YouTube o Vimeo, debiendo indicarse en el apartado correspondiente de la solicitud (aptdo. 3), la url donde se encuentra alojado el video.

3. La duración del video no será nunca superior a los 5 minutos, incluidos los créditos.

4. Los videos estarán en español.

Sexta. Documentación.

1. Aquellas personas que deseen participar en el Certamen de Comunicación Audiovisual del II Festival «Iuventus Fest» deberán presentar la documentación que se señala a continuación, junto con el modelo de solicitud que se acompaña a la presente Resolución como Anexo II:

a) Fotocopia del DNI o autorización previa al Instituto Andaluz de la Juventud para realizar la verificación de los datos personales señalados en la solicitud, conforme al modelo que figura en el apartado 3 de la solicitud.

b) En su caso, documento que acredite ser andaluz o residente en Andalucía, o autorización previa al Instituto Andaluz de la Juventud para realizar la verificación de sus datos de empadronamiento, conforme al modelo que figura en el apartado 3 de la solicitud.

c) Autorización al Instituto Andaluz de la Juventud para la publicación, reproducción o distribución, total o parcial de las obras presentadas al Certamen con renuncia expresa a cualquier tipo de reclamación que pueda derivarse y en los términos exigidos en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, firmada por la persona participante o, en su caso, la representante del grupo.

d) Para los miembros de comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía, fotocopia del DNI o pasaporte del participante y certificación del órgano correspondiente de la entidad acreditativa de la pertenencia de la persona solicitante a la misma.

e) De conformidad con lo establecido en los artículos 323 del Código Civil y 44 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, citado anteriormente, en el caso de menores de edad no emancipados legalmente, autorización del padre, madre o tutor legal para la participación en el II Festival «Iuventus Fest», así como para cualquier cuestión relacionada con el mismo.

f) Declaración responsable, firmada por la persona que realiza el video o, en su caso, la representante del grupo, donde se haga constar que las personas cuya imagen aparece en la obra videográfica han autorizado su presencia en la misma, informándoles expresamente que dicha obra va a ser enviada al Instituto Andaluz de la Juventud para su participación en el II Festival Iuventus Fest. En el supuesto de que en el video aparezcan personas menores de 14 años, consentimientos explícitos de dichas personas para la inclusión de sus imágenes en la obra videográfica, obtenidos de sus padres o tutores, y que quedarán a disposición del Instituto Andaluz de la Juventud siempre que sean requeridos.

2. Si la solicitud o la documentación presentada no reuniese los requisitos señalados anteriormente, el Instituto Andaluz de la Juventud requerirá a la persona o grupo solicitante a fin de que, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al que se reciba el requerimiento se complete o subsane la referida solicitud o documentación. Transcurrido dicho plazo sin atender al requerimiento, la persona autora de la obra o, en su caso, el grupo autor, serán excluidos del Certamen de Comunicación Audiovisual del II Festival «Iuventus Fest».

Séptima. Jurado.

1. Un Jurado nombrado por la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, y formado por un máximo de cinco miembros expertos en videocreación y comunicación audiovisual, atendiendo a criterios de creatividad y calidad y a su adecuación con las temáticas propuestas, seleccionará las mejores obras presentadas. El Jurado será presidido por la persona titular de la citada Dirección General o persona en quien delegue.

2. El funcionamiento del Jurado se regirá por las normas contenidas en la sección 1.ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3. Las decisiones serán adoptadas por mayoría simple, siendo necesario para su validez la presencia de la mitad más uno de sus componentes, debiendo estar presente entre ellos, la persona que ejerza la Presidencia del mismo.

4. Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las cantidades que puedan cubrir los gastos en que pudieran incurrir para el desarrollo de sus trabajos, con las limitaciones señaladas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía.

Octava. Premios

Por cada modalidad se otorgará un premio de 1.500 euros sujeto a las retenciones legalmente establecidas, en concepto de cesión al Instituto Andaluz de la Juventud de los derechos de explotación de la obra (reproducción, distribución, comunicación pública y transformación). La cesión de tales derechos se formalizará por escrito, siendo la firma del citado contrato requisito previo para la obtención del premio.

Novena. Fallo del Jurado, incidencias y aceptación de bases.

1. La participación en cualquiera de las modalidades del Certamen de Comunicación Audiovisual del II Festival «Iuventus Fest» supone la aceptación de todas sus bases.

2. El fallo del Jurado será firme e inapelable y será hecho público.

3. En el caso de imprevistos o dudas sobre la interpretación de las bases, éstos serán resueltos por el Instituto Andaluz de la Juventud.

ANEXO III

DIRECTORIO

1. Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud.

DIRECCIÓN CÓD. POSTAL PROVINCIA TELÉFONO FAX
C/ General Tamayo, 23, bajo 04001 Almería  950 006 000  950 006 620
Plaza de Madrid s/n, Estadio Ramón de Carranza Fondo Sur, planta 1.ª, local 11 11010 Cádiz  956 007 500  956 007 520
C/ Adarve, 2 14002 Córdoba  957 352 240  957 352 241

C/ Ancha de Santo Domingo, 1
(Casa de los Girones)
18009 Granada  958 025 850  958 025 870
C/ Rico, 26 21001 Huelva  959 011 950  959 011 951
C/ Arquitecto Berges, 34 A 23007 Jaén  953 001 950  953 001 970
C/ Carretería, 7 29008 Málaga  951 040 919  951 040 920
C/ O´Donnell, 22 41001 Sevilla  955 036 350  955 036 360
C/ Muñoz Olivé, 1, 3.ª planta 41001
Sevilla
(Servicios Centrales)
 955 035 000  955 035 041

2. Página web del Instituto Andaluz de la Juventud: http//www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud.

Sevilla, 22 de julio de 2013.- El Director General, Raúl Perales Acedo.

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