Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 176 de 09/09/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 22 de julio de 2013, del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 1298/2011. (PP. 2131/2013).

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NIG: 2906742C20110027049.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1298/2011. Negociado: 8.

De: FCE Bank LC Sucursal en España.

Procurador: Sr. Miguel Ángel Rueda García.

Letrado: Sr. Fernando Cornejo Pablos.

Contra: Don Patrick Ghislain Timmermans.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1298/2011, seguido a instancia de FCE Bank LC Sucursal en España frente a don Patrick Ghislain Timmermans, se ha dictado sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

En la ciudad de Málaga, a seis de marzo de dos mil trece.

La Ilma. Sra. doña María Isabel Gómez Bermúdez, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Málaga y su partido, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NÚM. 47

Habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1298/11 seguidos ante este Juzgado a instancias de F.C.E. Bank PLC, Sucursal en España, representada por el Procurador Sr. Rueda García y dirigida por el Letrado Sr. Cornejo Pablos, contra don Patrick Ghislain Timmermans, declarado en situación procesal de rebeldía, en reclamación de la cantidad de 6.938,60 euros.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Rueda García, en nombre y representación de la mercantil F.C.E. Bank PLC, Sucursal en España, contra don Patrick Ghislain Timmermans, debo condenar y condeno a don Patrick Ghislain Timmermans a abonar a la parte actora la cantidad de 6.938,60 euros, más los intereses pactados a contar desde la última liquidación, esto es, 28.10.08; ello con imposición a la parte demandada de las costas causadas en el presente procedimiento.

Contra esta Sentencia, que no es firme, cabe recurso de apelación ante la llma. Audiencia Provincial de Málaga, debiendo interponerse por medio de escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de 20 días siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Para la admisión del recurso, deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, juzgando en Primera Instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, don Patrick Ghislain Timmermans, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a veintidós de julio de dos mil trece.- El/La Secretario/a Judicial.

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