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EDICTO
Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 1692/2006 seguido a instancias de don David Torralba Portilla, contra Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucia, en el que es parte codemandada el Ayuntamiento de Manilva, se ha dictado sentencia que ha alcanzado el carácter de firme y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
«Estimar en parte el presente recurso contencioso-administrativo anulando el art. 65 del Plan de Ordenación del Territorio de la Costa del Sol Occidental y aquellos que con el mismo puedan tener concordancia.
Sin hacer especial pronunciamiento en cuanto al pago de las costas procesales causadas.
Publíquese esta Sentencia conforme a lo previsto en el art. 7.2 de la vigente Ley Jurisdiccional.
Líbrese testimonio de esta Sentencia para su unión a los autos.
Firme que sea la misma y con testimonio de ella, devuélvase el expediente administrativo al Centro de su procedencia.
Así por esta nuestra Sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los Magistrados antes mencionados, firmando el Presidente actual don Manuel López Agulló, en nombre y representación de don Joaquín García Bernaldo de Quirós y don Eduardo Hinojosa Martínez, quien votó en la Sala y no pudo firmar.»
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.
En Málaga, a cuatro de septiembre de dos mil trece.- El Secretario Judicial, Manuel Marín Palma.
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