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NIG: 4109144S20120000087.
Procedimiento: 15/12.
Ejecución núm.: 47/2013. Negociado: 6.
De: Doña Caridad Saborido Ahumada y don Juan Francisco Fernández Briones.
Contra: Fogasa y Distribuciones D Kliel, S.L.
EDICTO
El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución núm. 47/2013, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancia de doña Caridad Saborido Ahumada y don Juan Francisco Fernandez Briones contra Fogasa y Distribuciones D Kliel, S.L., en la que con fecha 20.6.13 se ha dictado auto en cuya parte dispositiva se establece lo siguiente:
S.S.ª la llma. Sra. Magistrada-Juez dice:
Se declara extinguida en esta fecha la relación laboral existente entre doña Caridad Saborido Ahumada y don Juan Francisco Fernández Briones y la empresa Distribuciones D Kliel, S.L.
Se fija la indemnización que habrá de abonar la empresa a los trabajadores en las siguientes cantidades:
Actores | Indemnización 45 días | Indemnización 33 días |
Juan Francisco Fernández Briones | 8.713,78€ | 1.088,76€ |
Caridad Saborido Ahumada | 11.050,61€ | 1.312,96€ |
Salario diario | Salario tramitación del 30.11.11 al 11.2.12 | |
Juan Francisco Fernández Briones | 24,33€ | 1.800,42€ |
Caridad Saborido Ahumada | 29,34€ | 2.171,16€ |
Dichas cantidades devengarán desde hoy hasta su total pago los intereses del art. 576.LEC.
Notifíquese esta resolución a las partes y se les advierte que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de tres días ante este Juzgado de lo Social.
Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra. doña M.ª Nieves Rico Márquez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Cuatro de Sevilla. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en forma a Distribuciones D Kliel, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.
En Sevilla, a diecinueve de julio de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.
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