Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 180 de 13/09/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 8 de julio de 2013, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «MEDAC» de Málaga. (PP. 2141/2013).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Francisco Ávila Romero, como representante de MEDAC, Escuela de Negocios del Mediterráneo, S.L., titular del centro docente privado de formación profesional «MEDAC», con domicilio en C/ Malasaña, 4 y 6, de Málaga, solicitando modificar la autorización administrativa con la que cuenta el mismo, por modificación de los turnos en los que se imparten las enseñanzas que tiene autorizadas, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el citado centro, con código 29018467, tiene autorización para impartir dos ciclos formativos de formación profesional de grado medio de Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural, con 60 puestos escolares y cuatro ciclos formativos de formación profesional de grado superior de Animación de actividades físicas y deportivas, con 240 puestos escolares.

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización ha recaído informe favorable de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Vistas: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre (BOE de 3 de enero de 2007), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 2048/1995, de 22 de diciembre (BOE de 9 de febrero de 1996), por el que se establece el título de técnico superior en Animación de actividades físicas y deportivas, y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de formación profesional inicial que forman parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de formación profesional «MEDAC», código 29018467 y domicilio en C/ Malasaña, 4 y 6, de Málaga, cuyo titular es MEDAC, Escuela de Negocios del Mediterráneo, S.L., que, como consecuencia de ello, queda con la misma configuración de enseñanzas que se describe en el primer resultando, impartidas todas en turno de mañana.

Segundo. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Quinto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de julio de 2013

MARÍA DEL MAR MORENO RUIZ
Consejera de Educación
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