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La Orden de 16 de febrero de 2011, de la Consejería de Agricultura y Pesca, aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a organizaciones profesionales agrarias, federaciones de cooperativas agrarias y entidades representativas de asociaciones de desarrollo rural y a organizaciones representativas del sector pesquero andaluz con la finalidad de contribuir a su funcionamiento, gestión y la realización de actividades de colaboración, divulgación, transferencia de tecnología agraria o relacionadas con el desarrollo rural. De igual forma se regula la concesión de subvenciones a las organizaciones representativas del sector pesquero andaluz en cualquiera de sus subsectores: extractivo, acuícola, transformador y comercializador de los productos de la pesca y los cultivos marinos, con ámbito de actuación de Andalucía dirigidas al fomento y promoción del asociacionismo en el sector pesquero andaluz.
En la disposición adicional primera de la citada Orden se habilita a la persona titular de la Viceconsejería de Agricultura y Pesca para efectuar anualmente la convocatoria a las entidades beneficiarias, mediante Resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Considerando oportuno proceder a la convocatoria de las ayudas a conceder con cargo al presupuesto de 2013 y en virtud de las facultades que tengo conferidas,
RESUELVO
Primero. Convocatoria.
Se convocan, para el año 2013, las ayudas previstas en la Orden de 16 de febrero de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a organizaciones profesionales agrarias, federaciones de cooperativas agrarias y entidades representativas de asociaciones de desarrollo rural y a organizaciones representativas del sector pesquero andaluz.
Segundo. Financiación.
La financiación de estas ayudas se realizará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias con cargo a las aplicaciones 0.1.15.00.01.00.485.00.71.A, 0.1.15.00.01.00.483.00.71.P y 0.1.15.00.01.00.443.00.71P del presupuesto de gastos de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente para 2013.
Tercero. Normativa reguladora.
La presente convocatoria de ayudas se regirá por lo dispuesto en la citada Orden de 16 de febrero de 2011 y demás normativa de aplicación.
Cuarto. Plazo.
El plazo de presentación de solicitudes para el año 2013 será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Quinto. Efectos.
La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 28 de diciembre de 2012.- El Viceconsejero, Juan Antonio Cortecero Montijano.
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