Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 01/10/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 11 de septiembre de 2013, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Reifs.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de la constitución en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Reifs, sobre la base de los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación Reifs se constituye mediante escritura pública otorgada el día 14 de febrero de 2013, ante el Notario don José Javier Muñoz Layos, bajo el núm. 114, posterior de subsanación otorgada el día 8 de julio de 2013, ante el Notario don Bartolomé Martín Vázquez, bajo el núm. 996 de su protocolo y última de subsanación, otorgada el día 22 de agosto de 2013, ante el mencionado Notario, bajo el núm. 2.420 de su protocolo.

Segundo. Fines.

Los fines de la Fundación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de sus estatutos, son los siguientes:

- El fomento del empleo a través de la formación profesional, en el ámbito de la sanidad y de los servicios sociales, con especial incidencia en el acceso al mercado laboral de las personas con discapacidad.

- El fomento del voluntariado en el sector asistencial.

Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.

El domicilio de la Fundación queda establecido en Avenida San Francisco Javier, núm. 9 «Edificio Sevilla 2», planta 4, modulo 26, C.P. 41018, Sevilla, y el ámbito de actuación, conforme dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuarto. Dotación y otros medios para el cumplimiento de fines.

La dotación inicial está constituida por la aportación de los siguientes bienes, acreditándose la realidad de la aportación y su valoración ante el Notario autorizante:

- Bienes muebles (equipamiento), valorados, según certificaciones, expedidas por ingeniero técnico industrial colegiado, incorporadas a la escritura pública otorgada el día 14 de febrero de 2013, ante el Notario don José Javier Muñoz Layos, bajo el núm. 114, en la cantidad de 20.000 euros.

- Aportación dineraria por importe de 10.000 euros de los que se desembolsa inicialmente 8.000 euros, quedando el resto pendiente de su desembolso en un plazo de tiempo no superior a cinco años a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución.

Además, la fundacion cuenta, sin formar parte de la dotación, con los siguientes medios:

- Cesión de uso gratuito, por plazo de cinco años, de un local- despacho amueblado, con una superficie aproximada de 20 m², integrado dentro del local núm. 26, planta cuarta, del «Edificio Sevilla 2», en Avenida San Francisco Javier, de Sevilla, constitutivo del domicilio fundacional, todo ello en virtud de contrato de 1 de marzo de 2013, protocolizado en escritura pública de 22 de agosto de 2013, otorgada ante el Notario don Bartolomé Martín Vázquez, bajo el núm. 2.420 de su protocolo.

- Cesión de uso gratuita, de duración indefinida, de 130 m² en la zona sótano del Centro de Mayores Bartolomé Sánchez Moreno, C/ Fortaleza de Olías, s/n, de Almería, distribuido en varias zonas, una sala de aproximadamente 80 m, otra de 24 m, un despacho de 9 m y un aseo de 7 m. Tiene acceso directo desde el exterior, y cuenta con ventilación e iluminación natural, así mismo, goza de comunicación interior con el centro. El espacio se encuentra climatizado con radiadores frío-calor. todo ello en virtud de contrato de 1 de marzo de 2013, protocolizado en escritura pública de 22 de agosto de 2013, otorgada ante el Notario don Bartolomé Martín Vázquez, bajo el núm. 2.420 de su protocolo.

- Cesión de uso gratuita de duración indefinida de Aula 1 y Aula 2, en el Centro de Mayores Maracena, C/ Montevideo, de Maracena, Granada, cuentan con una superficie de 40,68 m² y 33,6 m, respectivamente, disponiendo de acceso directo desde el exterior y aseos adaptados a minusválidos. Los espacios se encuentran climatizados con radiadores frío-calor. Todo ello en virtud de contrato de 1 de marzo de 2013, protocolizado en escritura pública de 22 de agosto de 2013, otorgada ante el Notario don Bartolomé Martín Vázquez, bajo el núm. 2.420 de su protocolo.

- Cesión de uso gratuita, de duración indefinida, de Aula 1, Aula 2 y Aula 3, en el Centro de Mayores Reifs de Utrera, C/ Constelación Corona Austral, 1, s/n, de Utrera, Sevilla, cuentan con una superficie de 41,75 m², 55,32 m y 79,30 m, respectivamente, disponiendo de acceso directo desde el exterior y vestuarios masculinos y femeninos, sistemas de seguridad antiincendios y climatizados, todo ello en virtud de contrato de 1 de marzo de 2013, protocolizado en escritura pública de 22 de agosto de 2013, otorgada ante el Notario don Bartolomé Martín Vázquez, bajo el núm. 2.420 de su protocolo.

Quinto. Patronato.

El Patronato de la Fundación, cuya composición se regula en el artículo 13 de los estatutos, queda identificado en la escritura de constitución, constando la aceptación expresa de los cargos de patronos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del procedimiento: el artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general; el artículo 79.2 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre; y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. La Fundación ha sido constituida por persona legitimada para ello, dándose cumplimiento a lo establecido en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. La Entidad que ha solicitado su inscripción registral responde a la definición de fundación del artículo 1 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, estando sus fines comprendidos dentro de la enumeración del artículo 3 de dicho texto legal.

Cuarto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.2 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, la inscripción de las fundaciones requiere informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, habiendo obtenido al respecto un pronunciamiento favorable por parte del Protectorado de las Fundaciones de Andalucía.

Quinto. La documentación aportada reúne los requisitos exigidos por los artículos 9, 11 y 12 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.

Sexto. El procedimiento de inscripción ha sido tramitado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 8.2.c) del Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior,

R E S U E L V E

Primero. Clasificar a la Fundación Reifs, atendiendo a sus fines, como entidad Benéfico-Asistencial, ordenando su inscripción en la Sección Tercera, «Fundaciones benéfico-asistenciales y sanitarias» del Registro de Fundaciones de Andalucía, con el número SE-1372.

Segundo. Inscribir en el Registro de Fundaciones de Andalucía el nombramiento de los miembros del Patronato a que hace referencia el antecedente de hecho quinto de la presente Resolución, así como la aceptación de los cargos.

Tercero. Ordenar la notificación de la presente Resolución a la Fundación, y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante el Consejero de Justicia e Interior.

Sevilla, 11 de septiembre de 2013.- La Directora General, Carmen Belinchón Sánchez.

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