Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 01/08/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Acuerdo de 16 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se ratifica el adoptado por el Consejo Rector de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, relativo a autorizar la suscripción de un convenio para la constitución de un derecho de superficie sobre la parcela INV-3 con destino a un Centro de Prevención de Riesgos Laborales en el Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud, en Granada.

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De conformidad con lo previsto en el artículo 10.h) de los Estatutos de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, aprobados por Decreto 26/2007, de 6 de febrero, y a propuesta del Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 16 de julio de 2013, adoptó el siguiente

ACUERDO

Ratificar el adoptado por el Consejo Rector de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía, con fecha 12 de marzo de 2013, modificado por el de 16 de julio de 2013, que se contiene en el documento Anexo.

Sevilla, 16 de julio de 2013

JOSÉ ANTONIO GRIÑÁN MARTÍNEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
ANTONIO ÁVILA CANO
Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

ANEXO

«Autorizar la suscripción por parte de la Agencia IDEA de un Convenio de reordenación patrimonial con la Fundación PTS en virtud del cual se constituya a favor de dicha Fundación un derecho de superficie sobre la parcela INV-3 de su propiedad en el municipio de Armilla, con las siguientes características:

• Parcela INV-3, inscrita en el Registro de la Propiedad de Armilla, con número 15758, Tomo 1877, Libro 203, folio 203.

• Superficie del suelo: 4.208 m² y edificabilidad de 10.520 m.

• Plazo: 25 años.

• Canon único de 100 euros más el IVA correspondiente.

• Finalidad: Culminar la promoción de un edificio destinado a albergar el Centro de I+D en Prevención de Riesgos Laborales en el Parque de Ciencias de la Salud y otros usos sociosanitarios.

• Reversión de lo edificado, sin derecho a indemnización alguna por parte del superficiario, a la extinción del derecho.

• Condicionante a transcribirse en el Convenio: Correrá por cuenta de la Fundación PTS la satisfacción de cuantas obligaciones financieras y de gestión se deriven de la construcción y explotación del edificio que promueve en la parcela, sin que en ningún caso pueda requerirse ni a la Agencia IDEA, ni a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, ni a ningún otro departamento de la Junta de Andalucía, ni ninguna otra entidad vinculada o dependiente de ésta, ninguna obligación relativa a los requerimientos que dichas obligaciones exigen.»

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